Hola, por favor alguien me puede decir si existe un alto porcentaje de que te den el alta de la incapacidad, cuando pase por el Evi, para la primera revisión de los dos años por la incapacidad permanente total, aun teniendo la misma enfermedad.
No hay ninguna Ley para poder fijarnos...
Lo importante es q aportes informes actualizados y evidentemente q reflejen q estás igual o peor q en el momento en q te dieron la Incapacidad.
Si estás mejor esta claro q tienes muchas posibilidades de q te den el Alta para trabajar.
No te pongas nervioso pq no sirve de nada... lo importante es aportar informes.
Suerte!!
Estimado consultante,
Como bien apuntan quienes me preceden, no hay una estadística. Lo que hay es un criterio que el INSS debe o debería respetar, lo cual está por ver a la vista por mi experiencia del criterio del EVI en muchos casos.
El criterio es el siguiente: para que a usted le mantengan la IP debe estar, al menos, igual de impedido para la actividad laboral que lo estaba en el momento en el que le reconocieron dicha IP. Si está mejor, le darán el alta, y si está peor es usted quien puede, sólo o por medio de abogado, solicitar revisión por agravamiento, salvo que tenga usted la IP absoluta.
Espere que llegue el momento con calma, pues lo demás es especular en contra de su ánimo.
Sí le indico que si le revocaran la IP, sería necesario que se recurriera en plazo pues, de lo contrario, la decisión será firme y tendrá que empezar de nuevo y no ahora, sino transcurrido el plazo de 2 años.
Quedamos a su disposición en el 951 71 50 41 y en www.lariosabogados.es
Un cordial saludo.