Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

se me olvido ir a firmar...

12 Comentarios
 
Se me olvido ir a firmar...
02/02/2012 22:04
se me a olvidado ir a firmar el dia 1, que hago?? voy mañana, me presento, que me puede pasar??
02/02/2012 22:13
Quiero decir que yo no tengo antecedentes, estoy esperando que salga un juicio de un chico que me dcenuncio, por que le reclame por carta que me devolviese un dinero que era mio y si no lo hacia le diria a su mujer que era gay, y la jueza dijo que eso era extorsion y el fiscal pide para mi 11 meses de carcel, que al no tener antecedentes no entro en la carcel
02/02/2012 22:38
Jope nadie contesta que ansiedadddd
02/02/2012 22:50
lo de firmar no lo controlan mucho, no te preocupes, vas el 15 y ya esta ¿firmas 1 y 15?.

no digas nada...
03/02/2012 00:17
Hola

respecto a este tema, quiero comentar que el tener la obligacion de presentarse a el juzgado a firmar los dias 1 y 15 de cada mes, es una obligacion que hay que cumplir, y no fallar, por que se trata de una medida cautelar impuesta por un juzgado en concreto donde hay una causa en instruccion, lo de que no lo controlan, es muy relativo, si hay control sobre las medidas cautelares, yo que vd, no faltaria a la cita, mas que nada por que el juez le ofrece ir a firmar pero no le impone ninguna otra medida mas traumatica de asegurar su presencia en el juicio cuando sea el dia, si vd falta puede o no puede pasar, pero ... para que no se pueda convertir en una orden de detencion por quebrantamiento de medida cautelar, le recomiendo no fallar a la cita con el juzgado, vaya vd el dia 15 sin falta, y mañana dia 3 si tiene oportunidad pasese y exponga los motivos por los que no pudo acercarse al juzgado a cumplir, sin mas l, firme y quedese tranquilo

ARTICULO 486. NEGACION O REVOCATORIA DE LOS MECANISMOS SUSTITUTIVOS DE LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD. Para los delitos cometidos con posterioridad al 1o. de enero de 2005 rige la Ley 906 de 2004, con sujeción al proceso de implementación establecido en su Artículo 528 El juez de ejecución de penas y medidas de seguridad podrá revocar o negar los mecanismos sustitutivos de la pena privativa de la libertad con base en prueba indicativa de la causa que origina la decisión. De la prueba se dará traslado por tres (3) días al condenado, quien durante los diez (10) días siguientes al vencimiento de este término podrá presentar las explicaciones que considere pertinentes.

saludos
31/03/2013 12:37
Hola, debido a una pelea en agosto del 2012 me han detenido una noche en la comisaría y el seguiente dia pase al juzgado y tengo que firmar en el juzgado el 30 de cada mes y quiero saber cuanto tarda mas o menos para que salga el juicio ..
gracias
31/03/2013 23:58
Depende del caso y las circunstancias de la investigación. En su caso, puede preguntar a su abogado y que éste le informe o al mismo funcionario judicial que lleva su causa.
Espero haberle ayudado,
Victor_Penal@indiciodigital.es
01/02/2017 15:40
jose15
No estoy seguro y me gustaria que alguien me lo aclare si es verdad que hay dos dias antes y dos dias despues solo esa aclaracion para ir a firmar el dia uno de una libertad provisional
01/06/2017 12:02
Miguel113
En la "oficina de libertades provisionales" anexa al Juzgado de la Plaza Castilla de Madrid si se puede firmar dos dias antes o dos despues de (9 a 14h). Si cae en miercoles la firma (puedes hacerlo lunes, martes o jueves y viernes), si cae en martes la firma ( puedes hacerlo viernes, lunes anterior) o (miercoles jueves posterior)
Desconozco si hay más "oficinas de libertades provisionales" en el resto de España
19/01/2020 17:35
jose15
Hola José q paso si te olvida ir a firmar.. Yo estoy en la misma situación.. Me podrías decir por favor
19/01/2020 17:41
jose15
Hola me an puesto una medida cautelar por q tengo anteriormente una expulsión.. Ya he ido 4 veces a firmar y me contaron otra persona q Le paso lo mismo y un día fue y firma y le an deportado.. Ya me da miedo ir a firmar q pasaría si dejo de ir a firmar.. Ya q tengo una hija a mi cargo no me gustaría q me detengan.. Gracias
20/01/2020 08:33
jose15
Si deja de firmar, se emitirá una orden de busca y captura
03/07/2020 18:28
Buenas tardes con lo que está pasando en el país con lo de la pandemia queda suspendido el tema de ir a firmar hasta que termine la cuarentena ?
se me olvido ir a firmar... | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

se me olvido ir a firmar...

