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Registros de coeficientes en el registro de propiedad

54 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 54 comentarios
Registros de coeficientes en el registro de propiedad
03/06/2016 23:23
Hola, quisiera saber si es posible que los coeficientes de plazas de parquin de mi comunidad donde tengo una plaza pueden NO ESTAR registrados en el registro de la propiedad.
El caso es que el adminstrador de la comunidad tubo que ir al registro de la propiedad para pedir los coeficientes de todas las plazas y según este administrador dice que no hay registros de coeficientes , solo hay números de plazas, por lo que no puede calcular los gastos de comunidad de los parquins por coeficientes.
Yo no me lo creo que en el registro de propiedad no estén registrados los coeficientes cuando yo soy propietario de mi plaza de parquin y en mi escritura si pone el coeficiente de mi plaza.
Todo esto viene porque solicite a la comunidad en la reunión anual que se corrigiera los gastos de comunidad ya que en mi plaza al caber 2 coches pago por 2, cuando la ley dice que los gastos de comunidad se tienen que hacer por coeficientes si algún propietario lo solicitase como es mi caso que veo que estoy pagando mas de lo que me corresponde y otros propietarios de plazas parquin pagan por 1 aun que esas plazas son mas grandes que una plaza normal.
04/06/2016 09:47
Dirigase al Registro de la Propiedad y solicite una copia del "Título Constitutivo".

En ese documento tiene que venir reflejado todo.
04/06/2016 15:27
1jmm, gracias por la respuesta, espero que más opiniones de mas foreros.
04/06/2016 16:39
El 5 lph incluye los elementos esenciales del título constitutivo, entre los cuales figuran los coeficientes.

Deben de figurar en el registro.
04/06/2016 17:42
Con el Certificado Digital , se puede hacer cualquier operación en el Registro de la Propiedad. Con el ordenador, móvil.

¡Venga que es muy fácil!
04/06/2016 23:12
Gracias por las respuestas, pero lo que no entiendo porque este gestor de mi comunidad de parquin "dice" que en el registro de propiedad no hay datos de los coeficientes, los registros de coeficientes tendrían que estar si o si ¿no?,, o esa solicitando la copia de Título Constitutivo los datos de los coeficientes los tendría en mi mano en caso de que yo personalmente o mi abogado los pidiera en el registro de propiedad.
Este gestor de mi comunidad también dijo que se puede medir y calcular los coeficientes por un profesional y registrarlos en el registro de propiedad pero esto vale 500 euros.

Que opinan.

04/06/2016 23:21
Las razones que tenga su Administrador son una incógnita (excepto para él).

En el titulo constitutivo figuran los coeficientes de participación SI o SI.

Para cambiar los coeficientes que figuran en el registro se necesita UNANIMIDAD de la Junta por muchos profesionales que contrate; es decir, un propietario dice que no se cambian y no se cambiarán.
05/06/2016 12:12
Si en su escritura de compraventa, figura el coeficiente de su plaza de aparcamiento, también tiene que figurar en la escritura de división horizontal, que es de donde aquella proviene.
Pídala en el registro y restreguesela por la cara al administrador.
11/06/2016 20:46
Estos días he estado haciendo cosas para aclarar este asunto que en mi opinión creo que soy afectado.
1ª llame por teléfono a este administrador que es administrador de fincas y agencia inmobiliaria, me contesto su mujer diciéndome que el constructor para ahorrase dinero no registro los coeficientes en el registro de propiedad y por eso no se pueden calcular los gastos por coeficiente, yo le conteste que las diferencias que tenga con el constructor no es mi problema (se vee que se tienen manía) y lo único que quiero es que los gastos de la comunidad se hagan por coeficientes que es la ley. La respuesta fue que ya me llamaría por teléfono en cundo pudiera. Pues bien al día de hoy aun estoy esperando.
El 2º paso que di es que fui a hablar en persona con el constructor explicando esta incidencia, la respuesta del constructor fue que el dio al notario todos los datos para hacer las escrituras y que los registros de los coeficientes los registra el notario en el registro de la propiedad, aun así el constructor llamo por teléfono al notario para salir de dudas, el notario dijo que el hizo lo que tiene que hacer un notario que es añadir los registros de coeficientes en el R. de la propiedad.
En mi escritura pone lo suiente:

