Empecé a trabajar en junio de 2018 como vendedor en prácticas con convenio de comercio de Huelva. En esa época el S.M.I era de 735€, mi salario base era de 570€, pagas prorrateadas 142€ y plus de transporte 29€ (en convenio en el apartado plus de transporte dice de 4 billetes de bus por día) en total hace 740€. Teniendo en cuenta que en convenio consta como salario mínimo para el 2018 en mi grupo profesional ``964€´´ y por mi contrato y convenio debo cobrar el 70% de esos 964€ entiendo que la empresa me está pagando mucho menos y podrá ser reclamado ¿no?, según mis cálculos el salario base debería ser 675,31€, pagas extra 168,82€ y plus de transporte de 4,40 x días laborales. mi contrato es de 40h semanales, pero 1 vez al mes hago 45h demostrable por correos que me envían con cuadrantes y grabación de audio. las vacaciones ni me han realizado cuadrante con tiempo de antelación (con 1 día me han avisado) y encima me la han partido en 1 semana, 1 semana, 1 día suelto y 15 días seguidos... total 31 días. ¿Tendría razón a la hora de denunciar? gracias!
Hay algo que me he perdido al leerte...Porqué dices que por tu contrato y convenio debes cobrar el 70% de 964 euros y luego dices que tu contrato es de 40 horas?
Las parcialidades son cuando no haces las 40 horas semanales y todo lo que hagas por encima son horas extra.
Otro apunte, a partir del 1 de enero del 2019 olvídate de todo lo anterior, el salario debe ser 900 euros mensuales o 1050 pagas incluidas ( en bruto) siempre que hagas la jornada completa!
mi contrato es en práctica, entoces en convenio te salen unas tablas de salarios mínimos ya pactadas con empresas... Entoces en 2018 era de 964€ y claro al ser en práctica el contrato el primer año cobrar el 70% de esos 964€ creo que ahora sí me he explicado mejor y para 2019 el sueldo sube un poco más y aún así no me han subido ni de esa tabla ni mucho menos mi sueldo explotador se acerca al SMI actual... Solo con decirte que en gasolina me gasto 100€ y cobro 570€ de sueldo base...
Para empezar el cto en prácticas el primer año es del 60% (los convenios pueden mejorarlo) y el 2 año del 75% pero en todo caso el mínimo será del smi. Si su salario es el smi no se puede aplicar ese 60 o ese 75% es el smi