Soy propietario de un bajo comercial, 18% de cuota de Comunidad, exento por estatutos de pagar portal, portero, escaleras y ascensor, por no usarlos. Aun así mi cuota es superior a 10 viviendas.
Hace dos años se instalaron antenas en la terraza del edificio que proporcionan unos ingresos tan importantes que si el 18% de los mismos me es atribuido, a efectos fiscales, en lugar de pagar cada mes deberían pagarme a mi , a lo que se niegan.
Ruego que algún experto o que se encuentre en similares condiciones me aclare el tema. Gracias. Lorenzo
Cual es su coeficiente de participación en la comunidad?
Los gastos y los beneficios van en función al coeficiente, si usted tiene un 18% de coeficiente en los gastos, también los tiene en los beneficios, que se deben repartir en base a ese porcentaje.