CUTOTA DE PARTICIPACION: Tiene un coeficiente en el conjunto de la edificación de 4.9% y una cuota de participación en los elementos comunes del edificio del que forman parte de 18.78.
INSCRIPCIÓN: En el registro de la propiedad de (mi ciudad) , al tomo (XXXX), libro (XXX) de (mi cuidad), folio (XXX), finca (XX.XXX), inscrpción 1ª.
En otras hojas mas adelante de la escritura pone: El uso y disfrute de la plaza de aparcamiento nº XX que tiene una superficie útil de 24.75 m y de todas las zonas comunes para su utilización. Ademas que en la escritura viene adjuntado el plano.

E 3º paso que di al día siguiente fue ir a ver en persona a este administrador de fincas pero desafortunadamente no había nadie, pero esta semana que viene pienso ir de nuevo hasta que lo encuentre para que me de una explicación del porque no gestiona los gastos de comunidad por coeficientes. Yo por mi parte ya he dado todos los pasos legales para esta solicitud, osea lo comunique al presidente de la comunidad, el presidente lo comunidad lo comunico al administrador, en la reunión anual de cambio de presidente también lo mencione y las pocas semanas el gestor envió a todos los propietarios en informe de lo que se hablo en la reunión anual del cual hay un apartado que dice que se hará un estudio de los gastos por coeficientes y se informara a los propietarios de como queda la cosa por coeficientes.

Dicho todo esto cuando pueda hablar en persona con este administrador, si no me aclara nada y todo sigue igual me veré forzado a ir a un abogado y que la ley haga justicia. Parece que este administrador este presionado por otros propietarios que no les interesa que los gastos de comunidad se hagan por coeficientes ya que sus plazas de parquin son mas grandes de lo que es una plaza normal. Desde hace muchos años yo estoy pagando por 2 porque tengo la suerte que mi plaza es de 24.75 metros cuadrados o casi el equivalente a 2 plazas de 12 m. en cambio hay plazas de parquin de 19 m , 16 m , 14 m, y muchas mas aunque también hay algunas muy básicas de 12 m, todo en una comunidad de 36 plazas de parquin.

Perdón si me he extendido demasiado en mi comentario pero para terminar como puedo saber la cuota de participación de la comunidad de parquin en la web de la Sede Electronica del Catastro: https://www1.sedecatastro.gob.es/OVCFrames.aspx?TIPO=consulta
He buscado la cuota de participación de los parquin y no se muestra en cambio si he podido sabes la cuota de participación de mi piso y de todos mis vecinos.

Gracias por la atención prestada y espero sus recomendaciones.
11/06/2016 22:09
Vamos a ver...

Está muy bien todas esas gestiones que ha realizado porque además le han servido para ver personalmente como funciona todo este embrollo, pero sea lo que sea lo que hizo el Notario y el Constructor lo que actualmente tiene validez es lo que diga el Título Constitutivo (Registro de la Propiedad).

En ese documento, entre otras cosas, tienen que venir especificadas TODAS las cuotas de participación de todas y cada una de las Unidades (pisos, locales, plazas de garaje, trasteros...).

Diríjase Vd., al Registro de la Propiedad a que corresponda su edificio y solicite una copia del Título Constitutivo.

Una vez tenga ese documento tendrá toda la información en sus manos.

Con esos datos diríjase a su Administrador y le dice: "lo quiero así porque lo dice aquí" y punto.

El Administrador tiene que hacerlo como dice el Título Constitutivo so pena de incurrir en responsabilidad.

