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"regulación" de licencias

1 Comentarios
 
05/06/2012 20:43
Yo creo que se han puesto muy rígidos. El primer punto es el único que yo veo cierto sin dudas. Si el martes por la tarde ya no está ingresado, ya no ha lugar a permiso.
Los otros pueden llegar a ser discutibles.
Ya se lo podéis agradecer a todos esos compañeros que se han pedido días de "fiesta" porque al hermano le han quitado un padrastro o porque su cuñada ha dado a luz fuera de la provincia.
"regulación" de licencias
05/06/2012 07:17
Buenos días. Soy una trabajadora de una empresa del sector farmacéutico. Últimamente mi empresa esta “regulando” las licencias para “evitar abusos”. En dicha regulación hay varios puntos con los que no estoy deacuerdo y me gustaría me aclarasen:

LICENCIAS POR HOSPITALIZACIÓN (Según nuestro pacto):

“En caso de enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, debidamente justificada, de parientes de hasta segundo grado de consanguinidad/afinidad (padres, padres políticos, abuelos, abuelos políticos, hijos, hijos políticos, nietos, nietos políticos, hermanos y hermanos políticos): 2 días naturales,

A efectos del disfrute de la licencia por hospitalización se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

– Esta licencia podrá ser disfrutada posteriormente al inicio del hecho causante, pero siempre y cuando en ese momento persista la hospitalización, pudiéndose disfrutar, a elección del/de la trabajador/a, en días sucesivos o no, siempre que medie el suficiente preaviso.

– Solamente se entenderá por hospitalización la estancia en el centro hospitalario, por 24 horas o más.

Basándose en este párrafo la empresa nos dice que los dos días de licencia son mientras persista la hospitalización. Yo entiendo que el primer punto que es donde se indica “persista la hospitalización” lo que regula es el derecho a disfrutar de la licencia en días alternos, evitando que te cojas estos una vez finalizada la hospitalización, no?
Ejemplo: Ingresan a mi hermano el domingo y le dan el alta el martes mañana. Yo trabajo de tarde. La empresa dice que sólo me corresponde el lunes. ¿Es cierto?

Otra cuestión es: la empresa me exige un justificante de hospitalización por cada día de licencia. Si yo disfrutase Lunes y Martes no puedo presentar un justificante que indique que fulanito ingresó el domingo y a fecha de martes continua ingresado.... Es decir tendría que presentar un justificante del lunes y otro del martes.... ¿Me pueden exigir dos justificantes?

Y la última: Nos dan la licencia cuando ocurre el “hecho causante” (con día y HORA). Es decir si mi familiar ingresa a las 8 de la mañana yo no tengo licencia hasta las 8 de la mañana. (una madre que van a operar a su hijo y ella trabaja hasta las 8? Y su hijo como va al hospital? Tiene que buscar a alguien para que le lleve..?) no es lógico, pero la cuestión es si pueden regularlo así

Gracias.
Un saludo
"regulación" de licencias | PorticoLegal
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05/06/2012 20:43
Yo creo que se han puesto muy rígidos. El primer punto es el único que yo veo cierto sin dudas. Si el martes por la tarde ya no está ingresado, ya no ha lugar a permiso.
Los otros pueden llegar a ser discutibles.
Ya se lo podéis agradecer a todos esos compañeros que se han pedido días de "fiesta" porque al hermano le han quitado un padrastro o porque su cuñada ha dado a luz fuera de la provincia.
"regulación" de licencias
05/06/2012 07:17
Buenos días. Soy una trabajadora de una empresa del sector farmacéutico. Últimamente mi empresa esta “regulando” las licencias para “evitar abusos”. En dicha regulación hay varios puntos con los que no estoy deacuerdo y me gustaría me aclarasen:

LICENCIAS POR HOSPITALIZACIÓN (Según nuestro pacto):

“En caso de enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, debidamente justificada, de parientes de hasta segundo grado de consanguinidad/afinidad (padres, padres políticos, abuelos, abuelos políticos, hijos, hijos políticos, nietos, nietos políticos, hermanos y hermanos políticos): 2 días naturales,

A efectos del disfrute de la licencia por hospitalización se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

– Esta licencia podrá ser disfrutada posteriormente al inicio del hecho causante, pero siempre y cuando en ese momento persista la hospitalización, pudiéndose disfrutar, a elección del/de la trabajador/a, en días sucesivos o no, siempre que medie el suficiente preaviso.

– Solamente se entenderá por hospitalización la estancia en el centro hospitalario, por 24 horas o más.

Basándose en este párrafo la empresa nos dice que los dos días de licencia son mientras persista la hospitalización. Yo entiendo que el primer punto que es donde se indica “persista la hospitalización” lo que regula es el derecho a disfrutar de la licencia en días alternos, evitando que te cojas estos una vez finalizada la hospitalización, no?
Ejemplo: Ingresan a mi hermano el domingo y le dan el alta el martes mañana. Yo trabajo de tarde. La empresa dice que sólo me corresponde el lunes. ¿Es cierto?

Otra cuestión es: la empresa me exige un justificante de hospitalización por cada día de licencia. Si yo disfrutase Lunes y Martes no puedo presentar un justificante que indique que fulanito ingresó el domingo y a fecha de martes continua ingresado.... Es decir tendría que presentar un justificante del lunes y otro del martes.... ¿Me pueden exigir dos justificantes?

Y la última: Nos dan la licencia cuando ocurre el “hecho causante” (con día y HORA). Es decir si mi familiar ingresa a las 8 de la mañana yo no tengo licencia hasta las 8 de la mañana. (una madre que van a operar a su hijo y ella trabaja hasta las 8? Y su hijo como va al hospital? Tiene que buscar a alguien para que le lleve..?) no es lógico, pero la cuestión es si pueden regularlo así

Gracias.
Un saludo