Tengo un asunto de liquidación de herencia ya en curso en la que soy letrada y parte heredera y no estoy muy puesta en esta materia. La cuestión es que mi padre legó a su segunda esposa el usufructo de toda la herencia o, a su libre elección, el tercio de libre disposición. Iniciado el procedimiento, recibo una llamada de esta segunda esposa comunicándome que ella no quiere nada y que es su deseo RENUNCIAR a la herencia. MI pregunta es: para renunciar en sede judicial ha de personarse primero con abogado y procurador o basta una simple comparecencia en el Juzgado? o me voy directamente a un Notario y después presento yo como parte demandante el documento notarial de renuncia a través de mi procurador?? Gracias.