Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Reparto de dinero de cooperativa

1 Comentarios
 
Reparto de dinero de cooperativa
12/02/2018 16:02
Hola buenas, en mi cooperativa de la cual soy socio, anualmente aparte de repartir los beneficios,
se reparte otro dinero a los socios que no tienen opción de ganar incentivos con su trabajo
(los incentivos estan en los puestos donde fisicamente acabas mal (hernias discales, etc).
Es esto legal? considero que como socio se esta repartiendo mi dinero a otros socios, con la consiguiente bajada de los beneficios anuales.
Es esto legal?
Gracias!!!!
12/02/2018 16:39
Canel
El retorno cooperativo , es decir los beneficios que se reparten entre los socios, deberá acreditarse en proporción a las actividades cooperativizadas realizadas por cada uno. La forma de hacer efectivo el retorno cooperativo acreditado a cada socio viene recogida en los Estatutos, o si, en su defecto, fuese la Asamblea General la encargada establecer la forma, esta se deberá decidir en por más de la mitad de los votos válidamente expresados.
Reparto de dinero de cooperativa | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Reparto de dinero de cooperativa

1 Comentarios
 
Reparto de dinero de cooperativa
12/02/2018 16:02
Hola buenas, en mi cooperativa de la cual soy socio, anualmente aparte de repartir los beneficios,
se reparte otro dinero a los socios que no tienen opción de ganar incentivos con su trabajo
(los incentivos estan en los puestos donde fisicamente acabas mal (hernias discales, etc).
Es esto legal? considero que como socio se esta repartiendo mi dinero a otros socios, con la consiguiente bajada de los beneficios anuales.
Es esto legal?
Gracias!!!!
12/02/2018 16:39
Canel
El retorno cooperativo , es decir los beneficios que se reparten entre los socios, deberá acreditarse en proporción a las actividades cooperativizadas realizadas por cada uno. La forma de hacer efectivo el retorno cooperativo acreditado a cada socio viene recogida en los Estatutos, o si, en su defecto, fuese la Asamblea General la encargada establecer la forma, esta se deberá decidir en por más de la mitad de los votos válidamente expresados.