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Renovación Reagrupación.

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Renovación reagrupación.
11/05/2013 20:39
Hola, escribo, porque tengo dudas respecto de los medios económicos exigidos al reagrupante en caso de renovación.
La ley dice más o menos esto: "Que cuente con empleo y/o recursos económicos suficientes para atender las necesidades de la familia, incluyendo la asistencia sanitaria de no estar cubierta por la Seguridad Social, en una cantidad que represente mensualmente el 100% del IPREM.
A dichos efectos serán computables los ingresos provenientes del sistema de asistencia social y resultará de aplicación lo previsto en el artículo 54.3 de este Reglamento".
También he visto que el cónyuge puede solicitar la reagrupación.
Mi pregunta es... en el caso de que no se cumplan los medios económicos... merece la pena recurrir? Es una ponderación de medios económicos que realizan, o van a raja tabla? No sé si merece la pena ir al contencioso y lucharlo... saludos y gracias