Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Reducción de jornada. Regulación de empleo

4 Comentarios
 
Reducción de jornada. regulación de empleo
15/06/2004 19:12
Hola compañeros/as:

¿podemos reducir la jornada de un/unos trabajadores a través de un expediente de regulación de empleo? ¿Donde viene regulado? ¿o habrá que hacerlo por la via del art. 41 ET modificación sustancial de condiciones de trabajo? ¿Que diferencias hay ente hacerlo por una via u otra?.

Gracias. un saludo
16/06/2004 11:23
Alguien me puede comentar algo al respecto.

Saludos, gracias
16/06/2004 16:23
Alguien que sepa algo, gracias
16/06/2004 16:35
Hola.

En mi opinión si que puedes (al menos hace unos años no había problema alguno)

Entiendo que deberas plantear un $xpediente de Regulación Temporal de empleo (o como se llame ahora) por el tiempo que esos trabajadores reduzcan su jornada (ese tiempo de jornada reducida se lo cubrirá el INEM)

En cuanto a al regulación si no me equivico debes hacerla por la vía del artículo 51 ( en lugar de extinción solicitarás una regulación temporal y parcial)

De todos modos deberías consultarlo en la Consellería que lleve las relaciones laborales si éstas han sido transfridas a tu comunidad.

Saludos.
17/06/2004 08:41
Ninfa como siempre gracias, saludos
Reducción de jornada. Regulación de empleo | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Reducción de jornada. Regulación de empleo

4 Comentarios
 
Reducción de jornada. regulación de empleo
15/06/2004 19:12
Hola compañeros/as:

¿podemos reducir la jornada de un/unos trabajadores a través de un expediente de regulación de empleo? ¿Donde viene regulado? ¿o habrá que hacerlo por la via del art. 41 ET modificación sustancial de condiciones de trabajo? ¿Que diferencias hay ente hacerlo por una via u otra?.

Gracias. un saludo
16/06/2004 11:23
Alguien me puede comentar algo al respecto.

Saludos, gracias
16/06/2004 16:23
Alguien que sepa algo, gracias
16/06/2004 16:35
Hola.

En mi opinión si que puedes (al menos hace unos años no había problema alguno)

Entiendo que deberas plantear un $xpediente de Regulación Temporal de empleo (o como se llame ahora) por el tiempo que esos trabajadores reduzcan su jornada (ese tiempo de jornada reducida se lo cubrirá el INEM)

En cuanto a al regulación si no me equivico debes hacerla por la vía del artículo 51 ( en lugar de extinción solicitarás una regulación temporal y parcial)

De todos modos deberías consultarlo en la Consellería que lleve las relaciones laborales si éstas han sido transfridas a tu comunidad.

Saludos.
17/06/2004 08:41
Ninfa como siempre gracias, saludos