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redes wifi y tipo penal

9 Comentarios
 
23/01/2007 21:29
Con lo tranquilo, que leía el foro desde casa.........tendré que hacerlo aprisa y corriendo desde el trabajo...
23/01/2007 21:20
Ciertamente llevas razon, hay un contrato entre la empresa de telefonía y el usuario, bajo precio, sin un consentimiento expreso no se puede hacer un uso legal de ese servicio, contratado entre partes.

Un saludo
23/01/2007 19:22
Yo lo plantearía a la inversa: ¿Que es más fácil? ¿Suponer que quien usa una red ajena precisa el consentimiento del dueño o que el dueño desconozcan aspectos técnicos que le hagan ignorar siquiera que su red es accesible por terceros y, por lo tanto, ni pueda plantearse el hecho de dar, o no, su consentimiento?

Si te dejas el coche aparcado en la vía pública, abierto y con las llaves puestas y alguien lo utiliza ¿puede alegar que, como estaba abierto, en la vía pública y con las llaves puestas estabas dándo tu consentiminto tácito a que cualquiera lo usara? O, mejor aún, imagina que no es el coche y es el portátil que te has dejado encima de la barra del bar mientras te tomas un café en una pausa y viene alguien y se pone a utilizarlo.

Por lo tanto, entiendo que el consentimiento debería ser expreso, a no ser que lo que se pretenda sea ofrecer el punto de conexión y dicha pretensión sea de alguna manera públicamente conocida. Y acreditable por quien la alega, claro.
23/01/2007 17:56
Estoy de acuerdo contigo Data, el problema es la interpretación del concepto de autorización , si la red está abierta y sin contraseña ¿ habría un consentimiento tácito?.

Un saludo.
23/01/2007 16:38
Siguiendo un poco lo que ya te ha comentado anafer en el post relax, personalmente no veo ilícito penal en el hecho de utilizar una señal wifi ajena. Si no ando equivocado, los aparatos que se utilizan estan diseñados para operar " en abierto " o bien introduciendo una contraseña. Si se introduce una contraseña y no se fuerza la misma, es evidente que nadie va a poder utilizar la señal.

No obstante, lo que tu planteas es el chupeteo de la señal que paga otro, presuponiendo que es tan buena persona que no va a caer en la tentación de fisgonear en el disco duro del vecino.

Creo que podría encaminarse tu duda por los derroteros del 197.2 del CP:" Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos" ( se entiende a los datos de caracter reservado) y, creo, por el mero hecho de conectarse a una señal ajena ya podría considerarse que ha existido dicho acceso.

Por supuesto, el argumento de una defensa al respecto podría ser el de que, técnicamente, no es lo mismo acceder a la señal y utilizar la misma sin entrar en el disco duro del vampirizado aunque esté ahí, expuesto, que, aún estando dentro de la señal y teniendo la posibilidad de acceder, se hubiese abierto realmente algun fichero ajeno.
23/01/2007 15:31
tranquilo, cuida tu cuello, no hay prisa.
22/01/2007 21:42
A ver, la pregunta es xunga, pero muy interesante. Voy a ver si la consulto despacio. Esta noche no puedo, porque me vence un plazo en el que me juego por lo menos el cuello. Por tanto, un poco de paciencia. Gracias.
22/01/2007 19:37
Gracias enola.
22/01/2007 18:37
Te lo subo. A ver si aparece Paquito Xocolatero que sabe un monton de esto.

De todas formas, pega la consulta en nuevas tecnologías. Es mas facil que te contesten alli.

Un saludo
Redes wifi y tipo penal
20/01/2007 15:22
Hola a todos , quiero comentaros un tema que sin lugar a dudas tiene que estar tipificado.

Me refiero a la conexión establecida a una red wifi particular.

No hay duda, que estamos incurriendo en delito si la red tiene una contraseña de seguridad, y averiguamos dicha contraseña con programas como "aircrack", y una vez conocida entramos en la red. Ya estaríamos dentro del concepto de " fuerza en las cosas"

Sin embargo hay redes que no tienen contraseña, y windows conecta automáticamente. Probablemente el motivo de esa carencia de contraseña sea la dejadez o ignorancia del titular de la linea. ¿ Podría ser interprteado cómo un consentimiento tácito en el ámbito del derecho penal?

Dejo fuera de mi duda a las redes abiertas, en las que el consentimiento es expreso. En determinados establecimientos o lugares públicos, se contratan redes abiertas para que todo aquel que vaya con un portatil, y lo desee se conecte a internet .

De hecho, los equipos informáticos ( portatiles) que están a la venta debidamente homologados, pueden recibir una señal, que esté en un radio de 100m .

El problema, y el delito, si lo hay, es si en ese radio está emitiendo la señal de tu vecino, y él no lo sabe, y tu tampoco aunque lo sospechas, por pura lógica. En 100 metros no puede estar lejos.

Naturalmente, me refiero a ultizar una señal de radio, nada más, considerando que la transmisión de esa señal de radio se realiza a través del espectro atmosférico y éste es calificado jurídicamente como bien demanial.

Porque claro, si conectas a una señal, y ya de paso ves los archivos del disco duro del que te has conectado, no hay vuelta de hoja, en ese caso ya hay una vulneración del derecho a la intimidad, entre otros.

