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registro guardia civil sin orden judicial

25 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 25 comentarios
07/02/2012 18:49
Eso es precisamente lo que comentaba yo más arriba, que por 20 plantas ni me molestaba.
07/02/2012 18:45
Tienes razon Kapitan, pero depende del partido judicial y cada juez, por la marihuana ya tedigo que está complicado. Te dicen que intentes la entrada voluntaria y si no cuela que pidas la entrada en el juzgado, pero actualmente no quieren esas entradas a no ser que sea una cantidad muy elevada.
07/02/2012 18:31
La cuestión es que si sabes antes de entrar que hay plantas de maría, es mejor pedir una autorización judicial. Como dije, si no levantas la liebre, no hay urgencia.
Si te la quieren dar estupendo y si no, pues tampoco pasa nada. No está la cosa (hace mucho ya) para querer llegar allí donde no quieren hacerlo quienes deben.
Si resulta que te han dejado entrar por otro asunto y te encuentras con el tema, lo mejor es solicitar la autorización y entre tanto quedarse custodiando la vivienda, local o lo que sea con el fin de que no nos distraigan lo que interesa. Con la autorización en el bolsillo o verbal si es preciso, se inicia el registro.
Es mi opinión, yo no me complicaría la vida que bastante achuchá está ya.
07/02/2012 18:29
Me parece que el tema se está desviando un poquito de lo que pedía Manuoliva. Si ha hecho bien dejando pasar a la policía... Pues seguramente no, porque no creo que el juez tenga en cuenta la buena intención de la persona al dejar entrar en la casa de forma voluntaria. Otra cosa es que finalmente no pase nada porque actualmente con la marihuana no hay demasiada mano dura, y 22 plantas un buen abogado puede conseguir que a su cliente no le pase nada, y ya lo he visto alguna vez.
Respecto de la policía no se si hay algún interés especial en atacarla por lo que leo por aquí, pero estoy seguro de que el 99 % de los policias y Guardias Civiles de España no entran a ningún domicilio sin autorización del propietario o sin orden judicial, que aquí parece que los culpables de todo son los policias, cuando es el dueño de la casa el que está cometiendo un delito de tráfico de drogas por el cultivo de 22 plantas de marihuana.
Respecto al flagrante delito y que esté justificada la entrada sin ninguna autorización no estoy de acuerdo. Hay muchas operaciones en marcha con intervenciones telefonicas en las que queda clarísimo que se está traficando con drogas, armas, cometiendo robos, etc, y sin embargo aun teniendo esto, la policia no entra nunca en la casa alegando flagrante delito. Se solicita mandamiento de entrada en el juzgado
07/02/2012 18:20
Hola, delito flagrante=se está cometiendo un delito.
20 plantas de marihuana es un acto de cultivo como establece el 368. Igual me equivoco, pero yo lo veo así. Saludos
07/02/2012 13:23
Hola

Sin orden judicial y sin indicios de ningun tipo , no tienen pòr que dejar entrar a nadie en cualquier domicilio particular o local, salvo expresaautorizacion del dueño y en presencia de 2 testigos, desde luego, si no se tiene nada que esconder, se puede dejar entrar sin problemas, y como vd dice sin hacer demasiado ruido, ahora bien, si las fuerzas policiales entran sin la debida orden judicial, y sin autorizaçcion expresa del titular, se estan metiendo en un buen lio, lo demás que comenta vd, ya es de pelicula, "LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES ESTAN PARA ALGO, Y NO SE PUEDEN VULNERAR DE NINGUNA DE LAS MANERAS," lleven uniforme o dejen de llevarlo, es mas el juez es el que decidira si facilitarles la orden o no, y no siempre se la facilita, y en cuanto a lkos abogados callados, eso habria que verlo, ya que los abogados estan para defender los derechos que asisten a todos y cada una de las personas, inclusive vd

nO ES LA PRIMERA NI LA ULTIMA VEZ QUE UN JUEZ LLAMA AKL DESPACHO A EL JEFE DE UN OPERATIVO POLICIAL POR ACTUACION INDEBIDA, CONSIDERANDO QUE NO SE HA ACTUADO COHERENTEMENTE Y ADEMAS VULNERANDO LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS

SALUDOS
05/02/2012 23:39
Mi consejo es que les dejes entrar voluntariamente y sin montar mucho escandalo. Que no le dejas pues nada se pide la orden y mientras tanto se asegura la zona. Presencia de patrullas para evitar que desaparezcan las plantas, se corta el agua para evitar que se desprenda las plantas por el vater,,,,,,,,,,,,,,,. Y me encargo de que todos los vecinos se enteren de que algo esta pasando por ahi. En cuanto al abogado pues se sentara en dependencias policiales con la boca cerrada intervieniendo solo al final de la declaracion.
05/02/2012 21:36
Se me olvidaba manuoliva. Una de las cosas por la que se autoriza la entrada a las fuerzas de seguridad del estado en estos casos, es precisamente por lo que tu mismo has comentado, para evitar que mientras se pide la orden, el susodicho de deshaga de la sustancia. Y no es delito flagrante por el olor hombre, es por el cultivo como bien te han puesto el articulo más arriba. De negarse a la entrada, bueno, ya depende de los que actuen, pero casi seguro que el inquilino de la vivienda, además de ser informado de un presunto delito contra la salud pública, lo sería por otro de resistencia y desobediencia.
Un saludo.
05/02/2012 21:28
Pues muy facil, Davidrr, eso es un delito flagrante y como tal, la Guardia Civil, al tener conocimiento de ello, tiene la obligación de actuar en consecuencia, y como es flagrante, no necesita autorización alguna. Vamos, que si no abre la puerta la echan abajo, sin más, y luego que le diga al Juez que es para su consumo, para infusiones o para hacerse pomadas, que puede ser. Para vuestro conocimiento, 20 plantas bien cultivadas sueltan hojas que para ser fumadas por una sola persona, mucho le tiene ésta que dar al porro. Y otra cosa, hay más casos en los que se puede entrar en un domicilio sin el consentimiento del titular.
Un saludo.
05/02/2012 10:48
En mi opinión, por 20 plantas de maría si no hay autorización judicial ni del titular del domicilio, no se entra. Si se tiene que mojar alguien que sea el juez, además, dónde está la urgencia?

05/02/2012 10:42
hola,gracias a todos por vuestras respuestas pero mi interes digamos es otro,el trastero esta en la terraza del edificio donde estan la de los demas vecinos,decir que desprendia olor y no se si por eso puede o no ser delito flagante,ademas lo que espongo antes es si hizo bien colaborando y que pasos se hubieran seguido de no ser asi,es decir,de negarse podria haber echo tiempo para quitar las plantas,mientras se llega la orden judicial?
05/02/2012 02:32
Artículo 18.2 de nuestra Carta Magna:
El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en el sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

Si desde el exterior se ven las 20 plantas estamos ante un delito flagrante.

Artículo 368 C.P.
Los que ejecuten actos de cultivo, etc, etc. serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los tribunales podrán imponer la pena inferior en grado a las señaladas en atención a la escasa entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable.

Y ahora viene lo de...
-Es para consumo propio.
-¿20 plantas para consumo propio?
-Si es que yo fumo mucho y así tengo para un tiempo.
-Caballero pues tiene usted un problema, vamos a efectuar las diligencias pertinentes y que el Juez decida.
Esto se repite el 90% de las veces
05/02/2012 00:49
a ver, lo de la orde judicial/administrativa, ha sido un error, quise decir judicial kapitan, y la pregutna de crako lo de tener 22 plantas de marihuana a mi me importa tres narices lo que tenga, como si tienes 200 plantas, sin orden no pueden entrar, a no ser que el inquilino haya dado su consentimiento que es lo que ha pasado en este caso, lo de la marihuna igual es para infusiones, ¿que tiene que ver eso crako que entren sin la dichosa orden?.
04/02/2012 23:31
Y para manuoliva, especifica donde estaban las plantas, no es que sea esencial, pero una cosa es la terraza del inmueble, que lo mismo tienen acceso todos los vecinos, y otra la terraza de una vivienda o domicilio.
Un saludo.
04/02/2012 23:27
Luego dare alguna otra opinión, pero ahora me gustaria que Davidrr me contestase una cosa, el tener cultivadas 22 plantas de marihuana, para ti que es?
Gracias
04/02/2012 22:33
Hombre, si no tienes orden pero sí que te autoriza el titular, claro que puedes entrar, que es lo que he dicho en el anterior mensaje.

