¡¡¡¡¡¡¡Cuidado!!!!!!!!!!!
De ninguna de las maneras puede conducir de nuevo. Una retirada de 3 años, conlleva la perdida de vigencia judicial del permiso de conducir. No solo tiene que hacer un curso, sino volver a examinarse.
Si ha cumplido la condena y recupera su carnet, puede volver a conducir.
Pero mi consejo es que deje de beber y conducir, ya no solo por el carnet si no porque puede causar un accidente y si se da el caso, el seguro no le cubrirá y tendrá que correr con todos los gastos, incluidas las indemnizaciones por lesiones o fallecidos. Aparte de las cargas morales por haber quitado la vida a una persona.
Una vez que haya cumplido la condena de 3 años sin conducir y lo recoja en el juzgado podrá conducir de nuevo, pero también tenga en cuenta que ya figuran antecedentes penales en su expediente por lo que si vuelve a cometer delitos viales se le considerará reincidente.
Si la sentencia es firme, usted deberá entregarlo en el juzgado. Una vez cumplida la sanción, es decir cuando pasen 3 años desde la sentencia, le enviarán una citación para la recogida o puede personarse en el mismo juzgado para recogerlo.
Pues depende de las circunstancias si la retirada ha sido por pérdida de puntos o por comisión de delito. En este caso siendo 3 años, entiendo que ha sido por delito contra la seguridad vial. Puedes recurrir y alegar lo que creas conveniente, pero si ya hay sentencia firme, como tal no puedes hacer nada.