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Resolución favorable de tarjeta comunitaria y pasaporte vencido

3 Comentarios
 
01/02/2018 19:25
Carluxo76
Hola:

No lo digo yo, lo establece el Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, que es la norma de transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de abril de 2004. Se establece expresamente que en el supuesto de que el pasaporte del solicitante esté caducado deberá aportarse copia del pasaporte y solicitud de renovación. Normalmente los consulados expiden un documento en el que indican que el interesado ha solicitado la renovación del pasaporte y que se encuentra en trámite. Y esto es válido tanto para la solicitud de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión inicial como para la permanente y puede ser invocado tanto ante la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia, que es la que reconoce el derecho de residencia en régimen comunitario como ante la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía que sea competente para expedir la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

En todo caso, el documento del consulado debe ser reciente, indicar que se ha solicitado la renovación y al menos una fecha o plazo en el que se expedirá el nuevo pasaporte ( tampoco puede ser "sine die"). Y al tratarse de un documento extranjero expedido por un consulado extranjero acreditado en España que se pretende hacer valer ante autoridades españolas, debe ser legalizado en el Ministerio de Asuntos Exteriores de España ( Sección de Legalizaciones : C/ Pechuán, 1 28002 Madrid. Tel: 91 379 16 55 ), un trámite que es GRATUITO y si no reside en Madrid, puede enviarlo por correo en la forma que se indica en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación : www.exteriores.gob.es y se lo remiten en el sobre prefranqueado que usted deberá también enviar.

Un cordial saludo.
01/02/2018 10:10
Condedecartagena
Hola muy buenas muchísimas gracias por su respuesta pero una cosa, usted está completamente seguro que en la comisaría me aceptarán la constancia de tramitación del pasaporte junto con el pasaporte vencido? Tengo en mis manos la constancia que está en trámite. Me la aceptarán?
31/01/2018 20:12
Carluxo76
Hola:

1.- Su situación en España es completamente LEGAL. Ha visto reconocido su derecho de residencia en España como familiar de ciudadano de la Unión a quien acompañó o con quien vino a reunirse en España.

2.- Sin embargo, tiene la OBLIGACIÓN de solicitar la expedición de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión en la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía.

3.- Para expedir la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión se exige la presentación del pasaporte en vigor. Si hubiera caducado, se acepta la presentación del pasaporte caducado junto con una certificación del consulado del país acreditado en España que certifique que la persona ha solicitado oportunamente la renovación de su pasaporte y que se encuentra en trámite.

4.- De acuerdo con la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004 y su norma de transposición al ordenamiento jurídico español, que es el Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, la tenencia del resguardo o de la tarjeta no podrá constituir condición necesaria previa u obstáculo alguno para ejercer los derechos inherentes a la calidad de ciudadano de la Unión o de familiar extracomunitario de ciudadano de la Unión, ni para la normal realización de sus actividades y trámites administrativos. Pero con todo, sigue teniendo la obligación de obtenerla, aunque nadie puede sostener que su situación en España es irregular, pues se encuentra dentro del ámbito de aplicación del régimen comunitario.

5.- Debe tener en sus manos, físicamente, la resolución favorable para poder solicitar la expedición de la tarjeta. Puede incluso facilitarles una copia a sus empleadores.

Un cordial saludo.
Resolución favorable de tarjeta comunitaria y pasaporte vencido
31/01/2018 15:58
Hola muy buenas, he renovado mi tarjeta comunitaria la cual ya ha salido resuelto FAVORABLE, pero tengo un inconveniente, tengo mi pasaporte vencido. El problema real no es ese, el problema real es que soy venezolano y la renovación o prórroga del pasaporte venezolano es una tarea casi imposible. Hace justo 7 meses que empecé los trámites de renovación del pasaporte y todavía sigue en trámite. Que hago? Ya mi resolución salió favorable, pero todavía no tengo el NIE vigente.. Estoy trabajando en la misma empresa desde hace 5 años y me están exigiendo la tarjeta nueva, para ellos estoy ilegal en el país. Cuál es mi situación real? No vale de nada que mi resolución sea FAVORABLE? Es más importante una tarjeta física que un estado de trámite resuelto FAVORABLE? Que debo hacer, esa es la situación en Venezuela y es algo que ya se escapa de mis manos. Ayuda por favor
Resolución favorable de tarjeta comunitaria y pasaporte vencido | PorticoLegal
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01/02/2018 19:25
Carluxo76
Hola:

