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Retención IRPF

3 Comentarios
 
Retención irpf
29/08/2005 14:27
Hola Foreros,

Que retención se aplica a un contrato temporal de 1 año de duración para persona soltera, sin hijos y que cobra 20000 euros brutos al año. Empieza atrabajar el 1 de septiembre. Es que el programa de la aeat no se me instala bien...

Saludos amigos,
29/08/2005 17:36
Pues a priori, sin hacer el cálculo a detalle, si sólo va a trabajar 4 meses dentro de este año natural, en base a su retibucion anual entiendo que su retencion será 0.

Ahora, eso sí, en enero se le considerará su retibucion hasta agosto, esto es, la correspondiente a 8 meses y en toences segurol que se regularizará su retencion, conforme a la fómula de retenciones que rija para el próximo año (pero que, si sigue con el mismo salario, estimo estará sobre el 8 o el 10%).

Pero cuidado, que si se le renueva el contrato se le volverá a regularizar la retencion y seguro le subira varios puntos.

Por ej. con ese mismo salario, si al final está todo el año le correspondería sobre un 14% de retencion. Si durante 8 meses se le ha retinido (de forma correcta) por ej. un 9% y en septiembre se le renueva como mínimo hasta final de año, seguramente su retención durante esos últimos meses pasara seguro del 20%.

Y luego, si es el caso, en enero del año siguiente se le volverá a regularizar.

En fin, lo explico porque todos estos avatares en las retenciones de los contratos temporales muchas veces no se tienen en cuenta o se explican y luego pasa lo que pasa. Y ya no digamos si, como se hace a veces, se acuerda un líquido mensual constante!!!.

Un saludo
04/09/2005 13:48
Muchas gracias nando, maño, como siempre atento y claro...La verdad es que me hago un lío de pelotas...Para 20000 euros la retención al año es de 14,1 % segun he visto en un programa de addecco pero si el contrato es temporal de 1 año y se empieza en septiembre no entiendo por qué se aplica 0 de retención esos 4 meses...Hacienda no quiere recaudar en esos 4 meses hasta que se cumpla el año natural?...Si el contrato fuese indefinido empezando en septiembre tb se retiene 0?

Saludos,
05/09/2005 09:11
Hola Pym,

a ver, en primer lugar, la retención no podrá ser 14'1% por el tema del redondeo. Si el cálculo previo
da 14,1% la retención a aplicar será el 14% (redondo).

Las retenciones se calculan en base a los ingresos que el traajador va a obtener por cada pagador durante el año natural. Si en tu empresa empieza a trabajar en septiembre, a efectos de determinar la base de cálculo de la retención, se tendrán en cuenta los ingresos desde septiembre hasta fin de año. Evidentemente el % (que fácilmente puede ser incluso 0), será sensiblemente menor al que correspondería considerando los ingresos anuales,pero es que solo va a ganar lo de esos 4 meses!!, tampoco es tan ilógico, hombre.

Hacienda va a recaudar igual. Ten en cuenta que estamos hablado de retenciones a cuenta. Así, siesa persona n ha trabajado antes, y no tiene otro tipo de ingresos, lo normal es que su cuota a ingresar sea 0. Incluso que no esté ni obligado a presentar la declarción.
Si se trata del caso tipico que ha cambiado de empresa o ha trabajado en otras empresas durante el año, Hacienda la pasara cuentas por todo, lo que podra ocurrir es que le venga el palo al hacer la declaración, puesto que las bases de cálculo que se han considerado en cada momento a efectos de retencion no se corresponden con sus ingresos globales del año. Pero pagar, tendra que pagar lo mismo. Simplemente tendrá que pagar al hacer la delcaracion lo que, por este sistema de cálculo de retenciones, se le dejo de retener en su momento.
Para evitar esto, el trabajador puede soclicitar una retencion más alta (más baja nunca).
Eso sí, si el contrato es de duración inferior a 12 meses la retención mínima sera del 2% (pero en el caso que comentas es de 12 meses justos, por lo que no aplica este mínimo).

En fin, no sé si he conseguido que te aclares un poco mejor.

