Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿renovar tarjeta o esperar dni?

1 Comentarios
 
¿renovar tarjeta o esperar dni?
29/03/2011 13:37
Hola hace algunos meses espuso mi tema aqui ya que como les conte anteriormente , me habian retirado el carnet por via penal , luego me habian concedido la nacionalidad pero todavia no hecho la jura creo lo haga en abril proximo pero mi tarjeta se caduca a finales de mayo proximo tengo todos los requisitos adjuntados para solicitar la renovacion pero mi duda es que si lo presento me lo pueden denegar y ponerme trabas el dia que vaya hacerme el dni y vean que tenia denegada la renovacion mi tarjeta es comunitaria por mi mujer yo soy venezolano , tambien decirles que la multa la pague en su dia y el carnet me lo han entregado ya cumpli todo hasta los dias a la comunidad .
Ahora mi idea es retrazar lo mas la renovacion a ver si tengo suerte y me dan las actas para hacerme el dni asi no jugarmela ha que me la denieguen pero para eso pido su valoracion tambien decir que algunos casos hay de conyuge de español que estan denegando la renovacion por tener antecedentes penales eso es mi intranquilidad gracias por su tiempo un saludo.
29/03/2011 14:29
Hola. Si le han concedido la nacionalidad y tiene cita para la jura en abril, acuda a jurar y pida expresamente que su inscripción de realice en el Registro Civil del lugar y no en el Cenral.

Con todo, la inscripción demora en hacerse y en serle enviada a su domicilio la certificación literal de la adquisición de la nacionalidad, para que pueda obtener el DNI.

Una vez concedida la nacionalidad, hecha la jura y practicada la inscripción, usted habrá adquirido la nacionalidad española y dejará de ser considerado extranjero, por lo que la normativa de Extranjería, tanto comunitaria, como extracomunitaria, ya no lo afectará.

Si usted solicita la renovación, debe hacerlo durante el mes anterior a la caducidad de su actual tarjeta o dentro de los tres meses siguientes, aunque en este último caso, correrá riesgo de que le abran el expediente sancionador para imponerle una multa por el retraso. Pero aunque no lo haga en esos tres meses posteriores, no quita eso que se deje de ver beneficiado por el régimen comunitario y podrá solicitarla posteriormente a esa plazo, aunque la multa se incrementará mientras más se demore.

A manera de sugerencia, le diría que, una vez que jure, pregunte el tiempo estimado en que le llegará a su domicilio la certificación literal de la inscripción en el Registro Civil español. Hasta tanto, vaya pidiendo cita previa por Internet en la Comisaría de Policía para la expedición de DNI (es lo que están recomendando actualmente, para que las personas ganen tiempo, aparece en la propia página web de la Policía esta recomendación), de manera que cuando le llegue el certificado, usted ya tenga cita previa asignada y pueda concurrir a hacerse expedir la tarjeta. Hasta tanto, puede presentar su solicitud de renovación de tarjeta, bien en el mes antes de que caduque o bien dentro de los 3 meses posteriores, junto con copia de la resolución de concesión de nacionalidad española, más el resguardo que le den cuando jure o documentos que acrediten la jura y la asignación de cita en la Policía para la expedición del DNI.

Si se tiene antecedentes penales, debe hacerse alegaciones solicitando que se tenga en cuenta el caso concreto y las circunstancias, haciendo valer el hecho de que su cónyuge es española, más la concesión de la nacionalidad.

Un cordial saludo.