Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

reforma laboral y convenio colectivo

8 Comentarios
 
Reforma laboral y convenio colectivo
05/08/2022 12:15
Buenos días

Soy un trabajador que firmé mi contrato en prácticas en febrero de 2022. El 30 de marzo se aprueba la reforma laboral y ahora esta modalidad de contrato se llama contrato para la obtención de la práctica profesional. Pues bien, el 2 de mayo de 2022 sale el Convenio de Oficinas y Despachos de la provincia de Valencia, con entrada en vigor desde ese mismo día y efecto retroactivo desde el 1 de junio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

En este convenio se indica que las personas con contrato para la obtención de la práctica profesional han de recibir una retribución del 80% del salario durante los 6 primeros meses, y un 90% los 6 siguientes. Esto choca con lo que yo firmé, que era un 60% durante el primer año, y un 75% durante el segundo. Hay un gran cambio.

Mi duda está en si de alguna manera, y, por ese efecto retroactivo del convenio, a pesar de que no hable de los contratos en prácticas (el mío), podría entrar en esa retribución o debo seguir con la anterior. El tema de la duración del contrato me es indiferente, pues el nuevo solo sería de un año y el mío de dos, pero si el convenio me hiciese cobrar el 90% también a lo largo del segundo año no tendría problema.

Un saludo :)
05/08/2022 15:10
Bien para empezar el nuevo cto en prácticas fija un salario mínimo del 65 % el 1 año y del 85 % el 2 año, su convenio, desde la entrada en vigor de éste mejora estos porcentajes, la empresa puede argumentar que su cto en prácticas es anterior tanto a la reforma como al nuevo convenio firmado, no obstante el trabajador debe reclamar la aplicación del convenio por condición más beneficiosa para el trabajador .
smo
05/08/2022 17:52
Jamgrrhh28
Perfecto. Como dices, es la condición más beneficiosa para mi, y eso ya refleja el convenio que es lo que ha de aplicarse, pero, como tiene efecto retroactivo desde mucho antes de la firma del contrato, ya solo por eso deberían de aplicarlo, ¿no?

Igualmente mi duda era si de alguna manera me tocarían estas condiciones, y, por lo que comentas, sí. Así que muchas gracias.

Además, entiendo que para lo que restaría de contrato después de aplicarse ese 90% los 6 siguientes meses, el sueldo seguiría siendo durante un año del 90%. ¿O me equivoco?

¡Gracias de nuevo!
05/08/2022 18:19
Verá, yo no me preocuparía más que de mantener el cto, porque sí reclama al empresario sus dchos seguro que tendrá que pagarle lo que le corresponde sin embargo lo más probable es que no cumpla cto.
Para reclamar cantidades tiene un año de plazo y creo que solo lleva 6 meses, bueno pues espere otros 6 meses y póngase en contacto con un sindicato o abogado para reclamar esa diferencia salarial de un año entero, (en cuanto a lo del sindicato yo soy muy partidario de afiliarse a uno para estar más protegido y para que le defiendan sus dchos).
smo
06/08/2022 10:24
Jamgrrhh28
La cosa está en que posiblemente cambie de trabajo este mes, entonces necesitaría que me lo diesen todo junto con el finiquito, y necesitaba tener la certeza de que fuera así
06/08/2022 12:14
Me temo que la empresa no estará de acuerdo con nuestra interpretación por lo que no le quedaré entonces más solución que demandar y no firmar el finiquito hasta resuelta la demanda.
smo
06/08/2022 20:00
Jamgrrhh28
Finiquito tendrás que firmarlo, llegado el caso, para cobrar, pero poniendo antes de nada "No conforme" o "Pendiente de revisión", para curarse en salud. Ojo con firmar las cosas a tontas y a locas, porque nos hacemos un descosido de difícil enmienda. smo.
12/08/2022 08:40
Jamgrrhh28
Acaba de decirme la asesora laboral con el convenio y la reforma laboral en mano que no entro en estos parámetros debido a que mi contrato es anterior a la entrada en vigor de la reforma, y que el convenio solo recoge a los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional.

Le he comentado que si no entraba a pesar de que el convenio mencionase que se aplicaría la condición más beneficiosa para el trabajador, a lo que ha respondido que eso se refiere a que si se hubiera pactado en la firma del contrato otra cosa más beneficiosa que el 60% de mi salario, sería lo que se debería de aplicar, pero que en este caso no.

