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Sancion rarisima de velocidad

4 Comentarios
 
Sancion rarisima de velocidad
10/03/2010 13:24
Hola,

Resulta que un tramo de carretera cuyo límite siempre ha sido 80 km/h, en octubre del 2009 lo pasaron a 50 km/h. Unos días después del cambio de señalización, a mi me denunciaron por ir a 80 km/h. Lo más curioso y raro de este caso es que al mes siguiente, el Ayuntamiento, volvió a subir el límite de velocidad a 80 km/h, alegando razones de "orden técnico". En realidad, las circunstancias de la carretera no variaron, simplemente, el Ayuntamiento rectificó su error debido a la presión de la opinión pública.
Ante esta situación, pagué la sanción y presenté recurso de reposición. El recurso me lo han desestimado porque se acogen a que el límite era de 50 km/h y yo circulaba a 80 km/h.
Yo alegué, entre otras cosas, que la recitificación del Ayuntamiento puso de manifiesto que el límite natural siempre fue de 80 km/h y no de 50 km/h, y que por lo tanto, la sanción es injusta.

¿Créeis que vale la pena recurrir la sanción por la vía contencioso-administrativa?.

Gracias.
10/03/2010 15:16
Será válida el límite de velocidad que figura en el momento de la infracción independientemente de que lo cambien con el tiempo,

Salvo mejor solución.
10/03/2010 18:35
Gracias por tu respuesta Richd.

Entonces, la única solución sería impugnar el acto administrativo por la que se modificó el límite de velocidad de 80 km/h a 50 km/h, y una vez declarado nulo el mismo, la sanción también devendría nula.

Pero esto me imagino que es dificilísimo que prospere...

10/03/2010 18:49
Puedes consultarlo con tu abogado e incluso a tu compañía de seguros por si la Ley pudiera establecer un plazo mínimo en el cambio de límites,

Suerte.

Salu2
11/03/2010 03:53
Si, si, Reius: aquí lo que vale son los discos, ni seguridad jurídica ni nada. La verdad es que quedo asombrado. O sea, se pone un disco, luego se quita y luego se pone y mientras tanto, los ciudadanos son usados como conejitos de indias. Y despues viene alguien y te dice eso es lo que hay, y punto!
Lo más correcto es que esa Administración anule todas las denuncias que fueron puestas en ese lugar en ese periodo.
Le cuento un caso: en un pueblo de España, en unas fiestas que se han convertido en multitudinarias por sus fuegos acuáticos, resulta que fue necesario sacar una ambulancia y estaba todo atascado. Pues bien, la Policía local, su jefe y su alcalde ordenan a unos diez policías aquella noche, denunciar cientos de automóviles que habían aparcados a ambos lados de la carretera de acceso al lugar. Agotaron todos los boletines, y los mandaron a la JP de Trafico ¿que pasó? Pues que las anularon todas, todas. Así pues, lo mejor es que algún colectivo de esa zona se persone y denuncie el caso ante la autoridad competente para que anulen, repito, todas esas denuncias. A mi modo de ver ese proceder va contra el principio de seguridad jurídica, y se pueden anular perfectamente sin perjudicar a nadie, ni derechos de terceros.
Saludos