Una persona tiene reducida su jornada por guarda legal (trabaja por las mañanas) y las horas de por la tarde las cubre un chico con contrato de internidad. Si la persona que trabaja por las mañanas coge sus vacaciones, ¿como podría el chico de por la tarde (con contrato de interinidad de 3 horas) cubrir esas horas?.Gracias.
Salvo mejor opinión, haciendole otro contrato a tiempo parcial 520 por esas horas de mañana y poniendo como causa de la temporalidad la sustitucion de personal en periodo de vacaciones.