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Responsabilidad civil extracontractual. Cuantía

2 Comentarios
 
Responsabilidad civil extracontractual. cuantía
perfil esg
15/07/2004 09:26
Buenos días. Mi duda es la siguiente: A la hora de calcular la cuantía de responsabilidad civil extracontractual, se aplican opr analogía las tablas de valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación o, por el contrario, existe una baremación especifíca para este tipo de situaciones? Gracias y saludos.
22/07/2004 13:11
En principio para calcular la responsabilidad civil general, no existe un baremo, por ello en algunos juzgados y tribunales aplican efectivamente el de circulación, el cual solo es obligatorio y vinculante a tales efectos. Puedes por tanto utilizarlo como base, pero teniendo en cuenta que no es vinculante por lo que si en tu valoración de daños la cuantia es superior puedes reclamarla, siempre justificando la misma, en los perjuicios verdaderamente causados, daños, lesiones, daños morales, lucro cesante, etc.
perfil esg
28/07/2004 14:45
Gracias