¿Tiene razón o trata de engañarme? :(
12/08/2022 09:50
Esto es como la vida, cada uno tiene su opinión, quién es esa asesora laboral? Qué pertenece a un sindicato o es personal de RRHH de la empresa? Como ya le he dicho, si forma parte de la empresa la respuesta va a ser que no, si forma parte de un sindicato va a ver que hay opciones, la mejora si se recoge en convenio se aplica se haya pactado en el cto o no.
smo
reforma laboral y convenio colectivo | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

reforma laboral y convenio colectivo

8 Comentarios
 
Reforma laboral y convenio colectivo
05/08/2022 12:15
Buenos días

Soy un trabajador que firmé mi contrato en prácticas en febrero de 2022. El 30 de marzo se aprueba la reforma laboral y ahora esta modalidad de contrato se llama contrato para la obtención de la práctica profesional. Pues bien, el 2 de mayo de 2022 sale el Convenio de Oficinas y Despachos de la provincia de Valencia, con entrada en vigor desde ese mismo día y efecto retroactivo desde el 1 de junio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

En este convenio se indica que las personas con contrato para la obtención de la práctica profesional han de recibir una retribución del 80% del salario durante los 6 primeros meses, y un 90% los 6 siguientes. Esto choca con lo que yo firmé, que era un 60% durante el primer año, y un 75% durante el segundo. Hay un gran cambio.

Mi duda está en si de alguna manera, y, por ese efecto retroactivo del convenio, a pesar de que no hable de los contratos en prácticas (el mío), podría entrar en esa retribución o debo seguir con la anterior. El tema de la duración del contrato me es indiferente, pues el nuevo solo sería de un año y el mío de dos, pero si el convenio me hiciese cobrar el 90% también a lo largo del segundo año no tendría problema.

Un saludo :)
05/08/2022 15:10
Bien para empezar el nuevo cto en prácticas fija un salario mínimo del 65 % el 1 año y del 85 % el 2 año, su convenio, desde la entrada en vigor de éste mejora estos porcentajes, la empresa puede argumentar que su cto en prácticas es anterior tanto a la reforma como al nuevo convenio firmado, no obstante el trabajador debe reclamar la aplicación del convenio por condición más beneficiosa para el trabajador .
smo
05/08/2022 17:52
Jamgrrhh28
Perfecto. Como dices, es la condición más beneficiosa para mi, y eso ya refleja el convenio que es lo que ha de aplicarse, pero, como tiene efecto retroactivo desde mucho antes de la firma del contrato, ya solo por eso deberían de aplicarlo, ¿no?

Igualmente mi duda era si de alguna manera me tocarían estas condiciones, y, por lo que comentas, sí. Así que muchas gracias.

Además, entiendo que para lo que restaría de contrato después de aplicarse ese 90% los 6 siguientes meses, el sueldo seguiría siendo durante un año del 90%. ¿O me equivoco?

¡Gracias de nuevo!
05/08/2022 18:19
Verá, yo no me preocuparía más que de mantener el cto, porque sí reclama al empresario sus dchos seguro que tendrá que pagarle lo que le corresponde sin embargo lo más probable es que no cumpla cto.
Para reclamar cantidades tiene un año de plazo y creo que solo lleva 6 meses, bueno pues espere otros 6 meses y póngase en contacto con un sindicato o abogado para reclamar esa diferencia salarial de un año entero, (en cuanto a lo del sindicato yo soy muy partidario de afiliarse a uno para estar más protegido y para que le defiendan sus dchos).
smo
06/08/2022 10:24
Jamgrrhh28
La cosa está en que posiblemente cambie de trabajo este mes, entonces necesitaría que me lo diesen todo junto con el finiquito, y necesitaba tener la certeza de que fuera así
06/08/2022 12:14
Me temo que la empresa no estará de acuerdo con nuestra interpretación por lo que no le quedaré entonces más solución que demandar y no firmar el finiquito hasta resuelta la demanda.
smo
06/08/2022 20:00
Jamgrrhh28
Finiquito tendrás que firmarlo, llegado el caso, para cobrar, pero poniendo antes de nada "No conforme" o "Pendiente de revisión", para curarse en salud. Ojo con firmar las cosas a tontas y a locas, porque nos hacemos un descosido de difícil enmienda. smo.
12/08/2022 08:40
Jamgrrhh28
Acaba de decirme la asesora laboral con el convenio y la reforma laboral en mano que no entro en estos parámetros debido a que mi contrato es anterior a la entrada en vigor de la reforma, y que el convenio solo recoge a los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional.

Le he comentado que si no entraba a pesar de que el convenio mencionase que se aplicaría la condición más beneficiosa para el trabajador, a lo que ha respondido que eso se refiere a que si se hubiera pactado en la firma del contrato otra cosa más beneficiosa que el 60% de mi salario, sería lo que se debería de aplicar, pero que en este caso no.

¿Tiene razón o trata de engañarme? :(
12/08/2022 09:50
Esto es como la vida, cada uno tiene su opinión, quién es esa asesora laboral? Qué pertenece a un sindicato o es personal de RRHH de la empresa? Como ya le he dicho, si forma parte de la empresa la respuesta va a ser que no, si forma parte de un sindicato va a ver que hay opciones, la mejora si se recoge en convenio se aplica se haya pactado en el cto o no.
smo