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REcurso por falta de una firma.

1 Comentarios
 
09/02/2018 15:38
Nachomieres
En notificaciones de sanciones de tráfico solo es necesaria la firma del denunciante y del denunciado, la del testigo es opcional en caso de que el agente denunciante lo considere oportuno. La firma por su parte no implica aceptación, es solo a efectos de notificación.

Si usted cometió la infracción, que ellos estuvieran visibles o no es irrelevante, ellos solo están obligados a utilizar señales visuales o sonoras si se encuentran en situación de emergencia.
Recurso por falta de una firma.
09/02/2018 14:43
Me ha parado un vehículo de la Guardia Civil y me han sancionado según el agente por cambiar de carril , en autovía, para al tomar una curva a la izquierda digamos que atajar y posterior vuelta al carril derecho , sin poner intermitente, ellos iban detrás de mí , era de noche y no llevaban encendido el distintivo que llevan en el techo para saber que es la Guardia Civil, por lo que no los ví hasta que lo encendieron para indicarme que parara.Veo que la denuncia pide la firma del denunciado cosa que hice ya que me dijo no implicaba más que acusaba recibo , y también pide la firma del denunciante , que firmó, y la de su acompañante como testigo , este no la ha firmado. ¿es obligatoria ésta? ¿puede ser motivo de recurso?