Como ya se ha dicho con anterioridad, para variar esas cuotas (las que figuran en el título constitutivo) se necesitaría aprobarlo en Junta por UNANIMIDAD.

Del Catastro no se fíe en absoluto.
A mi me figura un piso de 130 m2 en Palma de Mayorca y no he estado en en Palma de Mayorca en mi vida.

Ahora claro...la AEAT me pretende cobrar por tener ese piso a disposición del titular y..ya les he dicho...

Si el piso es mio...como dicen... hagan el favor de darme las escrituras y las llaves que será que las he perdido. Jajaja.

No se fíe del Catastro.
12/06/2016 09:34
en tu escritura pone por alguna parte que el garaje es un ANEJO del piso.....si fuese así, tu coeficiente sería único y comprendería todos los elementos que conforman la propiedad....nos pasa a nosotros.....piso, trastero y garaje, todo el lote tiene coeficiente del X%....pues toda la propiedad consta de los tres elementos, por tanto solo tienes un coeficiente, no habrá coeficientes de plazas de garaje por ninguna parte porque forman parte de la vivienda por decirlo así.....

fíjate bien en tu escritura pues la escritura es el punto de partida.....y de mi consejo no necesitas, pero pasa del administrador...cuanta más información le des, más información tendrá para manipularla si esa es su intención......si su administrador tuviera intención de solucionar no te estaría esquivando.......

dinos si pone ANEJO en tu escritura, pues si es así, la cosa tiene 2ª parte......yo únicamente aporto esta alternativa porque es mi caso y estoy en la misma situación que tu.....no se me aplica mi coeficiente correspondiente, pero repito, el punto de partida es la escritura, y como han dicho otros foreros el TITULO CONSTITUTIVO....es decir, la Escritura de División Horizontal....ahí incluso puede que te vengan también los estatutos que es posible que también indiquen algo sobre gastos y como se deben pagar.....

suerte.....y evita administradores que no actuan de forma transparente, lo único que harán es liarla y darte dolor de cabeza........
12/06/2016 11:33
Los administradores...los hay como en todas las profesiones...buenos regulares, malos y peores.

Por mi experiencia son mucho mejores los administradores profesionalmente asociados que los colegiados porque los primeros tienen estudios específicos en la materia o no les dejan ingresar en la asociación. Sin embargo los colegiados de solo por tener un título (por ejemplo) de Auxiliar de montes ya les dejan ingresar en el colegio.

Que tengas un administrador bueno o malo...es cuestión de suerte...como en todas las profesiones...puedes dar con un abogado malo que, incluso llevando razón, te pierde el Juicio...puedes dar con un albañil malo que te hace una chapuza...

Creo que la cuestión principal es cómo se contrate, es decir, lo que acordéis en el contrato de mandato. Si no habeis acordado nada...se atendrá a lo que dice la LPH, pero si hacéis un contrato en condiciones, con derechos y obligaciones...tendrá que atenerse a lo contratado so pena de incurrir en incumplimiento de contrato y las consecuencias que ello conlleva.

En relación con lo que dice anaell, pues si. Su escritura le puede dar un indicio sobre el asunto (solo de su parte), pero si quiere tener una visión general (que entiendo que es indispensable para el análisis) tendrá que conseguir el Título constitutivo tal y como se ha dicho con anterioridad.
12/06/2016 12:03
Buenos días.
Las escrituras de mi piso y mi parquin son del año 1996, digo escrituras por tengo 2. El día que se hicieron me dijo el constructor o el notario (no recuerdo quien) que hay 2 escrituras porque si vendiera el panquin tendría que tener una escritura del piso , o viversa, pero son exactamente iguales.
He leído tooda la escritura haber si el garaje es ANEJO, y no he leído nada que ponga que el "garaje es anejo" pero hay un punto que dice lo siguiente mas adelante de la escritura:
SEXTA: Por lo que se refiere a la participación de finca enajenada, queda excluido el derecho de retracto en las transmisiones de las cuotas de comunidad.

