En cumplimiento de la normativa legal vigente, según me dice el banco, en donde me ingresan mi pensión la cual es de 637,70 euros. Que me descuenten mensualmente la cantidad de 94,84 euros, dejándome con 542,86 euros al mes por una deuda a la Agencia Tributaria de 15.616,30 euros generado principalmente por intereses de un impago de hace más de 10 años. Mi pregunta es pueden dejarme así... muchas gracias.
Creo que no pueden porque el importe equivalente al salario mínimo es inembargable. Si no me equivoco el salario mínimo es 707,60 €, así que puedes ir a la Agencia Tributaria para que levanten el embargo de inmediato y al banco díselo también.