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Reconocimiento trienios tras baja voluntaria

2 Comentarios
 
31/10/2019 11:28
Deneb6
Buenas otra vez: se me olvidó decirte que la solicitud de los 6 años mediante el modelo citado lo tienes que realizar en el Ayuntamiento como laboral, y cuando recibas la contestación lo entregas en tu ayuntamiento actual. Saludos.
31/10/2019 10:25
Deneb6
Buenas Deneb: La Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, en su artículo 1 establece: “Se reconocen a los funcionarios de carrera de la Administración del Estado, de la Local, … la totalidad de los servicios indistintamente prestados por ellos en dichas Administraciones.

Y sigue en el artículo 2: “Se considerarán servicios efectivos todos los indistintamente prestados a las esferas de la Administración pública señaladas en el párrafo anterior, tanto en calidad de funcionario de empleo (eventual o interino) como los prestados en régimen de contratación administrativa o laboral …. Visto lo expuesto te computa dicho periodo, pero, tienes que solicitar dicho periodo de 6 años según el modelo de la Ley citada, para que cuando te llegue la resolución, lo entregues al ayuntamiento para que te compute. Si no no te va a computar. Saludos. Si te lías con el modelo me contestas. Saludos de Jabitxu. Acuérdate que si no entreguas la contestación con dicho periodo no te va a computar los 6 años. Viene por la Ley referida.
Reconocimiento trienios tras baja voluntaria
27/10/2019 13:44
Hola.
Actualmente trabajo como funcionaría interina en un ayuntamiento.
Anteriormente trabaje 6 años en otro ayuntamiento como laboral. La relación laboral finalizó por baja voluntaria por que me tenían hasta las narices.
La pregunta es: ¿ese tiempo de trabajo es computable para el cálculo de trienios?
No firmé ningún tipo de renuncia expresa en el finiquito. La duda es por ser baja voluntaria
Reconocimiento trienios tras baja voluntaria | PorticoLegal
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2 Comentarios
 
31/10/2019 11:28
Deneb6
Buenas otra vez: se me olvidó decirte que la solicitud de los 6 años mediante el modelo citado lo tienes que realizar en el Ayuntamiento como laboral, y cuando recibas la contestación lo entregas en tu ayuntamiento actual. Saludos.
31/10/2019 10:25
Deneb6
Buenas Deneb: La Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, en su artículo 1 establece: “Se reconocen a los funcionarios de carrera de la Administración del Estado, de la Local, … la totalidad de los servicios indistintamente prestados por ellos en dichas Administraciones.

Y sigue en el artículo 2: “Se considerarán servicios efectivos todos los indistintamente prestados a las esferas de la Administración pública señaladas en el párrafo anterior, tanto en calidad de funcionario de empleo (eventual o interino) como los prestados en régimen de contratación administrativa o laboral …. Visto lo expuesto te computa dicho periodo, pero, tienes que solicitar dicho periodo de 6 años según el modelo de la Ley citada, para que cuando te llegue la resolución, lo entregues al ayuntamiento para que te compute. Si no no te va a computar. Saludos. Si te lías con el modelo me contestas. Saludos de Jabitxu. Acuérdate que si no entreguas la contestación con dicho periodo no te va a computar los 6 años. Viene por la Ley referida.
Reconocimiento trienios tras baja voluntaria
27/10/2019 13:44
Hola.
Actualmente trabajo como funcionaría interina en un ayuntamiento.
Anteriormente trabaje 6 años en otro ayuntamiento como laboral. La relación laboral finalizó por baja voluntaria por que me tenían hasta las narices.
La pregunta es: ¿ese tiempo de trabajo es computable para el cálculo de trienios?
No firmé ningún tipo de renuncia expresa en el finiquito. La duda es por ser baja voluntaria