Un saludo
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29/08/2005 14:27
Hola Foreros,

Que retención se aplica a un contrato temporal de 1 año de duración para persona soltera, sin hijos y que cobra 20000 euros brutos al año. Empieza atrabajar el 1 de septiembre. Es que el programa de la aeat no se me instala bien...

Saludos amigos,
29/08/2005 17:36
Pues a priori, sin hacer el cálculo a detalle, si sólo va a trabajar 4 meses dentro de este año natural, en base a su retibucion anual entiendo que su retencion será 0.

Ahora, eso sí, en enero se le considerará su retibucion hasta agosto, esto es, la correspondiente a 8 meses y en toences segurol que se regularizará su retencion, conforme a la fómula de retenciones que rija para el próximo año (pero que, si sigue con el mismo salario, estimo estará sobre el 8 o el 10%).

Pero cuidado, que si se le renueva el contrato se le volverá a regularizar la retencion y seguro le subira varios puntos.

Por ej. con ese mismo salario, si al final está todo el año le correspondería sobre un 14% de retencion. Si durante 8 meses se le ha retinido (de forma correcta) por ej. un 9% y en septiembre se le renueva como mínimo hasta final de año, seguramente su retención durante esos últimos meses pasara seguro del 20%.

Y luego, si es el caso, en enero del año siguiente se le volverá a regularizar.

En fin, lo explico porque todos estos avatares en las retenciones de los contratos temporales muchas veces no se tienen en cuenta o se explican y luego pasa lo que pasa. Y ya no digamos si, como se hace a veces, se acuerda un líquido mensual constante!!!.

Un saludo
04/09/2005 13:48
Muchas gracias nando, maño, como siempre atento y claro...La verdad es que me hago un lío de pelotas...Para 20000 euros la retención al año es de 14,1 % segun he visto en un programa de addecco pero si el contrato es temporal de 1 año y se empieza en septiembre no entiendo por qué se aplica 0 de retención esos 4 meses...Hacienda no quiere recaudar en esos 4 meses hasta que se cumpla el año natural?...Si el contrato fuese indefinido empezando en septiembre tb se retiene 0?

Saludos,
05/09/2005 09:11
Hola Pym,

a ver, en primer lugar, la retención no podrá ser 14'1% por el tema del redondeo. Si el cálculo previo
da 14,1% la retención a aplicar será el 14% (redondo).

Las retenciones se calculan en base a los ingresos que el traajador va a obtener por cada pagador durante el año natural. Si en tu empresa empieza a trabajar en septiembre, a efectos de determinar la base de cálculo de la retención, se tendrán en cuenta los ingresos desde septiembre hasta fin de año. Evidentemente el % (que fácilmente puede ser incluso 0), será sensiblemente menor al que correspondería considerando los ingresos anuales,pero es que solo va a ganar lo de esos 4 meses!!, tampoco es tan ilógico, hombre.

Hacienda va a recaudar igual. Ten en cuenta que estamos hablado de retenciones a cuenta. Así, siesa persona n ha trabajado antes, y no tiene otro tipo de ingresos, lo normal es que su cuota a ingresar sea 0. Incluso que no esté ni obligado a presentar la declarción.
Si se trata del caso tipico que ha cambiado de empresa o ha trabajado en otras empresas durante el año, Hacienda la pasara cuentas por todo, lo que podra ocurrir es que le venga el palo al hacer la declaración, puesto que las bases de cálculo que se han considerado en cada momento a efectos de retencion no se corresponden con sus ingresos globales del año. Pero pagar, tendra que pagar lo mismo. Simplemente tendrá que pagar al hacer la delcaracion lo que, por este sistema de cálculo de retenciones, se le dejo de retener en su momento.
Para evitar esto, el trabajador puede soclicitar una retencion más alta (más baja nunca).
Eso sí, si el contrato es de duración inferior a 12 meses la retención mínima sera del 2% (pero en el caso que comentas es de 12 meses justos, por lo que no aplica este mínimo).

En fin, no sé si he conseguido que te aclares un poco mejor.

Un saludo