Buenas noches, tras la reforma laboral, aunque no haya salarios de tramitación, se puede reconocer la improcedencia del despido e indemizar.Pero la duda que tengo, SI este reconocimiento de la improcedencia por parte del empresario, ESTÁ EXENTO DE IRPF, ya que algunos compañeros, dicen que sí y otros que no. Estos últimos, dicen que para que no esten sujetos a IRPF, debería pasarse por SMAC o por el Juzgado.