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Renovación junta antes del rd 26/2020

9 Comentarios
 
Renovación junta antes del rd 26/2020
01/11/2020 15:04
Buenos días a todos. Pregunta rápida. Sabemos que las juntas de propietarios han sido suspendidas, como pone el RD 26/2020 del pasado mes de junio, hasta abril de 2021.
La pregunta es: se pudo haber renovado "automáticamente" y por haber coincidido en pleno estado de alerta (abril del 2020) la actual junta de propietarios, si no hubo ninguna reunión, ni comunicación, ni por parte del presidente ni por parte del administrador?
Agradecida por vuestras respuestas.Saludos cordiales
01/11/2020 16:07
NO, no se ha renovado por un año más, continuaran en sus puestos hasta nueva junta
01/11/2020 16:11
jalisco
Pero se tenía que haber comunicado, no es cierto? Si no presencial, telemàtica, por correo electrónico o postal, tengo entendido.
01/11/2020 19:18
maby63
El RD que mencionas es normativa de la Generalitat catalana por lo que no es directamente aplicable a otros ámbitos territoriales. No obstante, a falta de normativa estatal, puede aplicarse por analogía si así se considera conveniente.
Una práctica que están aplicando muchas comunidades, ante la imposibilidad de celebrar juntas, es nombrar los nuevos cargos que corresponda si el turno es rotatorio y remitir las cuentas con prórroga del presupuesto, dándolas por aprobadas provisionalmente hasta que la junta lo pueda ratificar. Todo esto debe comunicarse mediante escrito del presidente y secretario.
01/11/2020 19:25
Juan S
Muchas gracias. Sí, estoy en Cataluña. El tema es que no sé comunicó a todos, sólo a unos pocos. No sé, en este caso concreto, si se puede revocar. No se hizo presencial (estábamos confinados toda España), ni telemática, ni por correo (salvo, como dije, a unos pocos). Me gustaría saber si la puedo revocar. Muchas gracias por su atención.
01/11/2020 20:50
maby63
En ese caso es de aplicación directa la normativa catalana. Por tanto, el presupuesto se considera prorrogado así como los cargos, hasta que se pueda celebrar la junta en la cual se aprobarán las cuentas.
01/11/2020 21:24
maby63
Que es lo que no se comunico a todos, que no se pueden realizar juntas o que la junta de gobierno sigue en sus cargos?
01/11/2020 22:39
jalisco
Que siguen en sus cargos y siguen los presupuestos del año anterior. Como digo, el RD salió en junio, y la junta debía celebrarse en abril, en pleno estado de alerta. No se hizo por vía telemática, ni por correo electrónico ni ordinario. Es legal, entonces, que ahora diga que se renovó por el RD????
02/11/2020 10:55
maby63
Según el RD es todo lo contrario, los cargos no se renuevan hasta que se celebre la próxima junta. No hay renovación automática, sino prórroga automática. Así hay que hacérselo saber al presidente y al administrador.
Se pueden hacer votaciones por correo para lo que sea necesario, pero no para renovar cargos.
02/11/2020 17:06
Muchas gracias! Lo tendremos en cuenta, para cuando se puedan celebrar juntas de propietarios entonces. Saludos!
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Renovación junta antes del rd 26/2020
01/11/2020 15:04
Buenos días a todos. Pregunta rápida. Sabemos que las juntas de propietarios han sido suspendidas, como pone el RD 26/2020 del pasado mes de junio, hasta abril de 2021.
La pregunta es: se pudo haber renovado "automáticamente" y por haber coincidido en pleno estado de alerta (abril del 2020) la actual junta de propietarios, si no hubo ninguna reunión, ni comunicación, ni por parte del presidente ni por parte del administrador?
Agradecida por vuestras respuestas.Saludos cordiales
01/11/2020 16:07
NO, no se ha renovado por un año más, continuaran en sus puestos hasta nueva junta
01/11/2020 16:11
jalisco
Pero se tenía que haber comunicado, no es cierto? Si no presencial, telemàtica, por correo electrónico o postal, tengo entendido.
01/11/2020 19:18
maby63
El RD que mencionas es normativa de la Generalitat catalana por lo que no es directamente aplicable a otros ámbitos territoriales. No obstante, a falta de normativa estatal, puede aplicarse por analogía si así se considera conveniente.
Una práctica que están aplicando muchas comunidades, ante la imposibilidad de celebrar juntas, es nombrar los nuevos cargos que corresponda si el turno es rotatorio y remitir las cuentas con prórroga del presupuesto, dándolas por aprobadas provisionalmente hasta que la junta lo pueda ratificar. Todo esto debe comunicarse mediante escrito del presidente y secretario.
01/11/2020 19:25
Juan S
Muchas gracias. Sí, estoy en Cataluña. El tema es que no sé comunicó a todos, sólo a unos pocos. No sé, en este caso concreto, si se puede revocar. No se hizo presencial (estábamos confinados toda España), ni telemática, ni por correo (salvo, como dije, a unos pocos). Me gustaría saber si la puedo revocar. Muchas gracias por su atención.
01/11/2020 20:50
maby63
En ese caso es de aplicación directa la normativa catalana. Por tanto, el presupuesto se considera prorrogado así como los cargos, hasta que se pueda celebrar la junta en la cual se aprobarán las cuentas.
01/11/2020 21:24
maby63
Que es lo que no se comunico a todos, que no se pueden realizar juntas o que la junta de gobierno sigue en sus cargos?
01/11/2020 22:39
jalisco
Que siguen en sus cargos y siguen los presupuestos del año anterior. Como digo, el RD salió en junio, y la junta debía celebrarse en abril, en pleno estado de alerta. No se hizo por vía telemática, ni por correo electrónico ni ordinario. Es legal, entonces, que ahora diga que se renovó por el RD????
02/11/2020 10:55
maby63
Según el RD es todo lo contrario, los cargos no se renuevan hasta que se celebre la próxima junta. No hay renovación automática, sino prórroga automática. Así hay que hacérselo saber al presidente y al administrador.
Se pueden hacer votaciones por correo para lo que sea necesario, pero no para renovar cargos.
02/11/2020 17:06
Muchas gracias! Lo tendremos en cuenta, para cuando se puedan celebrar juntas de propietarios entonces. Saludos!