En cuanto a lo de declarar o no ante la policía, cada uno verá y valorará los pros y contras de hacerlo o no, sólo digo que si no se tiene nada que perder, no hacerlo puede acarrear pasar alguna noche entre rejas, ya sabemos que tenemos derecho a no declarar, incluso ante el juez, lo que normalmente no mejorará nuestra situación.

En cuanto a que la policía tergiversa, no diré que no, en ocasiones sucederá, aunque los jueces instructores en muchos casos dejan también mucho que desear, como los fiscales. No hay garantías jurídicas para nadie que no tenga una buena provisión económica y/o política. Como ejemplo, uno genérico, los hombres denunciados en virtud de la LIVG.
04/02/2012 21:25
y otra opinion mas

el no declarar ante los cuerpos policiales, es un derecho que nos asiste a todos, no es por tener algo que esconder, como mencionas, si no que a fin de cuentas el que va a decidir sobre la situacion juridica y personal de una persona va a ser el juez, nunca la policia, pues no tienen atribuciones para ello
04/02/2012 21:21
hola kapitan

sin orden judicial no se puede entrar a ningun domicilio ni a ninguna propiedad privada, otra cosa es el consentimiento que pueda dar el titular para que puedan hacerlo

por otra parte estoy de acuerdo que no declarar ante la policia te puede llevar a estar en el calabozo una noche, pero ... a veces es mejor declarar ante la autoridad judicial, puesto que no es la primera ni sera la ultima vez que la policia transgisversa la declaracion ademas a veces ejercen presiones amenazas y coacciones y es cierto, eso ya depende de cada uno

saludos

saludos
04/02/2012 21:04
Davidrr, "- Orden Judicial /Administrativa" qué quieres decir con ese "administrativa"?

Quino, declarar ante la policía, si no tienes nada que esconder, te puede evitar pasar alguna noche en el calabozo, por lo que yo sí recomiendo en estos casos declarar.

Y sin orden judicial sí se puede entrar, siempre con la autorización del propietario y un par de testigos.
04/02/2012 20:47
otra aclaracion mas

ellos no deciden sobre la situacion de nadie, el que decide en un caso concreto, es el juez,

consejo: nunca declaren ante la policia ni la guardia civil, haganlo siempre ante el juez

saludos
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07/02/2012 18:49
Eso es precisamente lo que comentaba yo más arriba, que por 20 plantas ni me molestaba.
07/02/2012 18:45
Tienes razon Kapitan, pero depende del partido judicial y cada juez, por la marihuana ya tedigo que está complicado. Te dicen que intentes la entrada voluntaria y si no cuela que pidas la entrada en el juzgado, pero actualmente no quieren esas entradas a no ser que sea una cantidad muy elevada.
07/02/2012 18:31
La cuestión es que si sabes antes de entrar que hay plantas de maría, es mejor pedir una autorización judicial. Como dije, si no levantas la liebre, no hay urgencia.
Si te la quieren dar estupendo y si no, pues tampoco pasa nada. No está la cosa (hace mucho ya) para querer llegar allí donde no quieren hacerlo quienes deben.
Si resulta que te han dejado entrar por otro asunto y te encuentras con el tema, lo mejor es solicitar la autorización y entre tanto quedarse custodiando la vivienda, local o lo que sea con el fin de que no nos distraigan lo que interesa. Con la autorización en el bolsillo o verbal si es preciso, se inicia el registro.
Es mi opinión, yo no me complicaría la vida que bastante achuchá está ya.
07/02/2012 18:29
Me parece que el tema se está desviando un poquito de lo que pedía Manuoliva. Si ha hecho bien dejando pasar a la policía... Pues seguramente no, porque no creo que el juez tenga en cuenta la buena intención de la persona al dejar entrar en la casa de forma voluntaria. Otra cosa es que finalmente no pase nada porque actualmente con la marihuana no hay demasiada mano dura, y 22 plantas un buen abogado puede conseguir que a su cliente no le pase nada, y ya lo he visto alguna vez.
Respecto de la policía no se si hay algún interés especial en atacarla por lo que leo por aquí, pero estoy seguro de que el 99 % de los policias y Guardias Civiles de España no entran a ningún domicilio sin autorización del propietario o sin orden judicial, que aquí parece que los culpables de todo son los policias, cuando es el dueño de la casa el que está cometiendo un delito de tráfico de drogas por el cultivo de 22 plantas de marihuana.
Respecto al flagrante delito y que esté justificada la entrada sin ninguna autorización no estoy de acuerdo. Hay muchas operaciones en marcha con intervenciones telefonicas en las que queda clarísimo que se está traficando con drogas, armas, cometiendo robos, etc, y sin embargo aun teniendo esto, la policia no entra nunca en la casa alegando flagrante delito. Se solicita mandamiento de entrada en el juzgado
07/02/2012 18:20
Hola, delito flagrante=se está cometiendo un delito.
20 plantas de marihuana es un acto de cultivo como establece el 368. Igual me equivoco, pero yo lo veo así. Saludos
07/02/2012 13:23
Hola

