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Reconocimiento implícito del pago

2 Comentarios
 
Reconocimiento implícito del pago
25/07/2004 19:56
Durante tres meses, una empresa prestadora de servicios, me ha prestado sus servicios, finalizado el contrato al reclamar la fianza depositada cuando se formalizo el contrato, cual fue mi sorpresa al decirme la empresa que le adeudaba 2 meses y justificaba este hecho diciendome que las facturas que yo tenia no estavan selladas (esto es correcto las facturas que yo tengo tienen todos los datos de la empresa asi como las cantidades que se pagan y el membrete de la empresa ,pero no el sello) (respecto a lo del sellado de estas, alguna ocasión lo pregunte cuando pagaba y me contesto que no era necesario que teniendo el membrete de la empresa era suficiente) (de ahora en adelante pediré que me sellen hasta el ticket del bus) y me añadio que si no renovaba el contrato me denunciaría. Puesto que no quiero renovar el contrato, pero si recuperar la fianza, quisiera que me dierais vuestra opinión.
Esta prestación de servicios quedo regulada por un contrato, firmada por las dos partes, en el contrato entre otras cláusulas figuraba la referida a la forma de pago de estos servicios, la cual decía lo siguiente " las mensualidades se pagaran por adelantado entre el 1 y el 5 de cada mes" ¿podría considerarse en este caso un reconocimiento tácito o implícito del pago de estos servicios, el hecho de prestar dichos servicios, durante tres meses y teniendo en cuenta que el prestador de estos, en ningún momento dejo de prestar estos servicios a pesar que el incumplimiento del contrato (según el prestador de servicios) por la parte del consumidor le liberaba al prestador de servicios de el cumplimiento de su parte del contrato?¿qué dice la ley en estos casos? ¿Que dice la jurisprudencia al respecto ?¿si me demanda el podría ganar?¿ que puedo hacer?

P.D Espero que quede alguien por estos lares, aunque en estas fechas se comprende, en cualquier caso GRACIAS
perfil jc
26/07/2004 12:27
En el tema del sello a mí me pasó una vez lo mismo, tenía la factura sin sellar y no se querían hacer cargo de una reparación dentro del período de garantía, en la oficina del consumidor me dijeron que daba igual que tuviera el sello, asi que cuando en la tienda pedí el libro de reclamaciones ya accedieron. Es decir, la factura es válida aunque no tenga sello (según la oficina del consumidor).
28/07/2004 04:04
en primer lugar, gracias por intentar echarme una mano, no se si esto que me sucede es lo mismo que eso que te paso , en este caso se trata de una factura por prestacion de servicios los cuales estan regulados por un contrato firmado por las dos partes, a esta empresa, la ley no le obliga a tener libro de reclamaciones, por ser el tipo de empresa que es, de todas maneras me pasare por la oficina del consumidor.
Un saludo y lo dicho gracias