¿Las jornadas intensivas (p.ej. 35 horas), durante los meses de verano, son o no retribuidas igual que cuando se trabaja las 40 horas el resto del año, o se reduciría el sueldo proporcionamente?
Se retribuyen igual. Cuando se hace, normalmente es porque el cómputo anual de horas trabajadas es el que marca el convenio. Salvo que los convenios, acuerdos o lo que sea, fijen otra cosa.