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Responsabilidad patrimonial de la administracion

2 Comentarios
 
Responsabilidad patrimonial de la administracion
12/01/2015 18:45
Buenas tardes el tema que me traía a estos foros y a contar con vuestra inconmensurable ayuda es que estoy buscando un abogado para llevar un asunto que quiero sacar adelante, paso a contarlo:
En mayo de 2010 fui denunciado y acusado de un delito de agresión sexual y lesiones, delitos por los que estuve detenido y pasé 4 meses y medio en prisión, ademas, cuando mis abogados me sacaron de prisión por apelación a la audiencia provincial me impusieron la obligación de comparecer cada 15 días ante el juzgado de guardia, situación en la que he estado 4 años hasta que por fin he salido absuelto de todo esto, primero en el penal y luego en apelación en la audiencia provincial. El tema ya es firme y se me absuelve en base a una eximente completa de enfermedad mental, imponiéndome solo una medida de seguridad abierta y la responsabilidad civil, pero absolviéndome de toda responsabilidad penal y eso implica que por supuesto de la cárcel, y que el tiempo que pase en prisión preventiva ha resultado ser completamente indebido.

Además como consecuencia de la estancia en prisión, me han quedado importantes secuelas psicológicas que implican un reconocimiento de discapacidad del 49 %.

El tema es que ahora quería pedir una indemnización a la administración de justicia por el tiempo de prisión provisional que pase de manera indebida, por la secuelas psicológicas y por la medida cautelar de ir a firmar cada 15 días, habiendo resultado a la postre absuelto.
Según me ha podido orientar un abogado amigo se trata de una reclamación patrimonial contra la administración de justicia, en la que primero hay que presentar reclamación en vía administrativa ante el ministerio de justicia y tras ello, una vez que respondan, un recurso contencioso administrativo y empezar así con el proceso judicial para obtener la indemnización.
Estaba buscando un abogado que me lo llevara, a ser posible a porcentaje pero que en ultima instancia en caso de que no pudiera ser, estaría dispuesto a que me lo minutaran, eso si, si es minutado los precios tendrían que ser muy asequibles por la precaria situación económica en la que me encuentro (soy repartidor de publicidad y en estos momentos estoy trabajando sin contrato de trabajo y mi retribución es muy escasa)
Los letrados que quieran contactar conmigo para llevar este caso pueden escribirme a: ******

Muchas gracias a todos de antemano también por vuestras opiniones y vuestra ayuda al respecto.
Pablo
14/01/2015 13:46
Si bien la inimputabilidad excluye la responsabilidad legal, no excluye la posibilidad de imposición de medidas de seguridad. Al suponer una anormalidad psíquica, la inimputabilidad puede delatar una personalidad peligrosa, razón por la cual la ley prevé medidas de seguridad para ciertos inimputables (ej. internamiento en un establecimiento psiquiátrico o incluso prisión como medida temporal).
Y no obstante, el ingreso en prisión se realiza antes de obtener el peritaje psicológico, por lo tanto el juez aplicó la jurisprudencia correctamente.
Veo difícil que puedas conseguir esa indemnización, y gracias al colega gallardón deberás pagar los elevados costes que ahora supone.
No te lo recomiendo y mejor date con un canto en los dientes por haber salido y que no decidiesen internamiento psiquiátrico.
06/11/2023 18:59
Fuste lo que has pasado tu con la prisión merece una indemnización. Es una injusticia el haber estado en la cárcel de manera indebida.
Responsabilidad patrimonial de la administracion | PorticoLegal
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Responsabilidad patrimonial de la administracion
12/01/2015 18:45
Buenas tardes el tema que me traía a estos foros y a contar con vuestra inconmensurable ayuda es que estoy buscando un abogado para llevar un asunto que quiero sacar adelante, paso a contarlo:
En mayo de 2010 fui denunciado y acusado de un delito de agresión sexual y lesiones, delitos por los que estuve detenido y pasé 4 meses y medio en prisión, ademas, cuando mis abogados me sacaron de prisión por apelación a la audiencia provincial me impusieron la obligación de comparecer cada 15 días ante el juzgado de guardia, situación en la que he estado 4 años hasta que por fin he salido absuelto de todo esto, primero en el penal y luego en apelación en la audiencia provincial. El tema ya es firme y se me absuelve en base a una eximente completa de enfermedad mental, imponiéndome solo una medida de seguridad abierta y la responsabilidad civil, pero absolviéndome de toda responsabilidad penal y eso implica que por supuesto de la cárcel, y que el tiempo que pase en prisión preventiva ha resultado ser completamente indebido.

Además como consecuencia de la estancia en prisión, me han quedado importantes secuelas psicológicas que implican un reconocimiento de discapacidad del 49 %.

El tema es que ahora quería pedir una indemnización a la administración de justicia por el tiempo de prisión provisional que pase de manera indebida, por la secuelas psicológicas y por la medida cautelar de ir a firmar cada 15 días, habiendo resultado a la postre absuelto.
Según me ha podido orientar un abogado amigo se trata de una reclamación patrimonial contra la administración de justicia, en la que primero hay que presentar reclamación en vía administrativa ante el ministerio de justicia y tras ello, una vez que respondan, un recurso contencioso administrativo y empezar así con el proceso judicial para obtener la indemnización.
Estaba buscando un abogado que me lo llevara, a ser posible a porcentaje pero que en ultima instancia en caso de que no pudiera ser, estaría dispuesto a que me lo minutaran, eso si, si es minutado los precios tendrían que ser muy asequibles por la precaria situación económica en la que me encuentro (soy repartidor de publicidad y en estos momentos estoy trabajando sin contrato de trabajo y mi retribución es muy escasa)
Los letrados que quieran contactar conmigo para llevar este caso pueden escribirme a: ******

Muchas gracias a todos de antemano también por vuestras opiniones y vuestra ayuda al respecto.
Pablo
14/01/2015 13:46
Si bien la inimputabilidad excluye la responsabilidad legal, no excluye la posibilidad de imposición de medidas de seguridad. Al suponer una anormalidad psíquica, la inimputabilidad puede delatar una personalidad peligrosa, razón por la cual la ley prevé medidas de seguridad para ciertos inimputables (ej. internamiento en un establecimiento psiquiátrico o incluso prisión como medida temporal).
Y no obstante, el ingreso en prisión se realiza antes de obtener el peritaje psicológico, por lo tanto el juez aplicó la jurisprudencia correctamente.
Veo difícil que puedas conseguir esa indemnización, y gracias al colega gallardón deberás pagar los elevados costes que ahora supone.
No te lo recomiendo y mejor date con un canto en los dientes por haber salido y que no decidiesen internamiento psiquiátrico.
06/11/2023 18:59
Fuste lo que has pasado tu con la prisión merece una indemnización. Es una injusticia el haber estado en la cárcel de manera indebida.