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Reconocimiento de prestación de servicios previos.

1 Comentarios
 
Reconocimiento de prestación de servicios previos.
10/02/2018 08:17
He trabajo un tiempo en una oficina de un Colegio Oficial de Arquitectos con anterioridad a mi nombramiento como funcionario de carrera de la Administración del Estado. He solicitado el reconocimiento de ese tiempo como servicios previos prestados a la Administración y me lo han denegado aludiendo que un Colegio Oficial de Arquitectos no es Administración Pública. Sin embargo tengo entendido que hay sentencias del Tribunal Constitucional que confieren el carácter de Administración Pública a las Corporaciones de Derecho Público como los Colegios Profesionales (STC 76/1983 de 5 de agosto y STC 89/1989 de 11 de mayo).
¿Que recurso puedo presentar o que acciones puedo tomar para que se me reconozca el tiempo prestado en el Colegio Oficial de Arquitectos como servicio en la Administración?
20/02/2018 19:39
Dzgz2018
En cuanto al reconocimiento de servicios previos, prestados en un Colegio profesional, ciertamente vienen siendo denegados, por no considerar a tales asociaciones como administración pública. La Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa las considera tales, en relación con los acuerdos adoptados en el ejercicio de funciones públicas. Dicha consideración no la extiende al personal dependiente de los mísmos.
En cuanto a recursos puedes efectuar, el que en la resolucion denegatoria te indiquen, sin perjuicio de aquellos que consideres ulteriormente, en el ámbito de la jurisdicción contencioso-administrativa.