Primero se le ha dado poderes a la Presidente de la Comunidad para demandar, en una junta de propietarios, donde se comunico previamente la deuda y se voto por los vecinos. Con lo cual si ha habido un aviso, otra cosa es que no se haya dado por enterado, ahora si no se han dado esos requisitos, busquese un abogado de oficio, si no tiene recursos.