12 Comentarios
 
Se me olvido ir a firmar...
02/02/2012 22:04
se me a olvidado ir a firmar el dia 1, que hago?? voy mañana, me presento, que me puede pasar??
02/02/2012 22:13
Quiero decir que yo no tengo antecedentes, estoy esperando que salga un juicio de un chico que me dcenuncio, por que le reclame por carta que me devolviese un dinero que era mio y si no lo hacia le diria a su mujer que era gay, y la jueza dijo que eso era extorsion y el fiscal pide para mi 11 meses de carcel, que al no tener antecedentes no entro en la carcel
02/02/2012 22:38
Jope nadie contesta que ansiedadddd
02/02/2012 22:50
lo de firmar no lo controlan mucho, no te preocupes, vas el 15 y ya esta ¿firmas 1 y 15?.

no digas nada...
03/02/2012 00:17
Hola

respecto a este tema, quiero comentar que el tener la obligacion de presentarse a el juzgado a firmar los dias 1 y 15 de cada mes, es una obligacion que hay que cumplir, y no fallar, por que se trata de una medida cautelar impuesta por un juzgado en concreto donde hay una causa en instruccion, lo de que no lo controlan, es muy relativo, si hay control sobre las medidas cautelares, yo que vd, no faltaria a la cita, mas que nada por que el juez le ofrece ir a firmar pero no le impone ninguna otra medida mas traumatica de asegurar su presencia en el juicio cuando sea el dia, si vd falta puede o no puede pasar, pero ... para que no se pueda convertir en una orden de detencion por quebrantamiento de medida cautelar, le recomiendo no fallar a la cita con el juzgado, vaya vd el dia 15 sin falta, y mañana dia 3 si tiene oportunidad pasese y exponga los motivos por los que no pudo acercarse al juzgado a cumplir, sin mas l, firme y quedese tranquilo

ARTICULO 486. NEGACION O REVOCATORIA DE LOS MECANISMOS SUSTITUTIVOS DE LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD. Para los delitos cometidos con posterioridad al 1o. de enero de 2005 rige la Ley 906 de 2004, con sujeción al proceso de implementación establecido en su Artículo 528 El juez de ejecución de penas y medidas de seguridad podrá revocar o negar los mecanismos sustitutivos de la pena privativa de la libertad con base en prueba indicativa de la causa que origina la decisión. De la prueba se dará traslado por tres (3) días al condenado, quien durante los diez (10) días siguientes al vencimiento de este término podrá presentar las explicaciones que considere pertinentes.

saludos
31/03/2013 12:37
Hola, debido a una pelea en agosto del 2012 me han detenido una noche en la comisaría y el seguiente dia pase al juzgado y tengo que firmar en el juzgado el 30 de cada mes y quiero saber cuanto tarda mas o menos para que salga el juicio ..
gracias
31/03/2013 23:58
Depende del caso y las circunstancias de la investigación. En su caso, puede preguntar a su abogado y que éste le informe o al mismo funcionario judicial que lleva su causa.
Espero haberle ayudado,
Victor_Penal@indiciodigital.es
01/02/2017 15:40
jose15
No estoy seguro y me gustaria que alguien me lo aclare si es verdad que hay dos dias antes y dos dias despues solo esa aclaracion para ir a firmar el dia uno de una libertad provisional
01/06/2017 12:02
Miguel113
En la "oficina de libertades provisionales" anexa al Juzgado de la Plaza Castilla de Madrid si se puede firmar dos dias antes o dos despues de (9 a 14h). Si cae en miercoles la firma (puedes hacerlo lunes, martes o jueves y viernes), si cae en martes la firma ( puedes hacerlo viernes, lunes anterior) o (miercoles jueves posterior)
Desconozco si hay más "oficinas de libertades provisionales" en el resto de España
19/01/2020 17:35
jose15
Hola José q paso si te olvida ir a firmar.. Yo estoy en la misma situación.. Me podrías decir por favor
19/01/2020 17:41
jose15
Hola me an puesto una medida cautelar por q tengo anteriormente una expulsión.. Ya he ido 4 veces a firmar y me contaron otra persona q Le paso lo mismo y un día fue y firma y le an deportado.. Ya me da miedo ir a firmar q pasaría si dejo de ir a firmar.. Ya q tengo una hija a mi cargo no me gustaría q me detengan.. Gracias
20/01/2020 08:33
jose15
Si deja de firmar, se emitirá una orden de busca y captura
03/07/2020 18:28
Buenas tardes con lo que está pasando en el país con lo de la pandemia queda suspendido el tema de ir a firmar hasta que termine la cuarentena ?