Formación y medios de los Delegados de Prevención: El empresario debe proporcionar a los Delegados de Prevención los medios y la Formación en materia preventiva que resulten necesarios para el ejercicio de sus funciones. Esta Formación corre a cargo del empresario, que la podrá concertar como más le convenga, y deberá adaptarse y/o repetirse en función de la evolución de los riesgos. El tiempo dedicado a la Formación, será considerado tiempo de trabajo. Por lo tanto, si no ha salido de la empresa formate, y tienes la posibilidad de hacer ya el curso, le informas a la empresa, y no deberías tener ningun problema-