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sanción por error de la Gestoría.

9 Comentarios
 
23/09/2008 14:02
Siendo así, y teniendo además justificantes de la gestoria, debes demandarla,con bastantes posibilidades de que la condenarán por los perjuicios causados.
Un saludo.
23/09/2008 13:46
abo, te conteste a vuelta de mensaje dándote las gracias por el ánimo, pero veo que no ha salido el mismo.
En cuanto a Risuv, la presentación se hizo dentro de plazo.
Un saludo.
23/09/2008 10:31
Hola sotosvi. De lo que expone, me parece entender que cuando usted encargó a la gestoria el trámite ya había expirado el plazo de presentación . Siendo así , no creo que su reclamación judicial prospere.
Un saludo
perfil abo
16/09/2008 10:07
No estoy de acuerdo con tributo. La gestoria ha mantenido contigo una prestación de servicios, aunque sea verbal, en la que por su negligencia o mala praxis te ha provocado un perjuicio económico, con lo cual es totalmente responsable de sus gestiones. Yo he tenido hace poco un asunto similar y se ha ganado con costas, así que adelante y exige su responsabilidad. UN SALUDO
03/09/2008 17:12
Tributo, tengo las facturas por los honorarios que me cobraron por los servicios prestados.
En realidad a mí me ofrecieron los servicios de la Gestoría precisamente para despreocuparme y que me lo dieran gestionado todo. Yó sólo tenía que pagar los impuestos y honorarios del servicio.
Por lo tanto, entiendo que tendrían que haberme puesto al corriente, también, de los vencimientos.
Otra cosa es que, indudablemente, al final quién paga las consecuencias soy yó.
El Juez lo decidirá.

03/09/2008 12:24
Hola sotosvi y compañeros,


Usted plantea denunciar a la gestoría por no haberles informado correctamente sobre los plazos de este impuesto, y por tanto por una "mala práctica" (o semejante).

Bien, no olvidemos que el responsable de la presentación y pago del impuesto es el obligado tributario (en este caso, los herederos), y por tanto el responsable de cumplir estos plazos correctamente es usted, no la gestoría. Por tanto, el responsable de las sanciones es el obligado tributario, no la gestoría (ya sé que esto no es justo, pero es así).

Sin querer quitarle a usted la razón, que la tendrá, opino que lo tiene usted bastante negro, no tendrá contrato de prestación de servicios ni similar con la gestoría y puede ser que se escapen sin problema.

En todo caso, le deseo suerte. Un saludo.
01/09/2008 18:18
Explícate elhito porque no entiendo lo que me dices
01/09/2008 15:53
Gordo, al decir "su responsabilidad" ¿se refiere a la Gestoría?.
Si es así, me gustaría algún comentario para alegar en el juico verbal, además de lo que yó prepare.
Gracias.
01/09/2008 14:34
Pues hombre, tiene toda la pinta de que es su responsabilidad
Sanción por error de la gestoría.
31/08/2008 03:02
La Comunidad de Madrid nos ha sancionado por habersenos pasado el plazo de pago de un impuesto de Sucesiones.
Tengo que decir que todo el trámite se lo dimos a una Gestoría y que ésta no nos lo advirtió en ningún momento.
La Gestoría nos dijo que esto no era de su competencia, por lo tanto no quiere saber nada.
¿Agradecería algún comentario y lo que procede?.
Gracias.