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Reunion en comunidad de propietarios y no me avisan

2 Comentarios
 
Reunion en comunidad de propietarios y no me avisan
05/03/2024 18:02
Hola, muy buenas tardes.
En una comunidad de propietarios se ha efectuado una Reunión anual con diferentes puntos a tratar. Hasta aquí todo correcto, pero habida cuenta que NO HE RECIBIDO NOTIFICACION ALGUNA, ni por carta ni por correo electrónico de la mencionada Reunión, no habiendo podido asistir y como consecuencia de ello NO HE PODIDO VOTAR:
Pregunto: ¿EXISTE LA POSIBILIDAD DE poder impugnar lo ahí acordado?, y.
Gracias de antemano
Recibid un cordial saludo
06/03/2024 16:08
papichuli
Por supuesto que sí puede impugnarlo. Es más, puede impugnar todos los acuerdos y solicitar la nulidad del acta.

Al ser contrario a la LPH, el plazo de prescripción para demandar, es de un año. Si en un año no demanda, los acuerdos serán 100 x 100 legales (aunque ya lo son hasta que usted impugne y gana la demanda). Recuerde pedir daños y perjuicios y que paguen las costas en caso de allanarse (así no lo volverán a repetir o se lo pensarán 2 veces). Tampoco olvide solictarle por burofax al administrador que le comuniquen todo lo relacinado con la comunidad por carta certificada. Así no harán lo que han hecho.
06/03/2024 21:10
papichuli
Igual no tiene que impugnar nada, lo primero es solicitar el acta de la reunión y ver lo que trataron para ver si es contrario a la ley o le perjudica, también debe avisar de que le notifiquen las reuniones de manera fehaciente al igual que las actas
Reunion en comunidad de propietarios y no me avisan | PorticoLegal
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Reunion en comunidad de propietarios y no me avisan
05/03/2024 18:02
Hola, muy buenas tardes.
En una comunidad de propietarios se ha efectuado una Reunión anual con diferentes puntos a tratar. Hasta aquí todo correcto, pero habida cuenta que NO HE RECIBIDO NOTIFICACION ALGUNA, ni por carta ni por correo electrónico de la mencionada Reunión, no habiendo podido asistir y como consecuencia de ello NO HE PODIDO VOTAR:
Pregunto: ¿EXISTE LA POSIBILIDAD DE poder impugnar lo ahí acordado?, y.
Gracias de antemano
Recibid un cordial saludo
06/03/2024 16:08
papichuli
Por supuesto que sí puede impugnarlo. Es más, puede impugnar todos los acuerdos y solicitar la nulidad del acta.

Al ser contrario a la LPH, el plazo de prescripción para demandar, es de un año. Si en un año no demanda, los acuerdos serán 100 x 100 legales (aunque ya lo son hasta que usted impugne y gana la demanda). Recuerde pedir daños y perjuicios y que paguen las costas en caso de allanarse (así no lo volverán a repetir o se lo pensarán 2 veces). Tampoco olvide solictarle por burofax al administrador que le comuniquen todo lo relacinado con la comunidad por carta certificada. Así no harán lo que han hecho.
06/03/2024 21:10
papichuli
Igual no tiene que impugnar nada, lo primero es solicitar el acta de la reunión y ver lo que trataron para ver si es contrario a la ley o le perjudica, también debe avisar de que le notifiquen las reuniones de manera fehaciente al igual que las actas