Otro punto donde aparece la palabra ANEJO es donde pone la planta, piso, metros cuadrados, etc de mi piso, y hay un sitio que pone: Tiene como anejo inseparable uno de los trasteros del local sitio en la planta baja, señalado como el nº 4, de una superficie útil de 56 decímetros cuadrados.

Lo que si me acuerdo es que el día que el constructor me vendió el parquin y el piso me dio a elegir el parquin por lo que elegí el que yo quise, osea que no era tal piso corresponde a tal parquin.

En cuanto a la reputación de este administrador he oído decir que es es peor de mi cuidad (unos 50.000 habitantes) y que estuvo denunciado en otra comunidad por que cobraba mucho, como ya he mencionado el propio constructor no lo quiere ver ni en pintura ya que hace unos años en una reunión anual tuvieron una discusión muy fuerte delante de todos los asistentes. Yo no se quien ha puesto este administrado en mi comunidad, antes había otro administrador que que lo echaron no se porque. Personalmente nunca me ha dado buena espina este adminstrador ya que da la sensación que si tienes un problema no pone "todo" de su parte para solución.
Por mi parte si hubiera que cambiar de adminstrador que se cambiara por otro mas competente, pero esa decisión no tengo ni idea quien la toma en la comunidad, yo soy como un cero a la izquierda y de mientras pago el doble por una plaza mientras otras plazas casi tan grandes como la mía pagan por uno, y ahí mi indignación.
12/06/2016 12:24
por lo que entiendo de lo que has escrito (salvo mejor opinión de un entendido), es que tu plaza de garaje es independiente del piso y el trastero no.....

dicho de otro modo, y pongo como ejemplo mi caso particular....nuestra vivienda tiene ANEJO el trastero y la plaza del garaje, siendo así, yo no podría vender ni el trastero ni la plaza sin modificar la escritura, y por tanto la escritura también de División Horizontal, ya que si vendo la plaza solo, tendría que variar los coeficientes y eso requiere variar mi escritura y la D.Horizontal....dicho sea de paso, mi plaza estaba asignada al piso, no me dieron a elegir, ni tampoco el trastero (el suministro eléctrico del trastero- que está físicamente ubicado en el garaje - está conectada al suministro eléctrico de la vivienda)

en tu caso veo que tu plaza es independiente, por tanto tendrá su coeficiente y recibo de IBI aparte....de esta forma, contribuyes a los gastos de la parte de viviendas en un X% y a los gastos de garaje en un Y%......si tienes dos escrituras, dos recibos de IBI, entonces perteneces a dos comunidades, y por supuesto, ambos coeficientes tienen que estar registrados si o si........

salu2
12/06/2016 13:14
No se complique mas la vida...
La forma de obtener toda la información es la que le dije con anterioridad.

Le remito a este artículo para cambio tanto de Presidente como de administrador.

