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Sancion de hacienda

3 Comentarios
 
Sancion de hacienda
21/09/2006 19:41
He recibido de Hacienda una notificación de acuerdo de imposición de sanción por infracción tributaria.
La cuantia de esta sanción es de 148,33 euros.
La sanción es debida al siguiente motivo:
Hice la Declaración en una oficina de Hacienda y presenté toda la documentación que disponia.
Entre otras cosas puse como era habitual, que convivia conmigo mi hijo mayor de edad, estudiante pero no independiente economicamente.
Por este motivo, tuve una deducción.
Mi hijo tenia un fondo de inversión, producto de sus pequeños ahorros por valor de 2.000 euros.
Este fondo lo vende y tiene perdidas de 115 euros.
Hacienda me manda una declaración paralela y me comunica que tengo que pagar cerca de 350 euros, porque mi hijo no puede figurar como desdendiente por el fondo vendido y con perdidas.
Me comunican en Hacienda que esto es debido a que mi hijo tenia un fondo y ha tenido perdidas ( si tiene ganancias no pasa nada).
Pago lo que me dice Hacienda, y ahora además me viene una sanción de 148,33 euros y me dan un mes para pagarla.
Mi pregunta es:
¿ Es mejor recurrir, puesto que supongo que esto dificilmente lo conoce la gente y lógicamente mi intención no era evadir impuestos?
¿ Es mejor pagar y callarte?
21/09/2006 20:18
No estoy seguro pero si te conformas y pagas en plazo te quitan un 25 por ciento.Si recurres ya no.Yo pagaria con esa reduccion mas que andar pagando a abogados.No por nada.sino pq te saldria al final mas caro.Es mi opinion eh?
22/09/2006 10:00
Hola:
Estoy de acuerdo con Jimmy en que abones la sanción, no solo por el coste que te podria suponer la interposición de algún tipo de recurso sino porque considero que en este caso en particular, la Agencia Tributaria tiene razón.

Según la legislación reguladora del IRPF la existencia de pérdidas patrimoniales origina en todo caso la obligación de declarar.

Además la sanción seguramente vendrá impuesta por no haber practicado la declaración en plazo y no creo que se os acuse de fraude fiscal.

Salvo mejor opinión, un saludo
22/09/2006 10:39
Si no me equivoco y perdona Jimmy por discutirte la rebaja por aceptar con conformidad es del 30 %. En este caso que se plantea la sanción se impone por haberse aplicado en la autoliquidación deducciones que no corresponde, lo cual equivale a que no se han ingresado las cantidades en el plazo debido.

¿Qué quiero decirte con este rollo? Pues lo mismo que los compañeros anteriores, que más vale que entregues el pliego de alegaciones mostrando conformidad para que se te aplique la reducción de la sanción. Ya que si recurres perderás la reducción y no parece que tengas muchos visos de ganar.

Eso sí, mírate los plazos, que pudiera ser que hubiera prescrito o caducado, en su caso, tanto la infración cuanto el procedimento
Sancion de hacienda | PorticoLegal
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Sancion de hacienda
21/09/2006 19:41
He recibido de Hacienda una notificación de acuerdo de imposición de sanción por infracción tributaria.
La cuantia de esta sanción es de 148,33 euros.
La sanción es debida al siguiente motivo:
Hice la Declaración en una oficina de Hacienda y presenté toda la documentación que disponia.
Entre otras cosas puse como era habitual, que convivia conmigo mi hijo mayor de edad, estudiante pero no independiente economicamente.
Por este motivo, tuve una deducción.
Mi hijo tenia un fondo de inversión, producto de sus pequeños ahorros por valor de 2.000 euros.
Este fondo lo vende y tiene perdidas de 115 euros.
Hacienda me manda una declaración paralela y me comunica que tengo que pagar cerca de 350 euros, porque mi hijo no puede figurar como desdendiente por el fondo vendido y con perdidas.
Me comunican en Hacienda que esto es debido a que mi hijo tenia un fondo y ha tenido perdidas ( si tiene ganancias no pasa nada).
Pago lo que me dice Hacienda, y ahora además me viene una sanción de 148,33 euros y me dan un mes para pagarla.
Mi pregunta es:
¿ Es mejor recurrir, puesto que supongo que esto dificilmente lo conoce la gente y lógicamente mi intención no era evadir impuestos?
¿ Es mejor pagar y callarte?
21/09/2006 20:18
No estoy seguro pero si te conformas y pagas en plazo te quitan un 25 por ciento.Si recurres ya no.Yo pagaria con esa reduccion mas que andar pagando a abogados.No por nada.sino pq te saldria al final mas caro.Es mi opinion eh?
22/09/2006 10:00
Hola:
Estoy de acuerdo con Jimmy en que abones la sanción, no solo por el coste que te podria suponer la interposición de algún tipo de recurso sino porque considero que en este caso en particular, la Agencia Tributaria tiene razón.

Según la legislación reguladora del IRPF la existencia de pérdidas patrimoniales origina en todo caso la obligación de declarar.

Además la sanción seguramente vendrá impuesta por no haber practicado la declaración en plazo y no creo que se os acuse de fraude fiscal.

Salvo mejor opinión, un saludo
22/09/2006 10:39
Si no me equivoco y perdona Jimmy por discutirte la rebaja por aceptar con conformidad es del 30 %. En este caso que se plantea la sanción se impone por haberse aplicado en la autoliquidación deducciones que no corresponde, lo cual equivale a que no se han ingresado las cantidades en el plazo debido.

¿Qué quiero decirte con este rollo? Pues lo mismo que los compañeros anteriores, que más vale que entregues el pliego de alegaciones mostrando conformidad para que se te aplique la reducción de la sanción. Ya que si recurres perderás la reducción y no parece que tengas muchos visos de ganar.

Eso sí, mírate los plazos, que pudiera ser que hubiera prescrito o caducado, en su caso, tanto la infración cuanto el procedimento