Sin orden judicial y sin indicios de ningun tipo , no tienen pòr que dejar entrar a nadie en cualquier domicilio particular o local, salvo expresaautorizacion del dueño y en presencia de 2 testigos, desde luego, si no se tiene nada que esconder, se puede dejar entrar sin problemas, y como vd dice sin hacer demasiado ruido, ahora bien, si las fuerzas policiales entran sin la debida orden judicial, y sin autorizaçcion expresa del titular, se estan metiendo en un buen lio, lo demás que comenta vd, ya es de pelicula, "LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES ESTAN PARA ALGO, Y NO SE PUEDEN VULNERAR DE NINGUNA DE LAS MANERAS," lleven uniforme o dejen de llevarlo, es mas el juez es el que decidira si facilitarles la orden o no, y no siempre se la facilita, y en cuanto a lkos abogados callados, eso habria que verlo, ya que los abogados estan para defender los derechos que asisten a todos y cada una de las personas, inclusive vd

nO ES LA PRIMERA NI LA ULTIMA VEZ QUE UN JUEZ LLAMA AKL DESPACHO A EL JEFE DE UN OPERATIVO POLICIAL POR ACTUACION INDEBIDA, CONSIDERANDO QUE NO SE HA ACTUADO COHERENTEMENTE Y ADEMAS VULNERANDO LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS

SALUDOS
05/02/2012 23:39
Mi consejo es que les dejes entrar voluntariamente y sin montar mucho escandalo. Que no le dejas pues nada se pide la orden y mientras tanto se asegura la zona. Presencia de patrullas para evitar que desaparezcan las plantas, se corta el agua para evitar que se desprenda las plantas por el vater,,,,,,,,,,,,,,,. Y me encargo de que todos los vecinos se enteren de que algo esta pasando por ahi. En cuanto al abogado pues se sentara en dependencias policiales con la boca cerrada intervieniendo solo al final de la declaracion.
05/02/2012 21:36
Se me olvidaba manuoliva. Una de las cosas por la que se autoriza la entrada a las fuerzas de seguridad del estado en estos casos, es precisamente por lo que tu mismo has comentado, para evitar que mientras se pide la orden, el susodicho de deshaga de la sustancia. Y no es delito flagrante por el olor hombre, es por el cultivo como bien te han puesto el articulo más arriba. De negarse a la entrada, bueno, ya depende de los que actuen, pero casi seguro que el inquilino de la vivienda, además de ser informado de un presunto delito contra la salud pública, lo sería por otro de resistencia y desobediencia.
Un saludo.
05/02/2012 21:28
Pues muy facil, Davidrr, eso es un delito flagrante y como tal, la Guardia Civil, al tener conocimiento de ello, tiene la obligación de actuar en consecuencia, y como es flagrante, no necesita autorización alguna. Vamos, que si no abre la puerta la echan abajo, sin más, y luego que le diga al Juez que es para su consumo, para infusiones o para hacerse pomadas, que puede ser. Para vuestro conocimiento, 20 plantas bien cultivadas sueltan hojas que para ser fumadas por una sola persona, mucho le tiene ésta que dar al porro. Y otra cosa, hay más casos en los que se puede entrar en un domicilio sin el consentimiento del titular.
Un saludo.
05/02/2012 10:48
En mi opinión, por 20 plantas de maría si no hay autorización judicial ni del titular del domicilio, no se entra. Si se tiene que mojar alguien que sea el juez, además, dónde está la urgencia?

