Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Recurso judicial pasar de ipt a ipp, o sea de total a parcial

2 Comentarios
 
Recurso judicial pasar de ipt a ipp, o sea de total a parcial
18/08/2022 11:00
Buenas soy policía local y después de una incapacidad temporal, el inss me declara en incapacidad permanente en grado de total, dándoseme de baja de oficio en la empresa(ayuntamiento), se recurre judicialmente y se me reconoce como IP en grado de parcial anulándose todo lo anterior. Dicho esto se me da la indemninazacion de 24 mensualidades y se me descuenta todo el dinero percibido durante los 14 meses en espera de juicio por la pension de incapacidad en grado de total. Me reincorporo al trabajo en segunda actividad.
Pregunta : Me falta por cotizar y cobrar los 14 meses que permanecí en incapacidad permanente total al ser anulada judicialmente. A quién tengo que reclamar el pago de ello, empresa(ayuntamiento)? inss?
19/08/2022 17:48
Hola. El tema es complejo. No está previsto legalmente.
Hay que hacer interpretaciones legales.
Una interpretación sería : si me hubiesen revocado totalmente la sentencia y hubiese que dado sin pensión ni indemnización, no debería devolver cantidad alguna; debería reincorporarme y la empresa no estaría obligada a cotizar el período del recurso. Por tanto ahora, no se me debe descontar nada de las cantidades percibidas durante el recurso. Yo pediría la ejecución de la sentencia al Juzgado. No hay costas por tu parte. Imagino que tu abogado te habrá propuesto esta posible solución.
Ahora bien hay otra interpretación totalmente opuesta:
Si a una persona le conceden la IP parcial y posteriormente por revisión por agravación se le reconoce una IP total al cabo de 2 años, por ejemplo, no empieza a cobrar la IP total hasta que no pague la diferencia de la cantidad que se considere como consumida por el cobro de la I.P. total. Intentaré explicarme : si me conceden una indemnización de 36000 euros por IP Parcial derivada de accidente laboral y al cabo de 2 años y medio se me reconoce una IP total en la cuantía inicial de mensual de 825 euros mensuales, si me hubiesen concedido la IP total al principio, durante estos dos años y medio, habría cobrado aproximadamente unos 24750 euros ( 825 € * 30 meses).
Pues bien es ese supuesto de revisión , o bien se debe devolver la diferencia de 11250 euros ( 36000 € - 24750 €) , o bien no se empieza a cobrar la pensión de IP total hasta que no pase el tiempo suficiente para compensar la diferencia. Es poco complicado . No sé si me he explicado bien.
En cuanto a la cotización de la empresa, considero que no hay ninguna normativa legal que obligue a la empresa a cotizar el período del recurso.
Saludos
22/08/2022 11:17
Buenas en primer lugar gracias por la contestación, en cuanto a la ejecución de la sentencia ésta ya se ha ejecutado, pago de indemnización ipp (parcial) con descuento de todo lo abonado hasta la fecha, pensión ipt(total), lo estipulado en lea sentencia. Lo que pasa es que la sentencia anula todo lo llevado a cabo en los 14 meses que permanecí en ipt, por lo tanto me encuentro en un caso de indefensión entiendo, ya que he sido dado de baja incorrectamente, de oficio por el inss acpetándolo la empresa, y con un perjuicio de un año sin suelo ni cotización, supongo que a alguien le corresponderá subsanar esto. Gracias