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resolución sancionadora y desestimatoria de alegaciones por una multa de aparcamiento

2 Comentarios
 
Resolución sancionadora y desestimatoria de alegaciones por una multa de aparcamiento
06/09/2007 18:00
Hola:

Me han notificado resolución sancionadora y desestimatoria de alegaciones por una multa de aparcamiento injusta de 90 € impuesta por una posible equivocación de un controlador del S. E. R..

No quiero exponer el procedimiento administrativo previo porque es un "diálogo de besugos" entre la Administración (el Ayuntamiento de Madrid) y el interesado (un servidor). Eso de que la Administración Pública está obligada a responder coherentemente a los interesados, hoy por hoy me parece una quimera.

Ahora tengo tres posibilidades:

La primera, que parece la más sensata, es pagar la multa y callar.

La segunda es demorar un poco más el proceso e interponer un recurso potestativo de reposición o extraordinario de revisión. Se lo podría encargar a un catedrático de derecho administrativo o a Groucho Marx. Creo que el resultado va a ser el mismo.

La tercera, que es la que más deseo por mi indignación, es interponer recurso contencioso administrativo.

Yo no soy jurista pero sé que esta última opción me supondría empezar a pagar de momento una asesoría legal que sólo eso ya me puede costar la mitad de la cuantía de la multa. Y los pagos y perjuicios que tendré que sufrir no harían más que empezar porque además habrá que:

- Pagar honorarios de abogado y/o procurador.
- Sufrir las pérdidas de tiempo y quebraderos de cabeza acudiendo a las visitas al abogado, en las vistas que sean necesarias, en la espera de la sentencia, etc.
- Dejar de trabajar y perder dinero durante todo ese tiempo que necesariamente tenga que emplear en jornadas laborables (no se si legalmente podría entenderse como "lucro cesante").
- Otros perjuicios y gastos ocasionados para mi defensa; tales como desplazamientos, tasas, compulsas, recabar documentación, fotocopias, etc. (insisto en que no soy abogado pero algo me dice que esto legalmente es el famoso "daño emergente").
- Molestias y gastos ocasionados a los testigos de mi defensa.
- etc., etc., etc...

Y todo por 90 € de multa.

Estoy seguro de que con un juez que no sea a la vez ciego y sordomudo tengo el caso ganado. Pero lo que no sé es si, aún ganando, tengo asegurado que el Ayuntamiento de Madrid, además de revocar la multa, vaya a ser condenado a pagarme o compensar las costas y todos esos perjuicios referidos con los intereses que legalmente procedan. Como podréis comprobar, será bastante más de 90 €.

No se si pagar y callar o liarme la manta a la cabeza y posiblemente salir dentro de unos años como "ganador" pero perdiendo dinero, con la cabeza caliente y los pies fríos.

¿Alguien con conocimientos legales me puede asesorar?

Perdonadme por el rollo. Un saludo y muchas gracias de antemano.

Curro.
11/09/2007 00:02
Solicite en su demanda contenciosa en otro-si la aplicación del art. 139 párrafo 2º de la ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que dice que " No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, se impondrán las costas a la parte cuyas pretensiones hayan sido desestimadas cuando de otra manera se haría perder al recurso su finalidad"; es decir, la Administración no debe agotar la vía administrativa con el pretexto de que quien quiera obtener una resolución favorable vaya a un procedimiento contencioso.

Salvo mejor opinión.
11/09/2007 12:24
Al no haber tenido nunca un juicio no tenía ni idea sobre las posibilidades. También me han recomendado aludir al derecho constitucional a la tutela efectiva de los tribunales.

Muchas gracias por la información.
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Resolución sancionadora y desestimatoria de alegaciones por una multa de aparcamiento
06/09/2007 18:00
Hola:

Me han notificado resolución sancionadora y desestimatoria de alegaciones por una multa de aparcamiento injusta de 90 € impuesta por una posible equivocación de un controlador del S. E. R..

No quiero exponer el procedimiento administrativo previo porque es un "diálogo de besugos" entre la Administración (el Ayuntamiento de Madrid) y el interesado (un servidor). Eso de que la Administración Pública está obligada a responder coherentemente a los interesados, hoy por hoy me parece una quimera.

Ahora tengo tres posibilidades:

La primera, que parece la más sensata, es pagar la multa y callar.

La segunda es demorar un poco más el proceso e interponer un recurso potestativo de reposición o extraordinario de revisión. Se lo podría encargar a un catedrático de derecho administrativo o a Groucho Marx. Creo que el resultado va a ser el mismo.

La tercera, que es la que más deseo por mi indignación, es interponer recurso contencioso administrativo.

Yo no soy jurista pero sé que esta última opción me supondría empezar a pagar de momento una asesoría legal que sólo eso ya me puede costar la mitad de la cuantía de la multa. Y los pagos y perjuicios que tendré que sufrir no harían más que empezar porque además habrá que:

- Pagar honorarios de abogado y/o procurador.
- Sufrir las pérdidas de tiempo y quebraderos de cabeza acudiendo a las visitas al abogado, en las vistas que sean necesarias, en la espera de la sentencia, etc.
- Dejar de trabajar y perder dinero durante todo ese tiempo que necesariamente tenga que emplear en jornadas laborables (no se si legalmente podría entenderse como "lucro cesante").
- Otros perjuicios y gastos ocasionados para mi defensa; tales como desplazamientos, tasas, compulsas, recabar documentación, fotocopias, etc. (insisto en que no soy abogado pero algo me dice que esto legalmente es el famoso "daño emergente").
- Molestias y gastos ocasionados a los testigos de mi defensa.
- etc., etc., etc...

Y todo por 90 € de multa.

Estoy seguro de que con un juez que no sea a la vez ciego y sordomudo tengo el caso ganado. Pero lo que no sé es si, aún ganando, tengo asegurado que el Ayuntamiento de Madrid, además de revocar la multa, vaya a ser condenado a pagarme o compensar las costas y todos esos perjuicios referidos con los intereses que legalmente procedan. Como podréis comprobar, será bastante más de 90 €.

No se si pagar y callar o liarme la manta a la cabeza y posiblemente salir dentro de unos años como "ganador" pero perdiendo dinero, con la cabeza caliente y los pies fríos.

¿Alguien con conocimientos legales me puede asesorar?

Perdonadme por el rollo. Un saludo y muchas gracias de antemano.

Curro.
11/09/2007 00:02
Solicite en su demanda contenciosa en otro-si la aplicación del art. 139 párrafo 2º de la ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que dice que " No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, se impondrán las costas a la parte cuyas pretensiones hayan sido desestimadas cuando de otra manera se haría perder al recurso su finalidad"; es decir, la Administración no debe agotar la vía administrativa con el pretexto de que quien quiera obtener una resolución favorable vaya a un procedimiento contencioso.

Salvo mejor opinión.
11/09/2007 12:24
Al no haber tenido nunca un juicio no tenía ni idea sobre las posibilidades. También me han recomendado aludir al derecho constitucional a la tutela efectiva de los tribunales.

Muchas gracias por la información.