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sancion por trabajar sin asegurar

5 Comentarios
 
Sancion por trabajar sin asegurar
02/07/2011 13:19
Me gustaria saber que sancion tendria un trabajador por trabajar sin asegurar, teniendo en cuenta que:
_Lo hace voluntariamente
_No cobra ningun tipo de subsidio, ayuda, desempleo, etc...
Gracias por responder
02/07/2011 17:10
En tu caso no eres responsable, pero si tu empleador.



RD 5/2000

Artículo 7. Infracciones graves.

Son infracciones graves:

No formalizar por escrito el contrato de trabajo cuando este requisito sea exigible o cuando lo haya solicitado el trabajador.

Artículo 40. Cuantía de las sanciones.

1. Las infracciones en materia de relaciones laborales y empleo, en materia de Seguridad Social, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 siguiente, en materia de movimientos migratorios y trabajo de extranjeros, así como las infracciones por obstrucción se sancionarán:

Las leves, en su grado mínimo, con multas de 60 a 125 euros; en su grado medio, de 126 a 310 euros; y en su grado máximo, de 311 a 625 euros.

Las graves con multa, en su grado mínimo, de 626 a 1.250 euros; en su grado medio de 1.251 a 3.125 euros; y en su grado máximo de 3.126 a 6.250 euros.

Las muy graves con multa, en su grado mínimo, de 6.251 a 25.000 euros; en su grado medio de 25.001 a 100.005 euros; y en su grado máximo, de 100.006 euros a 187.515 euros.
02/07/2011 20:00
Seguro que el trabajador no recibe ninguna sancion?.
Lo veo muy raro, ultimamente se ha dicho que se iban a endurecer las multas a empresarios y trabajadores.
02/07/2011 21:47
si el trabajador no reciba ninguna prestacion no tiene sanciones, te lo ha dicho trola
29/09/2011 23:45
que le corresponderia a un empleador por tener trabajando sin asegurar una empleada que no recibe ninguna otra prestacion, si tiene permiso para trabajar en la UE, por 4 años.
No quiso hacerme contrato porque decia que no le daban los numeros. Y ahora se jubila y quiere dejarme sin trabajo.
Puedo denunciarlo?
01/10/2011 00:43
vivijud
si consigue demostrar esos 4 años en juicio puede conseguir el salario del ultimo año, la indemnizacion del despido de 4 años de antigüedad y las cotizaciones sociales de los ultimos 4 años.