Mi duda es bastante simple, caída en obras adjudicadas a empresa privada por el Ayuntamiento.
Lo ideal para mí sería demandar a los dos solidariamente,por si las moscas, pero me parece que si meto a la Administración me obligo a acudir a la via contencioso-administrativa, alguien me puede orientar??
Yo creo que desde el momento que esa empresa trabaja en una obra que le ha adjudicado el Ayuntamiento ya estas en la esfera del contrato administrativo y por tanto ya tienes que ir al contencioso, mírate si puedes el texto refundido de la ley de contratos de la Administración publica. Un saludo.