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rescindir contrato de local de negocio

27 Comentarios
Viendo 21 - 27 de 27 comentarios
15/03/2007 16:13
me quita un peso de encima. MUCHAS GRACIAS.
17/03/2007 12:24
JAN: mi inquilino me quita el sueño, ruego disculpe otra nueva consulta: según contrato, le actualicé la renta con el indice de vida del mes de septiembre-2.90- segun nota del ine, y me pago la renta con el aumento , durante dos meses, pero febrero y marzo me ha ingresado menos dinero- sobre 22€ en los dos meses, y no me ha comunicado nada, ¿lo demando el mes proximo?.
saludos y muy agradecido
19/03/2007 20:12
Hola Jose Moreno. Antes de instar Demanda de Reclamación de rentas vencidas y no satisfechas o de Resolución de contrato y acción de reclamación de rentas vencidas y no satisfechas,usted debe enviar un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido a su Arrendatario.

Le aconsejo que le burofax sea redactado por un/a profesional de la abogacía, quien le explicará el contenido y efectos del mismo.

Reciba un cordial saludo.
20/03/2007 07:49
le quedo muy agradecido
09/04/2007 13:25
Estimado Jan: mi inquilino me ingresa menos dinero, ya que este año la retención es del 18% en vez del 15, menos mal que no lo denúcié, pregunte a hacienda. saludos y a su disposición
05/10/2009 10:57
la positiva resolución del caso de Jose Moreno, hace que presente el mío: 1) contrato de local de negocio de 1988 con "plazo indefinido" 2) en 1990 y para realizar obras, se acuerda entre las partes una adición al contrato, que mejora el precio pero que en cuanto a plazo dice que "el periodo de duración del contrato es de 1 mes, prorrogable a voluntad de los arrendatarios y obligatoriamente por la propiedad, por lo que es de aplicación el articulo 57 de la vigente ley de arrendamientos urbanos y no el real-decreto-ley 2/86 de 30 de abril" 3) mi pregunta a JAN es, como creo el caso de Jose Moreno, se extingue este contrato el 01-01-2015 ?
05/10/2009 17:46
sugiero que lea el manual del arrendador en www.registrodealquileres.com
06/10/2009 18:32
Hola cornel.. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

Lamento no poder ser de más ayuda.

Reciba un cordial saludo.
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me quita un peso de encima. MUCHAS GRACIAS.
17/03/2007 12:24
JAN: mi inquilino me quita el sueño, ruego disculpe otra nueva consulta: según contrato, le actualicé la renta con el indice de vida del mes de septiembre-2.90- segun nota del ine, y me pago la renta con el aumento , durante dos meses, pero febrero y marzo me ha ingresado menos dinero- sobre 22€ en los dos meses, y no me ha comunicado nada, ¿lo demando el mes proximo?.
saludos y muy agradecido
19/03/2007 20:12
Hola Jose Moreno. Antes de instar Demanda de Reclamación de rentas vencidas y no satisfechas o de Resolución de contrato y acción de reclamación de rentas vencidas y no satisfechas,usted debe enviar un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido a su Arrendatario.

Le aconsejo que le burofax sea redactado por un/a profesional de la abogacía, quien le explicará el contenido y efectos del mismo.

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20/03/2007 07:49
le quedo muy agradecido
09/04/2007 13:25
Estimado Jan: mi inquilino me ingresa menos dinero, ya que este año la retención es del 18% en vez del 15, menos mal que no lo denúcié, pregunte a hacienda. saludos y a su disposición
05/10/2009 10:57
la positiva resolución del caso de Jose Moreno, hace que presente el mío: 1) contrato de local de negocio de 1988 con "plazo indefinido" 2) en 1990 y para realizar obras, se acuerda entre las partes una adición al contrato, que mejora el precio pero que en cuanto a plazo dice que "el periodo de duración del contrato es de 1 mes, prorrogable a voluntad de los arrendatarios y obligatoriamente por la propiedad, por lo que es de aplicación el articulo 57 de la vigente ley de arrendamientos urbanos y no el real-decreto-ley 2/86 de 30 de abril" 3) mi pregunta a JAN es, como creo el caso de Jose Moreno, se extingue este contrato el 01-01-2015 ?
05/10/2009 17:46
sugiero que lea el manual del arrendador en www.registrodealquileres.com
06/10/2009 18:32
Hola cornel.. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

Lamento no poder ser de más ayuda.

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