Hola, muy buenas tardes. En una comunidad de propietarios se ha efectuado una Reunión anual con diferentes puntos a tratar. Hasta aquí todo correcto, pero habida cuenta que NO HE RECIBIDO NOTIFICACION ALGUNA, ni por carta ni por correo electrónico de la mencionada Reunión, no habiendo podido asistir y como consecuencia de ello NO HE PODIDO VOTAR: Pregunto: ¿EXISTE LA POSIBILIDAD DE poder impugnar lo ahí acordado?, y. Gracias de antemano Recibid un cordial saludo
Por supuesto que sí puede impugnarlo. Es más, puede impugnar todos los acuerdos y solicitar la nulidad del acta.
Al ser contrario a la LPH, el plazo de prescripción para demandar, es de un año. Si en un año no demanda, los acuerdos serán 100 x 100 legales (aunque ya lo son hasta que usted impugne y gana la demanda). Recuerde pedir daños y perjuicios y que paguen las costas en caso de allanarse (así no lo volverán a repetir o se lo pensarán 2 veces). Tampoco olvide solictarle por burofax al administrador que le comuniquen todo lo relacinado con la comunidad por carta certificada. Así no harán lo que han hecho.
Igual no tiene que impugnar nada, lo primero es solicitar el acta de la reunión y ver lo que trataron para ver si es contrario a la ley o le perjudica, también debe avisar de que le notifiquen las reuniones de manera fehaciente al igual que las actas