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Requisitos subsidio 52 años.

12 Comentarios
 
Requisitos subsidio 52 años.
19/11/2019 16:23
Vamos a ver. Un discapacitado percibirá su tercera RAI mientras que cumple los 52 años. Está pagando un convenio especial de la seguriidad social para llegar a los 15 años de cotizaciones, que tambien cumplirá ese requisito mientras cobra su tercera RAI. En su día, hace algunos años, cobró el paro pero no echó los papeles del subsidio. No obstante, desde que no tiene trabajo y desde que cobró el paro JAMÁS se le ha olvidado sellar el paro. Mi duda es si cumple los requisitos para tener acceso al subsidio de 52 años en lo que respecta a tener una vía de acceso. Por un lado, cobró hace años el paro pero luego no echó los papeles del subsidio (aunque de eso han pasado mas de 6 años) y, de otro, desde su último trabajo siempre ha sellado el paro y lo sigue haciendo.
Mi particular opinión es que cumple los requisitos. Espero me resolvais est duda
21/11/2019 20:08
ralph21
Hola Si ahora ya alcanzado los 15 años de cotización de los cuales por lo menos 6 años han sido cotizaciones que cubran las prestaciones por desempleo, tiene derecho al subsidio de mayores de 52 años. Yo ya pediría el subsidio ahora aunque esté cobrando el RAI pues con el subsidio cotiza para la jubilación en la cuantía de 1312 euros mensuales.
Saludos
21/11/2019 20:12
Expertolaboral
Buenas tardes Expertolaboral
Te iba a comentar otra vez lo del subsidio para mayores de 52 años cobrando ya una IPT, por si había laguna novedad sobre lo de que los años cotizados tenidos en cuenta para la IPT no valían para el subsidio.
Imagino que a la oficina del SEPE no tendré que ir hasta que me manden por correo la resolución....
Saludos.
21/11/2019 20:14
Juande15
Hola. Sobre la posible compatibilidad del subsidio de mayores de 52 años y la IP Total no tengo ninguna noticia.
Saludos
21/11/2019 20:20
Expertolaboral
Dentro de no mucho lo sabré, postearé por aquí lo que me digan, pero por mas que leo y leo y leo, debería de ser compatible, ya que mi pensión es compatible con el trabajo y ese trabajo es el que da derecho al subsidio y que mi pensión no llega al 75% del SMI y la segunda que me han concedido es sin efectos económicos.
Lo mismo estoy equivocado, pero bueno, me agarro a un clavo ardiendo.

Saludos.
22/11/2019 02:14
Juande15
No paro de darle vueltas.....
He comprobado los años que han utilizado para las cotizaciones de mi pensión.
Incluso excluyendo esos años de las cotizaciones necesarias para la aprobación del subsidio cumplo los requisitos, 15 años cotizados, 6 mínimo en el régimen general y dos de ellos en los últimos 15.
26/11/2019 02:13
ralph21
Estuve 5 meses trabajando con un contrato de 9 horas semanales, distribuidas en 3 horas lunes, 3 miercoles y 3 viernes.
A la hora de dias cotizados para el desempleo para acceder al subsidio de mayores de 52 años, cuantos dias me cuentan como cotizados al desempleo? 3 a la semana? o 7 a la semana, 30 al mes?
En su dia hace 10 años , cuando cobre el desempleo de ese contrato solo me contaron los 3 dias trabajados (creo)
26/11/2019 09:44
Juande15
Hola. Si después de la IP total has cotizado 15 años , no hay duda que tienes derecho a compatibilizar el subsidio de mayores de 52 años con la pensión de la IP total siempre y cuando dicha pensión no supere en cómputo anual el 75 % del salario mínimo interprofesional( 675 € *12 m) y dividido por 14 pagas , no pudiendo superar, por tanto, la pensión la cuantía mensual de 578,57 €, y ni tener otras rentas.
Saludos.
26/11/2019 18:13
Expertolaboral
No he cotizado 15 años después de la IPT, pero para el cálculo de mi pensión no han utilizado prácticamente nada de mis años cotizados ya que la mayoría es tiempo de carencia, me lío yo sólo.
Pero ya no me como mas la cabeza, no es algo que esté claro y como simple interpretación del INSS se queda en ese, simple interpretación, ya veremos por dónde sale todo, de momento sólo he leído una referencia en un foro sobre el tema y no muy clara, no se mucho mas y está recurrida por lo que leí, antes la concedían y ahora no ha cambiado nada para que no la concedan salvo ahorrar dinero, ya veremos.
A ver que dice el supremo, yo postearé lo que me digan a mí y por supuesto que si no me la conceden recurriré donde haga falta.

Saludos.
26/11/2019 18:19
Expertolaboral
Lo que no entiendo es porque divides 675 entre 14, 675 euros es el 75% del SMI excluyendo las dos pagas extras, el SMI son 900 euros en 14 pagas, no veo porque las excuyes dos veces.
26/11/2019 20:23
Expertolaboral
Estuve 5 meses trabajando con un contrato de 9 horas semanales, distribuidas en 3 horas lunes, 3 miercoles y 3 viernes.
A la hora de dias cotizados para el desempleo para acceder al subsidio de mayores de 52 años, cuantos dias me cuentan como cotizados al desempleo? 3 a la semana? o 7 a la semana, 30 al mes?
En su dia hace 10 años , cuando cobre el desempleo de ese contrato solo me contaron los 3 dias trabajados (creo)
28/11/2019 10:05
Juande15
Hola. Hago esa operación pues el límite de ingresos a tenor del artículo 275, 3º de la Ley general de la Seguridad Social, no puede superar el 75 % del salario mínimo excluida la parte proporcional de las pagas extras. Y por consiguiente si se está cobrando una pensión de incapacidad permanente se cobran dos pagas extras ( salvo que sea por accidente laboral). Por eso, hay que hacer esa operación.
Por ejemplo si cobro una pensión de 600 euros mensuales, aparentemente no supero el 75 % del SMI ( 675 €) pero si le añado la prorrata de las pagas extras ,la pensión asciende a 700 € ( 600 €* 14 pagas : 12 meses).
Saludos
28/11/2019 13:52
ralph21
No había entendido bien tu post, mis disculpas.
yo cobro 499,40, estoy bastante lejos todavía, en eso estoy tranquilo.

Gracias.