Por no poder dar servicio, una SL anuncia la rescision de su contrato, dando el tiempo estableciso en contrato. La empresa contesta que no lo acepta por una clausula en concreto. La clausula indica que habra que avisar la solicitud con tres meses antes de que acabe el periodo firmado. Es decir que si el contrato finaliza en diciembre , se avisaria en septiembre, acabandose por tanto el contrato. Que pasa si la SL no puede dar los servicios? ¿Se ajusta a derecho esta clausula? ¿No seri nula por derecho? La empresa no acepta finalizacion de contrato antes de esa fecha, y la SL no puede garantizar el servicio por falta de personal cualifiado en el mercado.Que opcion tenemos? Gracias