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La responsabilidad por daños causados surge cuando los administradores actúan realizando actos contrarios a la ley o a los estatutos sociales que provocan un daños por no haber desempeñado el cargo con la suficiente diligencia y buen hacer de un ordenado empresario y un representante leal. Se necesita demostrar que el daño causado sea realizado de forma voluntaria y, por supuesto, que pueda ser probada la relación entre el acto u omisión y el daño originado
Ejemplo de responsabilidad de los administradores
Como consecuencia de pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social. Por la reducción del capital social por debajo del mínimo legal. Por no pedir la declaración del concurso de acreedores de la sociedad.
Por favor, necesito ayuda, si alguien puede informarme. Era administrador de una sociedad limitada, que quebró (de hecho). No había dinero ni de la sociedad ni personal para instar un concurso de acreedores ni solicitar quiebra en el juzgado y los socios, puesto que no eran administradores, simplemente pasaron. Quedaron deudas a la Seguridad social y Hacienda. Pienso el gestor me asesoró mal porque siempre hablaba de una responsabilidad limitada al capital social y etcétera, etcétera. No sé si como administrador me pueden exigir el pago de estas deudas y cuál sería el procedimiento y cómo debo actúar. Obvia decir que el problema es que en ningún momento he podido hacer frente económicamente a estas deudas. No sé si podréis recomendarme algún abogado que pueda asesorarme adecuadamente en Zaragoza