http://serinin.org/index.php/118-blog-publico/147-destituir-al-presidente
15/06/2016 00:09
Hola, aquí estoy de nuevo para pedirles una vez mas sus opiniones.
Ayer hable con el administrador para pedir una explicación sobre el tema ya comentado, y me dijo que hoy a las 6 pasase por la oficina de este "admistrador".
Entiendo sus recomendaciones que no me complicara la vida y que fuese al R. de Propiedad para que me entreguen una copia del Título Constitutivo, desafortunadamente mi situación laboral al día de hoy no es la mejor por lo que no me puedo permitir el lujo de derrochar dinero en el Título Constitutivo a no ser que sea muy necesario.
Hoy a las 18:00 fui haber que dice este "adminstrador" con mis escrituras, pues bueno después de ver que tiene el coeficiente y la participación en una superficie planta sótano destinada a aparcamientos me responde el "adminstrador" yo tengo una participación que pertenece al total de la superficie del parking y que hay que hacer un calculo de todos los propietarios para ver cual es el coeficiente de cada uno a pesar de que ha visto incluso mi coeficiente (pues la verdad que ya no entiendo nada de este individuo que dice ser "admnistrador").
Total , dice que ha hablado con sus amiguetes de la comunidad o "presidentes" de las 3 escaleras pertenecientes a este parking comentándoles que el total de gastos para calcular los coeficientes cuesta unos 500 Euros, por lo que estos propietarios o no se con quien habla, han acordado por unanimidad que es muy caro y que no se harán los cálculos de coeficientes.
El "adminstador" dice que el solo hará lo que le dice estas personas de la comuidad y por mucho que yo diga que la ley dice que se hacen por coeficientes a mi no va ha hacer caso.
Pues dicho esto, yo hasta aquí he llegado, pidiendo las responsabilidades tanto del "adminstrador" como de los que tomen decisiones en la comunidad de forma ilegal.
Ya esta misma tarde fui directamente del "admisntrador" a mi abogado. Mi abogado ya tiene los primeros datos con el aporte de mis escrituras, teléfono de este "adminstrador" y lo que haga falta si me lo pide. Me imagino que se pondrá en contacto con quien haga falta para halar por las buenas y si eso no es posible por mi que tramite la demanda judicial.
Yo tengo la conciencia tranquila y creo que tengo razón e este asunto, mi abogado ha visto los datos de escritura diciéndome que esta todo correcto, también me comunico mi abogado que los gastos comunitarios se hace por coeficientes por ley y no como intenta este "adminstrador" que se sigan haciendo a mi modo de ver ilegalmente.

Ahora solo me queda esperar haber que hará mi abogado.

Una vez mas les agradecería sus opiniones.
15/06/2016 07:41
500 euros para qué???? no hay nada que calcular, ya están calculados y por eso figura en las escrituras.....el administrador no tiene nada que inventarse......de verdad que flipo!....

bueno...tu tranquilo......ya está todo en manos de tu abogado, no te rompas más la cabeza con quien solo tiene ganas de complicarse....seguramente el abogado con una llamada o un escrito ya pone todo en su sitio....no te creas que vas a tener que ir a juicio......evidentemente tb depende del abogado, algunos son muy suaves en las formas y otros simplemente no toleran tonterías y así de contundente lo expresan en sus escritos.....no creo que en este caso haya que pasar por los juzgados.......les llamará, o les enviará un escrito instandoles a hacer bien los cálculos o de lo contrario ante el de toga....y oye....suele funcionar....sobre todo cuando los que reciben la carta saben perfectamente que lo están haciendo mal......a mi me chista la manera que tiene parte de la sociedad en insistir a sabiendas de que están haciendo las cosas mal...solo por obligarte a actuar y a ver a donde llegas....es de locos....

venga suerte
15/06/2016 17:47
Un cuento chino lo que cuenta el Administrador.

La realidad de las cosas es que tal y como se narra en los artículos a los que le dirigí con anterioridad, al Administrador (también al presidente y a cualquier organo de la Junta de Gobierno) se le puede remover de su cargo "solo con que haya perdido la confianza de la Junta"; sin más explicaciones.

Lo que viene ocurriendo es que los Administradores hacen lo que quiere la mayoría por temor a ser removidos de su cargo.

A mi eso me parece "el chocolate del loro" porque impedir que te remuevan de tu cargo a cambio de que puedan procesarte (investigarte se dice ahora) no me parece un buen negocio...