Un saludo.

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23/01/2007 21:29
Con lo tranquilo, que leía el foro desde casa.........tendré que hacerlo aprisa y corriendo desde el trabajo...
23/01/2007 21:20
Ciertamente llevas razon, hay un contrato entre la empresa de telefonía y el usuario, bajo precio, sin un consentimiento expreso no se puede hacer un uso legal de ese servicio, contratado entre partes.

Un saludo
23/01/2007 19:22
Yo lo plantearía a la inversa: ¿Que es más fácil? ¿Suponer que quien usa una red ajena precisa el consentimiento del dueño o que el dueño desconozcan aspectos técnicos que le hagan ignorar siquiera que su red es accesible por terceros y, por lo tanto, ni pueda plantearse el hecho de dar, o no, su consentimiento?

Si te dejas el coche aparcado en la vía pública, abierto y con las llaves puestas y alguien lo utiliza ¿puede alegar que, como estaba abierto, en la vía pública y con las llaves puestas estabas dándo tu consentiminto tácito a que cualquiera lo usara? O, mejor aún, imagina que no es el coche y es el portátil que te has dejado encima de la barra del bar mientras te tomas un café en una pausa y viene alguien y se pone a utilizarlo.

Por lo tanto, entiendo que el consentimiento debería ser expreso, a no ser que lo que se pretenda sea ofrecer el punto de conexión y dicha pretensión sea de alguna manera públicamente conocida. Y acreditable por quien la alega, claro.
23/01/2007 17:56
Estoy de acuerdo contigo Data, el problema es la interpretación del concepto de autorización , si la red está abierta y sin contraseña ¿ habría un consentimiento tácito?.

Un saludo.
23/01/2007 16:38
Siguiendo un poco lo que ya te ha comentado anafer en el post relax, personalmente no veo ilícito penal en el hecho de utilizar una señal wifi ajena. Si no ando equivocado, los aparatos que se utilizan estan diseñados para operar " en abierto " o bien introduciendo una contraseña. Si se introduce una contraseña y no se fuerza la misma, es evidente que nadie va a poder utilizar la señal.

No obstante, lo que tu planteas es el chupeteo de la señal que paga otro, presuponiendo que es tan buena persona que no va a caer en la tentación de fisgonear en el disco duro del vecino.

Creo que podría encaminarse tu duda por los derroteros del 197.2 del CP:" Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos" ( se entiende a los datos de caracter reservado) y, creo, por el mero hecho de conectarse a una señal ajena ya podría considerarse que ha existido dicho acceso.

Por supuesto, el argumento de una defensa al respecto podría ser el de que, técnicamente, no es lo mismo acceder a la señal y utilizar la misma sin entrar en el disco duro del vampirizado aunque esté ahí, expuesto, que, aún estando dentro de la señal y teniendo la posibilidad de acceder, se hubiese abierto realmente algun fichero ajeno.
23/01/2007 15:31
tranquilo, cuida tu cuello, no hay prisa.
22/01/2007 21:42
A ver, la pregunta es xunga, pero muy interesante. Voy a ver si la consulto despacio. Esta noche no puedo, porque me vence un plazo en el que me juego por lo menos el cuello. Por tanto, un poco de paciencia. Gracias.
22/01/2007 19:37
Gracias enola.
22/01/2007 18:37
Te lo subo. A ver si aparece Paquito Xocolatero que sabe un monton de esto.

De todas formas, pega la consulta en nuevas tecnologías. Es mas facil que te contesten alli.

Un saludo
Redes wifi y tipo penal
20/01/2007 15:22
Hola a todos , quiero comentaros un tema que sin lugar a dudas tiene que estar tipificado.

Me refiero a la conexión establecida a una red wifi particular.

No hay duda, que estamos incurriendo en delito si la red tiene una contraseña de seguridad, y averiguamos dicha contraseña con programas como "aircrack", y una vez conocida entramos en la red. Ya estaríamos dentro del concepto de " fuerza en las cosas"

Sin embargo hay redes que no tienen contraseña, y windows conecta automáticamente. Probablemente el motivo de esa carencia de contraseña sea la dejadez o ignorancia del titular de la linea. ¿ Podría ser interprteado cómo un consentimiento tácito en el ámbito del derecho penal?

Dejo fuera de mi duda a las redes abiertas, en las que el consentimiento es expreso. En determinados establecimientos o lugares públicos, se contratan redes abiertas para que todo aquel que vaya con un portatil, y lo desee se conecte a internet .

De hecho, los equipos informáticos ( portatiles) que están a la venta debidamente homologados, pueden recibir una señal, que esté en un radio de 100m .

El problema, y el delito, si lo hay, es si en ese radio está emitiendo la señal de tu vecino, y él no lo sabe, y tu tampoco aunque lo sospechas, por pura lógica. En 100 metros no puede estar lejos.

Naturalmente, me refiero a ultizar una señal de radio, nada más, considerando que la transmisión de esa señal de radio se realiza a través del espectro atmosférico y éste es calificado jurídicamente como bien demanial.

Porque claro, si conectas a una señal, y ya de paso ves los archivos del disco duro del que te has conectado, no hay vuelta de hoja, en ese caso ya hay una vulneración del derecho a la intimidad, entre otros.

Un saludo.