- Me han puesto revisable en 2 años, lo cual no entiendo, pues mi enfermedad es cronica, irreversible, a no ser que me hagan un trasplante en un futuro
-Ahora mismo tengo acumulado un paro de 2 años
-En el caso de que en 2 años me quitaran la prestacion (cosa harto dificil ya que como digo es una enfermedad sin cura) el paro que tengo acumulado se me anula o podria cobrarlo en ese momento?
- Porque si ahora cobro la IPT,y en 2 años me quitan la prestacion, resulta que igual me veo sin trabajo, sin pension, sin paro y sin la indemnizacion que a dia de hoy mi jefe me tendria que pagar si me quisiera despedir
hola vip pues aun no se la frase, ya que me han mandado hoy por sms la concesion de la IP pero no he recibido todavia la carta por correo. pero la funcionaria del INSS me dijo que el inspector me habia propuesto para una total revisable en 2 años, asi que supongo que el tribunal habra confirmado la propuesta del inspector..Saludos
Cuando recibas la resolución por correo y la tengas delante, retracta esa fase que te comento en el post anterior, para poder decirte si es revisable a los 2 años o no..
Si ya te ha llegado el SMS, no creo que tarde mucho en llegarte al correo.
ok ya te dire, pero yo creo que si que lo es ya que la funcionaria me dijo una fecha incluso
Lo cual me extraña ya que como digo mi enfermedad evoluciona y no tiene cura salvo trasplante...
Ademas, tambien me preocupa el tema de la revision..no por nada sino porque segun tengo entendido hay algunos casos en los que la empresa debe reservarte el puesto durante un minimo de 2 años no?
En eso llevas razón, pero la empresa te guarda el puesto durante dos años, siempre que la IPT, sea revisable como te digo, sino, no tienes derecho a reserva de plaza, porque a mi me ha pasado.
De todos modos, la mejor manera de salir de dudas, será como te dije, cuando te llegue la resolución a casa.
Hola Vipo80, perdona que yo te pregunte lo mismo que el compañero pepeche. Estoy prácticamente en la misma situación.
Mi resolución pone literalmente:
Determinación del cuadro clínico residual: cardiopatía isquémica crónica, SAHOS Grave.
Y las limitaciones orgánicas y funcionales siguientes: CARDIOLOGICAS Y NEUMÓLOGICAS.
Y analizadas las secuelas descritas y las tareas realizables por el titular, este EVI propone la calificación del trabajador como Incapacitado permanente en grado TOTAL.
Esta calificación podrá ser revisada por agravación o por mejoría a partir de los dos años. Pone fecha.
Tu crees que me pueden llamar con esta resolución.
Cuando la resolucion del EVI, pone k (podrá) ser revisada a partir d la fecha (2 años) dsd la resolucion dl dictamen medico, kiere decir, k solo se podria revisar en el caso d agravamiento, previa peticion dl interesado.
La palabra podra es determiante en estos vasos, si la pone en la resolucion, no t llamaran a revisiones.
Sin embargo, si t ponen una fecha d revision en concreto, ingerior a (2 años justos), es xk t llaman xa esa fecha.
Discrepo.
A mi me citaban al cabo de 1 año... con fecha en la Resolución.
Han pasado 5 años y no me han llamado....
Insisto en q están conectados con los médicos.
Hoy en día con la informática no tiene problemas para conocer nuestro estado.
En mi caso, en el informe que me preparo mi neumologo de la SS, especifica que bajo su criterio: "este paciente esta incapacitado para cualquier actividad laboral". Me han concedido el grado de Total, creeis que debo pelear por la Absoluta?
Personalmente buscaria otra opinión, la de un forense...
Y lo que necesitas ya es q un abogado te haga la reclamación previa.
Una vez denegada la Reclamación previa yo iria a juicio para conseguir la Absoluta!!!
En la Reclamación Previa hay q aportar algún informe nuevo... con lo cual te iría muy bien cualquier otro informe contundente....
A por ellos!!
Una vez más os recuerdo q mireis vuestra póliza de seguros de la vivienda. En mi caso tenía la Defensa Jurídica q me sirvio para hacer la Reclamación previa y ya no tuve q hacer demanda... pero si lo hubiera precisado tbn me lo cubría.
Suerte!!
muchas gracias a todos.Ya tengo cita para el abogado la semana proxima. No sabia de la existencia de forenses para reclamar IP. Estos forenses entiendo que son privados? Donde se pueden encontrar? Y aparte..que pueden aportar de cara a la reclamacion contra el EVI? saludos y mil gracias
A mi me fue concedida una IP total en 2.011. Me pone "Esta calificación podrá ser revisada por agravación o mejoría a partir de 01-01-2012. Han pasado más de 3 años desde la concesión. ¿Creéis que me llamarán?. Gracias
Nadie sabe si le llamarán....
Todas las Incapacidades son revisables hasta la edad de jubilación... con lo cual siempre es posible.... pero no puedes vivir pendiente de si te llamarán o no...
Muchas gracias a Vipo80 y a Diangidi por las respuestas. La respuesta de Vipo80 es muy convincente y la respuesta de Diangidi aunque dice que discrepa, creo que no desdice la teoría de Vipo80. También es posible y de hecho sucede. Las dos respuestas son posibles y no contradictorias.
Gracias a ambos.
Hola,me podeis ayudar,he entrado en mi experdiente de i.p,y me sale esto: Consulta de situación de expedientes en trámite Estado actual
1° Estudio de solicitud, datos y documentos aportados.Comprobación de requisitos previos CONCLUIDO
2° Emisión del informe médico para determinar la situación clínica de incapacidad CONCLUIDO
3° Emisión del dictamen/propuesta de incapacidad laboral por el Equipo de Valoración de Incapacidades PENDIENTE
4° Estudio de vida laboral y de todas las cotizaciones efectuadas CONCLUIDO
5° Determinación del importe de la pensión PENDIENTE
6° Estudio final y propuesta de resolución PENDIENTE
7° Revisión y confirmación del expediente PENDIENTE
8° Firma de la resolución PENDIENTE
Mis preguntas son las siguientes,pase el ICAM EL DIA 7/11/2014,¿Cuanto tardan los expedientes para dar la resolucion?,Porque se han pasado del punto 2 al 4,y el 3 esta sin concluir?,¿Alguien ha pasado por esta experiencia,y como le fué,un saludo y gracias a todos.
hola buenas chonkas, cada caso es un mundo. A mi me han tardado escasos 10 dias, y otro casos cercanos que conozco lo mismo...10-15 dias. No obstante, ya te digo que cada caso es un mundo,y supongo que tambien dependera de cada Comunidad Autonoma. Un saludo