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Recurso de apelación

16 Comentarios
 
Recurso de apelación
22/02/2007 15:38
Habiendo una sentencia estimatoria de mis pretensiones, se presenta recurso de apelación, en el escrito de oposición al recurso es necesario alegar algo o simplemente remitirse a la sentencia dictada? En el recurso se indican que las pruebas que se tuvieron en cuenta en el juicio, no debieron ser tenidas en cuenta por un defecto procesal. Hay algún formulario para tramitar la oposición al recurso? Gracias.
22/02/2007 19:42
Hola addenda, desde mi breve experiencia te señalo:
- El escrito de oposicion es eso, una oposicion a las pretensiones revocatorias de la contraparte.
- Desde tu posicion, pide la ratificacion de la Sentencia en base a los argumentos esgrimidos en tu demanda con apoyo en la Sentencia, cualquier alegacion nueva tanto tuya como suya sera considerada "ex novo" y por tanto no se tendra en cuenta.
- Toda impugnacion de prueba del tipo de la que me hablas requiere recurso de reposicion y respetuosa protesta por la impugnante, si no no vale.
-Formularios?, a patadas si te metes en el google (divino tesoro) y tecleas los terminos.

Salvo mejor criterio, un saludo
23/02/2007 00:13
El problema es que yo en la demanda no señalé que iba a presentar peritos, porque no pensé que él iba a llegar a juicio sino que se iba a arreglar "amistosamente", y además no pude antes. y cuando llego a juicio presento el informe pericial que me han hecho y el juez al parecer lo toma en cuenta, porque ni siquiera él se opone, al ser tan evidente y palpable. La sentencia, se basa (en parte)en ese informe, y ahora él alega indefensión porque asegura que no sabía qué pruebas se iban a presentar. Si el juicio es sobre un incumplimiento profesional, él tendrá que probar que es diligente profesionalmente, y si yo le demando por esa falta de profesionalidad tendrá que suponer que yo demostraré de alguna manera que el servicio que me ha prestado no cumple con los mínimos de profesionalidad exigidos, vaya rollo, eh!. En google, no he localizado ningún formulario. De todas maneras, muchas gracias. Tengo ganas de que todo esto termine.
26/02/2007 18:29
Mira a ver si te sirve este:

AL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº ... DE .....
Dª.........., Procuradora de los Tribunales, y de ...................representación acreditada en el Procedimiento Ordinario nº ........, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho respetuosamente DIGO:
Que habiéndose emplazado a esta parte para presentar escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que nos resulte desfavorable, por medio del presente escrito y en tiempo y forma venimos a presentar escrito de OPOSICIÓN en base a las siguientes:

ALEGACIONES

 PRIMERA.- El Recurso interpuesto de contrario, tarta de sustituir el criterio objetivo del Juzgador por el criterio subjetivo de la recurrente, ya que da por sentadas una serie de afirmaciones que no se desprenden de las actuaciones. (...)
 SEGUNDA.- (…)
 TERCERO.- Por todo lo expuesto entendemos que …………………

