Alguien podria ayudarme en la siguiente consulta, por favor ?
Tenemos una vivienda en propiedad y otra alquilada. Viviamos en la alquilada y la otra la usabamos ocasionalmente sobre todo en verano. Al divorciarnos ella se ha ido a la vivienda secundaria y yo me he quedado en la alquilada.
Esta vivienda alquilada conlleva la adjudicacion de una plaza de residente con derecho de uso por 50 años.
Mi pregunta es: Cuando se realice la liquidacion de gananciales, evidentemente esta plaza se me adjudicara a mi pues la adjudicacion esta plenamente vinculada con la residencia en el lugar que vivo. ¿ Tengo yo que pagar a mi ex la mitad de lo que vale esa plaza o mejor dicho el derecho de uso de esa plaza de aparcamiento para residentes que en realidad es propiedad del ayuntamiento ?