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Recuperación de fianza

1 Comentarios
 
Recuperación de fianza
23/10/2004 03:06
Somos tres estudiantes con un piso alquilado en sevilla; llevamos tres cursos, y en cada uno cuando llega octubre hacemos un contrato hasta junio, permitiendonos el dueño ir en setiembre los dias que necesitemos para los examenes.
El pasado dia 12 de setiembre se personó en el piso y dijo que en tres dias debiamos abandonarlo, pues no nos lo iba a alquilar mas, ya que lo habia vendido.
A toda prisa tuvimos que buscar un nuevo piso y pagar un alquiler mas caro en un piso similar, dado la cercania del comienzo de curso.
Al ir a pedirle la fianza depositada en su dia, nos da mil excusas para no devolverla, como que debemos pagar medio mes de setiembre o que le debemos dinero de la luz.
Queremos saber si estaba obligado a renovar el contrato para este nuevo curso, ya que aun no habian pasado cinco años desde el primer contrato y por norma nos lo renovaba al comienzo del siguiente curso.
Respecto a la fianza, existe algun mecanismo que no sea el de la lenta y costosa justicia, para recuperar nuestro dinero, del que nos vemos privada de forma impune y sin motivo alguno, ya que el piso quedó en buen estado, no nos presenta el recibo de luz, que no nos importa pagar y nos quiere cobrar dos o tres dias que estuvimos invitadas por el propietario, como siempre lo habia hecho en setiembre.

Saludos y gracias
26/10/2004 09:43
Depende del contrato que tuviérais firmado.
si es de algún tipo especial en el que se especifica que la duración tan sólo era de octubre a junio (curso académico o algo similar), lo tenéis dificil, ya que septiembre lo disponíais por la buena voluntad del propietario.
Por contra, si era un contrato estandar de arrendamiento,( deberías haber pagado los meses de verano para que así fuera) sería más fácil, pero aún así tendrías que denunciar.
Nisiquera sé si tenéis un contrato escrito (ya que es habitual no hacerlo cuando se alquila a estudiantes) y aunque el verbal es válido es más dificil de demostrar. Y lo dicho, si durante el verano no pagábais, se presupone que el contrato era vencido, es decir, que se finalizaba (no siendo prorrateado en octubre, sino iniciándose uno nuevo en ese mes, aunque fuese también verbal).
Sería necesario más información, pero sea como fuere, judicialmente es la única solución.
saludos