Hola a todos! Tengo una clienta colombiana que detuvieron por estar en situación irregular pero que no había cometido ningún delito ni tenía antecedentes. Como tenía fecha para casarse con un esapñol, lo que hice tras la iniciación del expediente ifue nterponer un recurso de reforma para que conmutaran la sanción de expulsión por la multa mínima. Casi un año después, ella ya se ha casado con un español y yo mande a la subdelegación la certificación literal de matrimonio, pero me acaba de llegar la resolución del recurso de reforma y le ponen una multa de 301 €.
Mi pregunta es si, como ya se ha casado con un español debe pagarla o les vuelvo a hacer un escrito comunicándole su nueva situación? Es que como ya se ha agotado la vía administrativa no me gustaría tener que entrar en un contencioso.