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Retirada de efectivo de una cuenta bancaria de un fallecido

11 Comentarios
 
Retirada de efectivo de una cuenta bancaria de un fallecido
17/03/2016 17:22
Recientemente ha fallecido un tío de mi mujer que era soltero sin hijos y que tenia varias propiedades inmobiliarias además de dinero en cuentas corrientes.
El tío de mi mujer ha dejado testamento, dejando algunas propiedades a herederos concretos y repartiendo el dinero de las cuentas bancarias a partes iguales entre su hermana, cuñada y sobrinos.
El caso es que la hermana del difunto, tiene en su casa entre otras cosas el testamento, las cartillas bancarias y la "maravillosa tarjeta visa" con su pin y todo. No han pasado dos días del fallecimiento y ha hecho disposiciones en el cajero sin contar con el resto de los herederos, no siendo titular de las cuentas ni autorizada. ¿Qué consecuencias puede tener esto?. Si los demás herederos no la denuncian, ¿podría enfrentarse a algún tipo de sanción o pena?.
Pienso que el problema surgirá cuando se haga el inventario de los bienes y no coincidan los certificados de las cuentas bancarias con los saldos existentes.
¿Podéis aclararme estos temas?
17/03/2016 17:41
Lo primero sería solicitar el certificado de últimas voluntades (no se puede hacer hasta que no han transcurrido 15 días desde el fallecimiento), con ese certificado se puede ver el último testamento del fallecido.
No obstante lo anterior e independientemente, si se ha usado una tarjeta de la que no se es titular puede ser constitutivo de delito.
www.jimenezalvarezabogados.com
17/03/2016 17:46
Si comunica a la entidad bancaria que esa persona ha fallecido, la cuenta sera bloqueada y evitara que puedan sacar dinero en tanto ponen en orden la herencia.
17/03/2016 17:52
Los certificados de las cuentas bancarias son con los saldos al día del fallecimieto, y es lo que cuenta en el inventario.
Si su tía ha retirdo fondos posteriormente, tendrá que devolverlos, o descontarlos de su herencia, si es el caso.
17/03/2016 21:12
Muchas gracias por las respuestas. Pero me queda una duda. Aunque haya delito si no denunciamos los herederos ¿puede alguien más aparte acusar a la hermana del fallecido por sacar este dinero? ¿Cual es el delito del que se le acusaría? ¿Que pena tendría?.
Entiendo que en todo caso el dinero del que se ha dispuesto tendría que declararse en el Impuesto de Sucesiones
19/03/2016 10:34
Por lo que veo Vds. pueden acreditar ser herederos del fallecido. Y dice que ha habido un uso por persona no titular de tarjeta. Pues en principio dirijase a la entidad bancaria asegurese que este comunicdo el fallcecimiento de la persona a dicha entidad si no es así hagalo esiviendo certificado de defuncion testamento y certificado de ultimas voluntades. Acto seguido comunique y reclame el movimiento indebido de tarjeta. Por lo pronto la entidad tendra que restitiuir el importe y ya se encargaran ellos de "loc alizar el culpable" por lo que le interesa.
19/03/2016 10:36
Una aclaración a lo que dice Pepe123, los certificados del banco son saldo y movimientos del ultimo año.

En cuento al delito, se ha puesto demanda de división de herencia? o Se esta haciendo un reparto amistoso, si es amistoso con repartir lo que figure en la cuenta a fecha de fallecimiento ya valdría. Si es por demanda de división, se discutirá en la formación de inventario, pero se debe coger saldo a fecha de fallecimiento.
20/03/2016 18:01
Solo es obligatorio el certificado de saldos, no los movimientos.
Hace 3 meses, un banco me hizo certificado de saldos y anexo movimientos de dos años, y otros dos bancos solo saldo. En la escritura de sceptación de herencia se incorporaron los tres de saldos, y no los movimientos.
20/03/2016 18:46
Con los últimos movimientos se podría descubrir otras salidas de bancos del ultimo año, solo con saldo no se puede conocer eso. Recomiendo pedir saldo y movimientos. En mi caso, yo descubrí una importante transferencia que luego justificaron como préstamo....
21/03/2016 00:43
Una cosa es lo legal, como escribí en mi primera intervención, y otra lo recomendable por otros motivos.
Para gestionar la herencia solo hace falta un certificado de saldos.
Cualquier heredero legítimo tiene derecho a pedir los movimientos que desee, ya sea 1 ño, 2 o 5, si quiere analizar posibles temas que no hace falta explicar.
22/03/2016 12:02
y si no denuncian, qué motivo tendría la hermana para devolver el dinero ? pues yo se lo diré: ninguno, asi que si quieren recuperarlo, y ella se niega, no les queda otra que denunciar. No se preocupen, si pueden demostrarlo, los gastos de abogado y procurador los tendra que pagar ella.
22/03/2016 16:56
Tengo entendido que los bancos solo están obligados a movimientos del ultimo año, no se puede pedir de 2 o 5.