También juegan con la Ley de probabilidad en el sentido de que no es normal que "un solo propietario" se meta en pleitos.
15/06/2016 19:59
Acabo de hablar con mi abogado que ya hablo con el administrador y este me da la sensación que en algo me esta dando la razón supongo que sera que en mi escritura consta mi coeficiente claramente (faltaría mas).
El administrador le ha dicho a mi abogado que el no puede decidir en la comunidad que se hagan los pagos por coeficientes por dice que el es un mandado y hace lo que dice la comunidad (entiendo que este acojonado para que no le echen, je,,je,,je,, pero bueno eso no es mi problema).
Lo que me ha pedido mi abogado es que hable con el presidente de la comunidad para que convoque una reunión comunitaria para hablar de este asunto, y si todo el mundo en la reunión esta de acuerdo que se hagan por coeficientes pues asunto cerrado esto se comunica al admisntrador y el hará los pagos por coeficientes, en cambio si en la reunión hay propietarios que NO quieren que se haga por coeficientes por que les VA bien como esta ahora o por que NO quieren pagar esos gastos adicionales de unos 130 euros para pedir los coeficientes en el registro de la propiedad, pues entonces ya mi abogado ya dará el paso de tramitar la demanda en los jugados y lo que ley diga eso seria en ese caso.
¿ la ley puede obligar a pagar a la comunidad estos gastos de pedir coeficientes en el R. Propiedad que no quieren pagar algunos propietarios , aunque la ley dictamine que la gestión comunitaria legalmente son por coeficientes ?.

Como ya he mencionado el nuevo o recién presidente de la comunidad ya esta informado por mi parte, me ha dicho que si que hablara con el adminstrador para lo que haga falta y también pondrá los comunicados o folios en el parkin para que los propietarios se enteren del día de la reunión que sera mas o menos después de San Juan.
Mi abogado ha dicho que mejor sea con tiempo para que los propietarios tengan tiempo de enterarse del día de la reunión. Ademas también me comunico que unos días antes pase por su despacho para asesorarme de que es lo que tengo que decir en la reunión sin ponerme nervioso y sin faltar el respeto a nadie.
16/06/2016 08:27
me alegro mucho que hayas encontrado un abogado que se mueva y te animo a que sigas sus consejos al pie de la letra.....por lo de pronto, ya ves que tienes resultados

El sistema de reparto de gastos viene fijado por Ley que sea por coeficiente (digamos por denominarlo - por defecto - además suele venir así reflejado en los estatutos - que a su vez figuran en el Título Constitutivo en algunos casos, por eso se te recomendaba conseguirlos), pero a la vez permite que si la propia Comunidad estima que les es más beneficioso otro sistema, y dado que ese "otro sistema" iría en contra de los estatutos, pueden aplicarlo siempre y cuando se acuerde debidamente y por UNANIMIDAD.

Por ello, lo primero que hay que saber es qué indican los Estatutos, y segundo si ha habido un acuerdo legítimo de cambio de reparto. Si no existe este acuerdo y se reparten los gastos de forma distinta de lo previsto por Ley, un solo propietario puede exigir que se vuelva al sistema legal, se pide sea tratado en reunión (así ha hecho tu abogado) y se puede acordar por MAYORÍA SIMPLE (mitad más uno de votos y A SU VEZ más del 50% de cuotas de los presentes) el reparto por coeficientes - es decir, sin necesidad de UNANIMIDAD.
Si la Comunidad no quiere el sistema legal (posiblemente porque hay propietarios beneficiados del sistema de reparto a partes iguales), entonces a solucionarlo en el juzgado, que en esencia es lo que ha indicado tu abogado.

Yo que tu, y ya que estás en manos de un profesional, en la reunión además diría lo menos posible (a veces es una autentica pérdida de tiempo y salud intentar razonar con quien no QUIERE ver una opción distinta a la suya).....vota en contra si los demás siguen empecinados en reparto a partes iguales, o salva el voto indicando que salvas el voto en virtud de una posible futura impugnación del acuerdo - y que conste en acta - y no intentes convencer a nadie
Si votan a favor del reparto por coeficientes.....enhorabuena, asunto arreglado

mucha suerte