En su virtud,

SOLICITO DEL JUZGADO que teniendo por presentado este escrito lo admita y tenga por presentado en tiempo y forma ESCRITO DE OPOSICIÓN al recurso de apelación interpuesto de contrario, y tras los trámites de rigor se dicte en su día Sentencia por al que se confirme la de instancia por su propios fundamentos, con condena en costas a la apelante.
Es justicia que atenta y respetuosamente solicito en .......... a .......
27/02/2007 22:42
Muchas gracias. Creo que este me sirve.
Un saludo
01/03/2007 14:59
Que yo sepa, si la otra parte no presentó recurso de reposición contra la presentación del informe (si es juicio ordinario, o no protestó, si era verbal), no puede apelar. O si apela se lo van a desestimar, pq es un requisito indispensable...
02/03/2007 01:41
Se puede en un juicio verbal presentar pruebas en la vista? Según el 264.4 LEC parece que sí. Puede tener en cuenta el juez pruebas que no se aportaron con la demanda, si el demandado no se opuso, o no protestó en el momento del juicio?
02/03/2007 01:47
Y puede luego ese mismo demandado, que no se opuso, alegar indefensión? Si el juez admitió las pruebas en el momento de la vista, será porque estaban bastante claras, o no?
02/03/2007 01:50
Perdón, el 265.4LEC
02/03/2007 10:29
Se pueden aportar pruebas en la vista, claro que si. No olvides que el 440 LEC, cuando cita a las partes, les recuerda que deberán concurrir a la vista con las pruebas de las que intenten valerse.
El juez por tanto, si puede tener en cuenta pruebas no aportadas con la demanda siempre que estén correctamente admitidas en la vista. Otra cosa es que la parte demandada no esté de acuerdo con la admisión de las mismas por lo que debe presentar la oportuna proteste en la vista para hacerla valer ante la segunda instancia por si quisiera solicitar la nulidad de actuaciones o la revocación de la sentencia por haber valorado incorrectamente la prueba o haberla admitido produciéndole indefensión al vulnerar el procedimiento o los preceptos procesales.
El juez addenda, se equivoca a menudo, así que no siempre que admite o inadmite pruebas es porque estén clarísimas.
Un saludo.
03/12/2009 10:29
buenos dias,
Soy nueva en el foro y en la profesion y la verdad es que ando algo perdida. La semana que viene tengo la vista para un recurso de apelacion, de un caso "heredado" de un compañero. En su dia en primera instancia, el juez dictó sentencia favorable, en la que acudíamos como demandados, y ahora los demandantes recurrieron en apelacion, por lo que nos opusimos al recurso. Ahora, hay prevista la vista la semana que viene y la parte contraria va a presentar un testigo...en definitiva...lo que yo quería saber, como son las vistas de un recursod e apelacion en la Audiencia Provincial...formalismos...y si alguien pudiera facilitarme un esquema de como se van desarrollando las mismas...la verdad es que estoy nerviosa...lo agradecería enormemente.
Gracias!
03/12/2009 11:29
Hola trish,

Las vistas de la apelación son iguales a las de un un verbal, (mira el artículo 464 de la LEC).

El objeto de la vista se limita a la práctica de las pruebas propuestas y nada más.

Después de sentaros en el estrado, el juez concede la palabra a los letrados para que procedan al interrogatorio de sus testigos,etc. (en definitiva, para practicar la prueba que se ha solicitado en el recurso de apelación).

Tras haber practicado la prueba, el juez concede la palabra a los letrados para que informen sobre sus conclusiones, del mismo modo que en la vista de un juicio ordinario; ahora bien, ándate con ojo con esto porque hay compañeros que aprovechan para hacer un resumen sobre todo el objeto de su pretensión y hasta incluso sobre las pruebas practicadas en primera instancia, y eso a algunos jueces les cabrea mucho, porque en la vista ante la Audiencia las partes deben ceñirse en el trámite de conclusiones a la prueba que solicitaron en la apelación.

En cuanto a sentarte en el estrado: he visto de todo, desde que el apelante siendo demandado se siente a la derecha del juez y que el apelado siendo actor, se siente a su izquierda, como lo contrario. No te preocpues por esto, es lo de menos.

Ánimo, que lo tienes chupado!!
03/12/2009 12:41
jajaja muchas gracias, la verdad es que cuando uno empieza se le hace un poco cuesta arriba todo...
Te super agradezco tu ayuda, porque ya se sabe como son los nervios previos, todo son dudas..
Mil gracias de nuevo, seguro que me ireis viendo por el foro a menudo con preguntitas!
muak!
07/12/2009 13:10
lo que mas nerviosa me pone, es el hecho de ir haciendolo todo sobre la marcha, puesto que el interrogatorio que van a practicar se poco y nada sobre lo que puede aportar...y con los nervios...las conclusiones del interrogatorio..en fin!!!
muchas gracias la verdad es que me habeis ayudado mucho.
09/12/2009 12:08
Ya, con la nueva LEC hay que tener muchos reflejos en las actuaciones procesales que se practican en sala.

Ante todo, ten claro lo que tú quieres dejarle claro al juez al hilo de la prueba practicada propuesta or ti (es bueno llevar un guión con las ideas básicas para que no se te olvide nada), y toma las notas fundamentales para hacer las apreciaciones respecto a las pruebas de la parte contraria.

Ten en cuenta que las conclusiones ayudan a SSª, pero la prueba practicada en el juicio es la que realmente fijará su convicción sobre los hechos. Por eso es conveniente trazar una estrategia sobre qué preguntas hacer y a quién pregutar.
11/12/2009 09:34
bueno finalmente, fue bastante duro, dado que el interrogatorio que aportaron no era muy objetivo (no era nada objetivo), pero si era convincente y la cosa está dificil, la verdad...en fin chicos, muchas gracias por todo! ahora ya a por el proximo! muak!!
04/11/2021 16:45
Tengo sentencia de inventario y la parte contraria ha puesto un recurso de apelación, cuánto costaría que un abogado contestara al mismo