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Reconocimiento de un matrimonio entre un alemán y una keniana celebrado fuera de la ue.

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Reconocimiento de un matrimonio entre un alemán y una keniana celebrado fuera de la ue.
17/04/2024 18:45
Soy alemán y resido en España. El 28.02.2024 me casé con mi esposa keniata en Zanzíbar a través del registro civil. Zanzíbar es un estado libre con gobierno propio que pertenece a Tanzania. Tenemos el certificado de matrimonio emitido por el registro civil, legalizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Zanzíbar, por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Tanzania y por la embajada española en Tanzania. Actualmente estamos solicitando un visado de reagrupación familiar para mi esposa en la embajada española en Kenia. Todos los documentos originales están, por este motivo, en posesión de mi esposa en Kenia.

En cuanto a la situación legal, tal como la entiendo:
Según la ley alemana, nuestro matrimonio es válido en Alemania sin necesidad de ser registrado allí. En España, los matrimonios extracomunitarios solo son válidos si están registrados en España. Sin embargo, el registro en España solo puede realizarse si uno de los cónyuges es de nacionalidad española o si el matrimonio se celebró en España. Según el derecho europeo, los matrimonios de todos los países deben ser reconocidos sin necesidad de más registros, aunque no he encontrado en qué medida se regula el caso de un matrimonio celebrado fuera de Europa.

La embajada española en Kenia ahora pone en duda la validez de nuestro matrimonio.

¿Existen leyes que regulen nuestra situación? ¿Existe la posibilidad de defender nuestro caso con la ayuda de un abogado?

Gracias
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Reconocimiento de un matrimonio entre un alemán y una keniana celebrado fuera de la ue.

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Reconocimiento de un matrimonio entre un alemán y una keniana celebrado fuera de la ue.
17/04/2024 18:45
Soy alemán y resido en España. El 28.02.2024 me casé con mi esposa keniata en Zanzíbar a través del registro civil. Zanzíbar es un estado libre con gobierno propio que pertenece a Tanzania. Tenemos el certificado de matrimonio emitido por el registro civil, legalizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Zanzíbar, por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Tanzania y por la embajada española en Tanzania. Actualmente estamos solicitando un visado de reagrupación familiar para mi esposa en la embajada española en Kenia. Todos los documentos originales están, por este motivo, en posesión de mi esposa en Kenia.

En cuanto a la situación legal, tal como la entiendo:
Según la ley alemana, nuestro matrimonio es válido en Alemania sin necesidad de ser registrado allí. En España, los matrimonios extracomunitarios solo son válidos si están registrados en España. Sin embargo, el registro en España solo puede realizarse si uno de los cónyuges es de nacionalidad española o si el matrimonio se celebró en España. Según el derecho europeo, los matrimonios de todos los países deben ser reconocidos sin necesidad de más registros, aunque no he encontrado en qué medida se regula el caso de un matrimonio celebrado fuera de Europa.

La embajada española en Kenia ahora pone en duda la validez de nuestro matrimonio.

¿Existen leyes que regulen nuestra situación? ¿Existe la posibilidad de defender nuestro caso con la ayuda de un abogado?

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