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Registro divorcio en el extranjero con hija

4 Comentarios
 
Registro divorcio en el extranjero con hija
25/01/2024 16:56
Saludos, y gracias de antemano por su dedicación.

Escribo para encontrar claridad ante la siguiente situación en la que me encuentro.

Se trata de un divorcio con sentencia realizada en El Salvador ya que mi exmujer es salvadoreña.

A la hora de registrar el divorcio a través de la embajada de España en El Salvador me surge la siguiente duda/inquietud, a raíz del siguiente párrafo de la sentencia emitida en El Salvador:

"Confiérase el cuidado personal y representación legal de la adolescente XXXX a la madre señora XXX" ....

¿Qué implicación podría tener esto en el registro civil en España?

¿Significa esto que al realizar el registro del divorcio en España (a través de la embajada) yo perdería la patria potestad?

¿Si voy a España con la menor no podría, por ejemplo, inscribirla en un colegio sin el permiso de la madre que está en El Salvador?

Gracias
26/01/2024 08:43
No tienen por qué coincidir los conceptos jurídicos de un país a otro. Aquí hablamos de custodia y patria potestad, pero no sé hasta dónde llega allí el concepto de "cuidado personal y representación legal". Diría que correspondería más a la custodia que a la patria potestad, pero pregúntalo en la propia embajada o consulado que sí que deberían saberlo.
26/01/2024 08:48
Pero vamos, aunque sea solo la custodia y tengas la patria potestad intacta, e incluso aunque la tuvieras tú la custodia siempre que el otro no haya perdido la patria potestad, en España no puedes inscribir a un menor sin el consentimiento del otro progenitor (en principio, porque puede priorizarse el derecho del menor a la escolarización si la alternativa es no estar escolarizado).
Si la custodia la tiene la madre, ¿por qué se viene contigo a vivir a España? Deberías tener permiso para eso o podría ser sustracción de menores. Si tienes permiso de la otra parte entiendo que te lo puede dar igual para la escuela, y si no lo tienes, ojito que es un delito grave.
26/01/2024 16:29
Gracias por su respuesta.
Mi inquietud más que nada es por la interpretación que puedan hacer en España al solicitar el registro del divorcio a través de la embajada (Exequatur creo que se llama el proceso)...

En la ley salvadoreña he encontrado que: ”El padre o la madre a quien se hubiere confiado mediante resolución judicial el cuidado personal del hijo, tendrá exclusivamente la representación legal del mismo.”

Con la madre nos llevamos bien y no tendría problema que fuera a estudiar a España. Entonces por su comentario entendería que si a través de un notario firmamos el permiso de salida del país y que la representación legal recaiga en mi el tiempo que esté en España, ¿podría ser suficiente?

Reitero mi inquietud en que la interpretación en España al párrafo de que la representación legal sea exclusivamente de la madre, se refleje en el libro de familia como una pérdida de mi potestad como padre ante la niña.

Gracias nuevamente y saludos...
29/01/2024 08:30
No conozco la ley salvadoreña, pero si la madre te autoriza a que viva en España y a lo que haga falta aquí no vas a tener problemas. No creo que nadie aquí interprete que la representación legal recaiga sobre la madre, como una retirada de la patria potestad, suena más a custodia, pero lo dicho, desconozco la terminología salvadoreña.
De todas maneras si va a vivir contigo en otro continente, y hay buena relación, ¿no es más simple modificar el convenio salvadoreño?
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25/01/2024 16:56
Saludos, y gracias de antemano por su dedicación.

Escribo para encontrar claridad ante la siguiente situación en la que me encuentro.

Se trata de un divorcio con sentencia realizada en El Salvador ya que mi exmujer es salvadoreña.

A la hora de registrar el divorcio a través de la embajada de España en El Salvador me surge la siguiente duda/inquietud, a raíz del siguiente párrafo de la sentencia emitida en El Salvador:

"Confiérase el cuidado personal y representación legal de la adolescente XXXX a la madre señora XXX" ....

¿Qué implicación podría tener esto en el registro civil en España?

¿Significa esto que al realizar el registro del divorcio en España (a través de la embajada) yo perdería la patria potestad?

¿Si voy a España con la menor no podría, por ejemplo, inscribirla en un colegio sin el permiso de la madre que está en El Salvador?

Gracias
26/01/2024 08:43
No tienen por qué coincidir los conceptos jurídicos de un país a otro. Aquí hablamos de custodia y patria potestad, pero no sé hasta dónde llega allí el concepto de "cuidado personal y representación legal". Diría que correspondería más a la custodia que a la patria potestad, pero pregúntalo en la propia embajada o consulado que sí que deberían saberlo.
26/01/2024 08:48
Pero vamos, aunque sea solo la custodia y tengas la patria potestad intacta, e incluso aunque la tuvieras tú la custodia siempre que el otro no haya perdido la patria potestad, en España no puedes inscribir a un menor sin el consentimiento del otro progenitor (en principio, porque puede priorizarse el derecho del menor a la escolarización si la alternativa es no estar escolarizado).
Si la custodia la tiene la madre, ¿por qué se viene contigo a vivir a España? Deberías tener permiso para eso o podría ser sustracción de menores. Si tienes permiso de la otra parte entiendo que te lo puede dar igual para la escuela, y si no lo tienes, ojito que es un delito grave.
26/01/2024 16:29
Gracias por su respuesta.
Mi inquietud más que nada es por la interpretación que puedan hacer en España al solicitar el registro del divorcio a través de la embajada (Exequatur creo que se llama el proceso)...

En la ley salvadoreña he encontrado que: ”El padre o la madre a quien se hubiere confiado mediante resolución judicial el cuidado personal del hijo, tendrá exclusivamente la representación legal del mismo.”

Con la madre nos llevamos bien y no tendría problema que fuera a estudiar a España. Entonces por su comentario entendería que si a través de un notario firmamos el permiso de salida del país y que la representación legal recaiga en mi el tiempo que esté en España, ¿podría ser suficiente?

Reitero mi inquietud en que la interpretación en España al párrafo de que la representación legal sea exclusivamente de la madre, se refleje en el libro de familia como una pérdida de mi potestad como padre ante la niña.

Gracias nuevamente y saludos...
29/01/2024 08:30
No conozco la ley salvadoreña, pero si la madre te autoriza a que viva en España y a lo que haga falta aquí no vas a tener problemas. No creo que nadie aquí interprete que la representación legal recaiga sobre la madre, como una retirada de la patria potestad, suena más a custodia, pero lo dicho, desconozco la terminología salvadoreña.
De todas maneras si va a vivir contigo en otro continente, y hay buena relación, ¿no es más simple modificar el convenio salvadoreño?