05/02/2012 10:42
hola,gracias a todos por vuestras respuestas pero mi interes digamos es otro,el trastero esta en la terraza del edificio donde estan la de los demas vecinos,decir que desprendia olor y no se si por eso puede o no ser delito flagante,ademas lo que espongo antes es si hizo bien colaborando y que pasos se hubieran seguido de no ser asi,es decir,de negarse podria haber echo tiempo para quitar las plantas,mientras se llega la orden judicial?
05/02/2012 02:32
Artículo 18.2 de nuestra Carta Magna:
El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en el sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

Si desde el exterior se ven las 20 plantas estamos ante un delito flagrante.

Artículo 368 C.P.
Los que ejecuten actos de cultivo, etc, etc. serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los tribunales podrán imponer la pena inferior en grado a las señaladas en atención a la escasa entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable.

Y ahora viene lo de...
-Es para consumo propio.
-¿20 plantas para consumo propio?
-Si es que yo fumo mucho y así tengo para un tiempo.
-Caballero pues tiene usted un problema, vamos a efectuar las diligencias pertinentes y que el Juez decida.
Esto se repite el 90% de las veces
05/02/2012 00:49
a ver, lo de la orde judicial/administrativa, ha sido un error, quise decir judicial kapitan, y la pregutna de crako lo de tener 22 plantas de marihuana a mi me importa tres narices lo que tenga, como si tienes 200 plantas, sin orden no pueden entrar, a no ser que el inquilino haya dado su consentimiento que es lo que ha pasado en este caso, lo de la marihuna igual es para infusiones, ¿que tiene que ver eso crako que entren sin la dichosa orden?.
04/02/2012 23:31
Y para manuoliva, especifica donde estaban las plantas, no es que sea esencial, pero una cosa es la terraza del inmueble, que lo mismo tienen acceso todos los vecinos, y otra la terraza de una vivienda o domicilio.
Un saludo.
04/02/2012 23:27
Luego dare alguna otra opinión, pero ahora me gustaria que Davidrr me contestase una cosa, el tener cultivadas 22 plantas de marihuana, para ti que es?
Gracias
04/02/2012 22:33
Hombre, si no tienes orden pero sí que te autoriza el titular, claro que puedes entrar, que es lo que he dicho en el anterior mensaje.

En cuanto a lo de declarar o no ante la policía, cada uno verá y valorará los pros y contras de hacerlo o no, sólo digo que si no se tiene nada que perder, no hacerlo puede acarrear pasar alguna noche entre rejas, ya sabemos que tenemos derecho a no declarar, incluso ante el juez, lo que normalmente no mejorará nuestra situación.

En cuanto a que la policía tergiversa, no diré que no, en ocasiones sucederá, aunque los jueces instructores en muchos casos dejan también mucho que desear, como los fiscales. No hay garantías jurídicas para nadie que no tenga una buena provisión económica y/o política. Como ejemplo, uno genérico, los hombres denunciados en virtud de la LIVG.
04/02/2012 21:25
y otra opinion mas

el no declarar ante los cuerpos policiales, es un derecho que nos asiste a todos, no es por tener algo que esconder, como mencionas, si no que a fin de cuentas el que va a decidir sobre la situacion juridica y personal de una persona va a ser el juez, nunca la policia, pues no tienen atribuciones para ello
04/02/2012 21:21
hola kapitan

sin orden judicial no se puede entrar a ningun domicilio ni a ninguna propiedad privada, otra cosa es el consentimiento que pueda dar el titular para que puedan hacerlo

por otra parte estoy de acuerdo que no declarar ante la policia te puede llevar a estar en el calabozo una noche, pero ... a veces es mejor declarar ante la autoridad judicial, puesto que no es la primera ni sera la ultima vez que la policia transgisversa la declaracion ademas a veces ejercen presiones amenazas y coacciones y es cierto, eso ya depende de cada uno

saludos

saludos
04/02/2012 21:04
Davidrr, "- Orden Judicial /Administrativa" qué quieres decir con ese "administrativa"?

Quino, declarar ante la policía, si no tienes nada que esconder, te puede evitar pasar alguna noche en el calabozo, por lo que yo sí recomiendo en estos casos declarar.

Y sin orden judicial sí se puede entrar, siempre con la autorización del propietario y un par de testigos.
04/02/2012 20:47
otra aclaracion mas

ellos no deciden sobre la situacion de nadie, el que decide en un caso concreto, es el juez,

consejo: nunca declaren ante la policia ni la guardia civil, haganlo siempre ante el juez

saludos