No lo digo yo, lo establece el Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, que es la norma de transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de abril de 2004. Se establece expresamente que en el supuesto de que el pasaporte del solicitante esté caducado deberá aportarse copia del pasaporte y solicitud de renovación. Normalmente los consulados expiden un documento en el que indican que el interesado ha solicitado la renovación del pasaporte y que se encuentra en trámite. Y esto es válido tanto para la solicitud de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión inicial como para la permanente y puede ser invocado tanto ante la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia, que es la que reconoce el derecho de residencia en régimen comunitario como ante la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía que sea competente para expedir la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

En todo caso, el documento del consulado debe ser reciente, indicar que se ha solicitado la renovación y al menos una fecha o plazo en el que se expedirá el nuevo pasaporte ( tampoco puede ser "sine die"). Y al tratarse de un documento extranjero expedido por un consulado extranjero acreditado en España que se pretende hacer valer ante autoridades españolas, debe ser legalizado en el Ministerio de Asuntos Exteriores de España ( Sección de Legalizaciones : C/ Pechuán, 1 28002 Madrid. Tel: 91 379 16 55 ), un trámite que es GRATUITO y si no reside en Madrid, puede enviarlo por correo en la forma que se indica en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación : www.exteriores.gob.es y se lo remiten en el sobre prefranqueado que usted deberá también enviar.

Un cordial saludo.
01/02/2018 10:10
Condedecartagena
Hola muy buenas muchísimas gracias por su respuesta pero una cosa, usted está completamente seguro que en la comisaría me aceptarán la constancia de tramitación del pasaporte junto con el pasaporte vencido? Tengo en mis manos la constancia que está en trámite. Me la aceptarán?
31/01/2018 20:12
Carluxo76
Hola:

1.- Su situación en España es completamente LEGAL. Ha visto reconocido su derecho de residencia en España como familiar de ciudadano de la Unión a quien acompañó o con quien vino a reunirse en España.

2.- Sin embargo, tiene la OBLIGACIÓN de solicitar la expedición de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión en la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía.

3.- Para expedir la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión se exige la presentación del pasaporte en vigor. Si hubiera caducado, se acepta la presentación del pasaporte caducado junto con una certificación del consulado del país acreditado en España que certifique que la persona ha solicitado oportunamente la renovación de su pasaporte y que se encuentra en trámite.

4.- De acuerdo con la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004 y su norma de transposición al ordenamiento jurídico español, que es el Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, la tenencia del resguardo o de la tarjeta no podrá constituir condición necesaria previa u obstáculo alguno para ejercer los derechos inherentes a la calidad de ciudadano de la Unión o de familiar extracomunitario de ciudadano de la Unión, ni para la normal realización de sus actividades y trámites administrativos. Pero con todo, sigue teniendo la obligación de obtenerla, aunque nadie puede sostener que su situación en España es irregular, pues se encuentra dentro del ámbito de aplicación del régimen comunitario.

5.- Debe tener en sus manos, físicamente, la resolución favorable para poder solicitar la expedición de la tarjeta. Puede incluso facilitarles una copia a sus empleadores.

Un cordial saludo.
Resolución favorable de tarjeta comunitaria y pasaporte vencido
31/01/2018 15:58
Hola muy buenas, he renovado mi tarjeta comunitaria la cual ya ha salido resuelto FAVORABLE, pero tengo un inconveniente, tengo mi pasaporte vencido. El problema real no es ese, el problema real es que soy venezolano y la renovación o prórroga del pasaporte venezolano es una tarea casi imposible. Hace justo 7 meses que empecé los trámites de renovación del pasaporte y todavía sigue en trámite. Que hago? Ya mi resolución salió favorable, pero todavía no tengo el NIE vigente.. Estoy trabajando en la misma empresa desde hace 5 años y me están exigiendo la tarjeta nueva, para ellos estoy ilegal en el país. Cuál es mi situación real? No vale de nada que mi resolución sea FAVORABLE? Es más importante una tarjeta física que un estado de trámite resuelto FAVORABLE? Que debo hacer, esa es la situación en Venezuela y es algo que ya se escapa de mis manos. Ayuda por favor